Se trata de una empresa que ya esta constituida e inscrita en el registro Mercantil, pero los Libros sociales se compraron y legalizaron posteriormente. Al redactar el Acta de Constitución en el libro de actas ¿Se puede poner con fecha de la Constitucion aunque los libros se hayan legalizado en una fecha posterior?
No ocurre absolutamente nada por lo expuesto, e incluso puedes optar por en lugar de utilizar libros ya encuadernados, utilizar la informatica para su elaboración y posteriormente de encuadernarlo, visarlos en el Registro Mercantil.