Buenos días, Espero que alguien pueda ayudarme. me pide el constructor de mi casa q le pague una cantidad por letra de cambio. Aun no ha terminado y ya se le habrá pagado con la letra, el 90% y nosotros le decimos q espere a la hipoteca, q por otro lado tardará porque nos tienen q hacer final de obra, banco, notario, un mes calculo yo. No puede esperar, entonces quiero saber implicaciones que tienen las letras, dice q los gastos los paga él. Yo estudié en mercantil las letras, rellenabamos, etc pero me doy cuenta q al salir de la facultad y ver una en tu vida real, no sabes todas sus consecuencias Gracias
1º Endodo al cobro o en gestión de cobro, Es un endoso limitado que no transmite la propiedad de la letra. Art. 21 de la Ley
2º Normalmente el banco te la reintegra con la declaración equivalente. De todas formas, si está en plazo debes protestarla y si el banco te la da perjuidicada, puedes reclamar al Banco al no haberla protestado en tiempo y forma.
Soy un estudiante de mercantil y tengo una duda. Cuando a ti te pagan con una letra de cambio, y tu das la letra de cambio en otro banco que no es el que aparece en la letra de cambio para que te lo cobre ¿como se denominan ese tipo de endoso? Y si te la devuelve el banco diciendo que no la paga, y te llega sin protesto ni declaración, ¿que habria que hacer en ese caso? ¿a quien se le reclamaria el dinero? ¿se tendria que hacer un protesto? Ya se que son demasiadas preguntas, pero es que estoy un poco verde en el tema. Gracias