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Litisconsorcio pasivo

2 Comentarios
 
Litisconsorcio pasivo
14/06/2004 12:02
Cuando la parte demandada en un procedimiento es una comunidad hereditaria y se desconocen los miembros de esa comunidad en su totalidad, ¿recae obligatoriamente sobre la parte demandada conocida localizar al resto de miembros o es la demandante la que para evitar la excepción de litisconsorcio debe demandar de forma genérica a la comunidad hereditaria formada por (...) y cuantos otros integrantes desconocidos la formen?

Lo digo porque en una demanda interpuesta contra mi cliente alegamos litisconsorcio pasivo porque el formaba parte de una comunidad hereditaria y por tanto se debía demandar al resto. En la contestación a la demanda nosotros señalamos quienes eran miembros de la comunidad.

Una vez planteada de nuevo la demanda, observamos de nuevo falta de litisconsorcio porque tuvimos constancia de otros miembros de la comunidad que no habían sido demandados. Esta vez no sé si estimarán la excepción dado que el demandante demandó a quienes señalábamos en nuestra primera contestación, pero también pienso que se hubiera evitado estos problemas si el demandante se hubiese precavido y hubiera puesto la coletilla de “y cuantos otros integrantes desconocidos la formen”.

En ese caso ¿tengo que probar en la Audiencia Previa que esos nuevos comuneros que hemos encontrado son realmente miembros de la Comunidad?


Muchas gracias por vuestra ayuda.
26/06/2004 17:25
creo que sigue habiendo falta de litisconsorcio, pero con la nueva ley no tendrá que volver a plantear una nueva demanda, lo siento por tus costas.

No obstante no te pases con las "gamberruras procesales"....
28/06/2004 17:09
Antonio, no hubo ninguna "gamberrura procesal" y sí, estimaron el litisconsorcio y el rapapolvo se lo llevó el abogado contrario por no plantear bien la demanda.