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Ley de Garantías de Bienes de Consumo 23/03

3 Comentarios
 
Ley de garantías de bienes de consumo 23/03
16/01/2006 18:49
Hola buenas:

Mi cliente es montador de cocinas. Tiene obligación de dar la garantia de dos años que establece la ley. ¿sobre el material o/y mano de obra?
Muchas gracias
perfil Rus
16/01/2006 19:02
En mi opinión, en principio, sí, y por ambos conceptos, suponiendo que sea él quien aporta todo el material (muebles, electrodomésticos...).
17/01/2006 11:35
Siempre que el sea el fabricante de los muebles de cocina. Si utiliza muebles de marcas, lo normal es que la garantia de los muebles lo de la casa, y el solo la de la mano de obra.
perfil Rus
17/01/2006 16:25
No lo tengo tan claro. ¿Por qué distingues entre muebles y electrodomésticos?.

Desdemi punto de vista, el problema no deriva de la marca o fabricación, sino de quién aporta el material-electrodoméstico. Si él me dice que me pone una cocina con unos muebles de una manera, y con tales electrodomésticos, él responde por todo. Otra cosa es que yo compre la cocina "entera" en un determinado establecimiento y después éstos "subcontraten" a quien lo monta, aunque en este caso, respondería el establecimiento.

Conclusión. Esta ley lo que pretende es defender al cionsumidor, por tanto, éste reclamará a quien le vende el bien (la cocina, en este caso). Las reclamaciones que luego se hagan entre ellos no le importa al consumidor.