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Liquidación vivienda VPO en separación contenciosa

2 Comentarios
 
Liquidación vivienda vpo en separación contenciosa
14/05/2004 16:44
Muchas gracias anticipadas a quienes puedan asesorarme en mi caso ya que no encuentro jurisprudencia relacionada con el tema que me atañe y mi abogada no sabe muy bien que pasara.
El caso es que inicié hace 2 años el proceso de separación via contencioso, tenemos una vivienda al 50% de VPO, la cual se me adjudicó a mi durante 1 año. Mi intención es pagarle a él su parte y quedarme con la casa , pero no llegamos a acuerdos económicos ya que el me exige el precio de mercado. Vamos a solicitar la división de la cosa común via judicial, pero mi duda es, en estos casos si hay jurisprudencia en que se basará el juez para adjudicar a uno u otro la vivienda? servirá que sea yo la que reside en la misma? servirá que en ocasiones y puedo demostrarlo he pagado yo el 100% de la hipoteca aunque a posteriori el lo haya hecho al recibir las denuncias correspondientes.
Por favor si alguien puede decirme cual es su opinión al respecto o si alguno de vosotros habéis participado en un proceso como este como ha terminado?. Muchas gracias por vuestra colaboración.
14/05/2004 17:36
A mi juicio, no es la acción de division de cosa común la que tienes que ejercitar sino la acción de liquidación del régimen económico matrimonial (arts. 806 y ss L.e.civ.) que me imagino que no se llevó a efecto en el pleito de separación previo en el que únicamente se te adjudicó el uso de dicha vivienda por el plazo de un año (-entiendo que ello fue así ante la inexistencia de hijos y porque el juez estimó que tuyo era el interés más necesitado de protección (art. 96 CC) -).
Dicho pleito de liquidación se deberá iniciar bajo una propuesta de adjudicación de la vivienda a tu favor, asumiendo el pasivo que pudiera quedar en la sociedad de gananciales sin liquidar (comunidad post-ganancial), reintegrándote del que ya resulta pagado a tu sola instancia y soliictando compensar a tu ex-esposo los posibles excesos de adjudicación que en su caso pudieran existir.

La acción de division de cosa común tiende, en principio, a vender públicamente a un tercero la vivienda para repartirse el dinero entre ambos comuneros. Esta solución perjudica a ambos propietarios dado que supone infravalorar el bien permitiendo a un tercero el acceso al mismo por precio inferior al real. Ten en cuenta también que estamos ante una vivienda de VPO.

En fin, espero haberte sido útil.

Un saludo.
14/05/2004 18:30
en la comunidad autonoma en la que nos casamos y residimos hay separacion de bienes, imagino que eso compensa lo que comentas, en tal caso muchas gracias pero si sabes como procederia el juez me lo facilitarias.
Gracias