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Ley de educación

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Ley de educación
20/09/2023 23:52
En el instituto (Andalucía) de mi hija obligan a los alumnos adesplazarse por sus propios medios o con vehículo propio a los centros de trabajo para realizar las prácticas del grado superior (de 20 alumnos sólo 4 disponen de vehículo)
Les informan que si no pueden asistir a dichas prácticas les suspenderán el módulo correspondiente e inclusive les incitan a abandonar el curso antes del inicio de estas prácticas (8 de enero). Cuando se realizó la matrícula a través de la web del instituto esto no se establecia como requisito indispensable u obligatorio, sólo se manifestaba como recomendable.

En la ley educativa y el BOJA indica que es, de carácter obligatorio, que los centros docentes y/o los tutores organicen dichas prácticas sin causar discriminación alguna y garantizando la igualdad de oportunidades reorganizando fechas y lugares de prácticas si fuese necesario.

¿Estoy en lo cierto?
¿Debe el centro educativo velar, facilitar y garantizar el acceso a las prácticas a todo el alumnado?
¿Pueden dejar a los alumnos estas prácticas suspendidas académicamente?