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Libro de actas

8 Comentarios
 
Libro de actas
01/12/2012 12:32
En mi comunidad existe un libro de actas antiguo diligenciado por el Juzgado, ¿sería necesario diligenciar un libro nuevo en el Registro de la Propiedad?
Muchas gracias!
02/12/2012 11:32
Sería conveniente.
02/12/2012 11:39
Yo opino que no, el libro diligenciado por el juzgado ya está inscrito y para diligenciar el nuevo, se lo tienen que cerrar, cosa que si tiene hojas libres, es absurdo anularlas con una barra.
02/12/2012 13:53
Más de la mitad del libro no está usado, he buscado un régimen transitorio, pero no he visto nada. ¿Qué opináis?
02/12/2012 13:59
¿Que interes hay en anular ese libro?.
03/12/2012 10:31
Pretendemos reclamar al banco que se adjudicó un piso la deuda por las cuotas de comunidad del anterior propietario. Queremos asegurarnos antes de iniciar el procedimiento que el libro está en orden, que se adapta a la LPH.
Gracias
03/12/2012 12:15
De todas formas necesita un abogado, ya le guiará si hay alguna anomalía.
03/12/2012 14:15
Tenia entendido que ni la peticion inicial de monitorio ni el juicio verbal para reclamar cantidades inferiores a 2000 euros requieren abogado, es eso cierto?
04/12/2012 13:36
Es cierto.
Eso si, es conveniente ser aconsejado por un profesional.