Tenemos una sentencia favorable del Juzgado de lo Social sobre elecciones sindicales, que en el apartado de diligencias dice literalmente: " La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respeto de la resolución recurrida ( articulo 184.3 LPL)".
Mi pregunta el la siguiente: Se tiene que continuar con el proceso electoral independientemente de que la empresa haya recurrido en Suplicación al TSJ.
te explico: la empresa en pleno proceso electoral impugno dichas eleccones alegando que no teniamos derecho a comite propio de empresa ya que los 102 trabajadores que somos ya estabamos representados por el comite de agrupacion de centros que la empresa ya tenia. denunciamos y la sentencia fue favorable con el texto qu ehemos publicado. la empresa ha recurrido. por eso nuestra duda es ¿ si el proceso tiene que proseguir o debemos esperar una resolucion?
Gracias.