Hola, hace unos meses me hicieron un contrato temporal por circunstancias de la producción con una duración de dos meses, el mismo día que terminaba el contrato, hicieron una prórroga de éste por otros dos meses más. Por convenio, puede tener una duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses y como recoge el estatuto, solo puede haber una prórroga. En el centro de trabajo, me han informado que ellos podrían finiquitar este contrato y hacer otro nuevo temporal por circunstancias de la producción alegando otro motivo hasta cumplir los 6 meses. ¿Es eso correcto? ¿No debería de ser un contrato con distinta modalidad como por ejemplo obra y servicio, interinidad, etc...?