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liquidacion de vacaciones y pagas extras

3 Comentarios
 
Liquidacion de vacaciones y pagas extras
26/03/2008 16:56
Hola a todos, necesito vuestra ayuda.
En abril de 2007, a una trabajadora de la empresa le concedieron una incapacidad temporal absoluta. La trabajadora estuvo de baja por Incapacidad temporal (enfermedad común) desde abril de 2006. Cuando recibo la comunicación del INSS de que le han concedido la incapacidad permanente pues entiendo que no le tengo que liquidar las vacaciones hasta abril puesto que desde abril del año anterior está de baja y no las pudo disfrutar por este motivo. Repecto a las pagas extras, pues al descontar los días de permanencia en IT y estar un año en tal situación no tiene derecho a cobrar la liquidación de pagas extras. Esto es lo que yo creo que es lo correcto, pero ahora después de casi un año nos llama a la empresa y nos reclama la liquidación de pagas extras y vacaciones.
Necesito que me deis vuestra opinión al respecto , muchas gracias y un saludo
27/03/2008 09:28
En mi opinión le corresponden las vacaciones de 2007, parte propor. de enero a abril en que causó baja.

Pagas extra no ya que van incluidas en la prestación por IT
27/03/2008 13:02
Gracias CrisF, necesito saber si existe alguna sentencia en este sentido.
Hay gente que me ha dicho que los tribunales parece ser que hablan de un período mínimo de prestación efectiva de servicios para tener derecho a las vacaciones.
No sé , supongo que debería haberlas cobrado pero le conceden la IP desde abril de 2007 pero a la empresa nos lo comunican en junio de 2007 y el INSS me dice que le comunique lon que le cobro por subsidio de IT desde el 24-04-07 hasta el 30-05-07 que se lo descontaran de la pension y que la de de baja con fecha 23-04-07 y que no le abone nada más y ya no le hice liquidación.
A ver si me podeis asesorar un poco.
Un saludo y gracias
27/03/2008 18:31
Deja que te lo reclame por via judicial y sino disfrutó las vacaciones en su año natural las pierde.

Entiendo que prima el derecho necesario absoluto que es el descanso, plantea que la empresa tenía previsto que los trabajadores disfrutaran las vacaciones en agosto o algo así y que ella por esta en IT no pudo disfrutarlas con lo cual las pierde.

Como indican, las pagas extras van prorrateadas con lo cual no corresponde nada.

Deja que te lo reclame en via judicial y que sea el juez quién diga si corresponde o no.

Espero que te ayude