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Litispendencia
18/12/2009 06:44
En relación con unos hechos de trafico con implicación de tres perjudicados.: dos lesionados y una entidad aseguradora, se han planteado los siguientes pleitos.
Un lesionado y la aseguradora ejercitan acción ejecutiva en base al auto de cuantía máxima. El otro lesionado Juicio Ordinario, se van a debatir la concurrencia de causas o culpas del vehiculo asegurado por la reclamante en un 70% en la causación del siniestro.Me podrías ilustrar sobre posibles soluciones.:

1.-Acumulación de los dos juicios ejecutivos

2.-Pedir suspensión de los ejecutivos y esperar a sentencia del declarativo , proceso plenario de amplia cognición y que produce efectos de cosa juzgada

3.-Debo intentar la defensa en los ejecutivos y si finalmente no puede probar la concurrencia, abonar las cuantías por la que resulte condenado y en el momento de contestar en la demanda ejecutiva solicitar medida cautelares con el fin que las cantidades consignadas en el ejecutivo que retenidas a expensas de la sentencia declarativa y así evitar caso que fuera favorable un nuevo procedimiento por los importes que vi. obligado a consignar y que fueron cobrados.


06/01/2010 23:10
La aseguradora no creo que pueda ejercitar la ejecución de un auto de cuantìa máxima. Los juicios de ejecución entiendlo que no son acumulables. Yo trataría de resolver el asunto por la vía de la prejudicialidad civil del art. 43 de la LEC.
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En relación con unos hechos de trafico con implicación de tres perjudicados.: dos lesionados y una entidad aseguradora, se han planteado los siguientes pleitos.
Un lesionado y la aseguradora ejercitan acción ejecutiva en base al auto de cuantía máxima. El otro lesionado Juicio Ordinario, se van a debatir la concurrencia de causas o culpas del vehiculo asegurado por la reclamante en un 70% en la causación del siniestro.Me podrías ilustrar sobre posibles soluciones.:

1.-Acumulación de los dos juicios ejecutivos

2.-Pedir suspensión de los ejecutivos y esperar a sentencia del declarativo , proceso plenario de amplia cognición y que produce efectos de cosa juzgada

3.-Debo intentar la defensa en los ejecutivos y si finalmente no puede probar la concurrencia, abonar las cuantías por la que resulte condenado y en el momento de contestar en la demanda ejecutiva solicitar medida cautelares con el fin que las cantidades consignadas en el ejecutivo que retenidas a expensas de la sentencia declarativa y así evitar caso que fuera favorable un nuevo procedimiento por los importes que vi. obligado a consignar y que fueron cobrados.


06/01/2010 23:10
La aseguradora no creo que pueda ejercitar la ejecución de un auto de cuantìa máxima. Los juicios de ejecución entiendlo que no son acumulables. Yo trataría de resolver el asunto por la vía de la prejudicialidad civil del art. 43 de la LEC.