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Local comercial

2 Comentarios
 
Local comercial
25/05/2012 16:39
Mi cuñada y mi mujer junto conmigo en regimen de ganaciales, poseemos un local que lo hemos tenido alquilado, hace dos días me sale un señor interesado en alquilarlo remitiendolo a la sobrina de mi mujer que parece ser que es la que se ha encargado de los bienes que tenemos en común, por compra conjunta al tener su madre alzeime, a este posible inquilino le ponemos en antecedente y le digo que nosotros aceptamos lo que ellos acuerden, este sr. se pone en contacto con ella y esta le dice que no. ¿hay alguna forma de denunciar esto? ¿que podemos hacer?, nosotros estamos interesados en que se alquile ya que esto ayudadía a sufragar los gastos.
29/05/2012 15:17
Hola adolfo. Si usted y su mujer disponen del 51% de copropiedad del local podrán arrendador son consentimiento de la otra comunera siempre que la duración del contrato sea inferior a 6 años.


Reciba un cordial saludo

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
01/06/2012 19:04
Gracias por su respuesta Jan, pero el tema es que la propiedad es al 50% en la propiedad y aunque nosotros le comentamos a quien estaba interesado qque se pusiera en contacto con la otra parte y que nosotros acepteriamos lo que acordasen..
Local comercial | PorticoLegal
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25/05/2012 16:39
Mi cuñada y mi mujer junto conmigo en regimen de ganaciales, poseemos un local que lo hemos tenido alquilado, hace dos días me sale un señor interesado en alquilarlo remitiendolo a la sobrina de mi mujer que parece ser que es la que se ha encargado de los bienes que tenemos en común, por compra conjunta al tener su madre alzeime, a este posible inquilino le ponemos en antecedente y le digo que nosotros aceptamos lo que ellos acuerden, este sr. se pone en contacto con ella y esta le dice que no. ¿hay alguna forma de denunciar esto? ¿que podemos hacer?, nosotros estamos interesados en que se alquile ya que esto ayudadía a sufragar los gastos.
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Hola adolfo. Si usted y su mujer disponen del 51% de copropiedad del local podrán arrendador son consentimiento de la otra comunera siempre que la duración del contrato sea inferior a 6 años.


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01/06/2012 19:04
Gracias por su respuesta Jan, pero el tema es que la propiedad es al 50% en la propiedad y aunque nosotros le comentamos a quien estaba interesado qque se pusiera en contacto con la otra parte y que nosotros acepteriamos lo que acordasen..