Me gustaria saber a efectos legales que es un "local destinado a vivienda". Una vivienda o un local?
Mi caso: Recientemente mi pareja ha obtenido un "local destinado a vivienda". Es decir, es un bajo que se usaba como vivienda pero legalemente consta como: - Escritura: local destinado a vivienda - Registro: local destinado a vivienda - Catastro : local. - Certiicado de Régimen Urbanístico: "consultados los expendientes se comprueba que fue concedida una licencia de obras (...) y que según lo grafiado en el plano de planta baja del bloque al que pertenece se destina vivienda". - Por si hiciera falta, dispongo de un documento en el que toda la comunidad de vecinos( y de forma unanime) está de acuerdo en que fuera en su dia una vivienda.
No entiendo muy bien lo que siginifia "local destinado a vievienda". Es un local o una vivienda?
El problema es que para conseguir la cedula de habitabilidad hice una solicitud de cedula pero me la devolvieron diciendo que que es un local (supongo que miraron el catastro o la escritura) , y que hay que hacer un cambio de uso, pero yo entiendo que segun el ayuntamiento es una vivienda.