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Libre valoración de la prueba

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Libre valoración de la prueba
04/11/2006 10:45
Os cuelgo esta sentencia sobre un tema muy comentado en el foro esta semana, el de libre valoración de la prueba. El Tribunal Supremo en Sentencia 774/2005, de 2 de junio de 2005, Ponente Francisco Monterde Ferrer, razona que como reiteradamente ha señalado el Tribunal Supremo (SSTS 1571/99 ó 642/03) el error sólo puede prosperar cuando a través de documentos denominados literosuficientes o autosuficientes, se acredita de manera indubitada la existencia de una equivocación en la valoración de la prueba siempre y cuando el supuesto error no resulte contradicho por otros medios probatorios de al menos análoga consisntencia, credibilidad y fiabilidad. Cuando se emplea el motivo del error en la apreciación de la prueba tanto puede perseguirse la adición como la modificación o supresión de un pasaje del factum. El error tiene que tener directa relación con lo que es objeto principal del juicio. El error relevante es incompatible con una nueva valoración de las pruebas por parte del Tribunal de casación, lo que está vedado.
Salvo mejor criterio. maicavasco.
Libre valoración de la prueba | PorticoLegal
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04/11/2006 10:45
Os cuelgo esta sentencia sobre un tema muy comentado en el foro esta semana, el de libre valoración de la prueba. El Tribunal Supremo en Sentencia 774/2005, de 2 de junio de 2005, Ponente Francisco Monterde Ferrer, razona que como reiteradamente ha señalado el Tribunal Supremo (SSTS 1571/99 ó 642/03) el error sólo puede prosperar cuando a través de documentos denominados literosuficientes o autosuficientes, se acredita de manera indubitada la existencia de una equivocación en la valoración de la prueba siempre y cuando el supuesto error no resulte contradicho por otros medios probatorios de al menos análoga consisntencia, credibilidad y fiabilidad. Cuando se emplea el motivo del error en la apreciación de la prueba tanto puede perseguirse la adición como la modificación o supresión de un pasaje del factum. El error tiene que tener directa relación con lo que es objeto principal del juicio. El error relevante es incompatible con una nueva valoración de las pruebas por parte del Tribunal de casación, lo que está vedado.
Salvo mejor criterio. maicavasco.