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Locales comerciales

2 Comentarios
 
Locales comerciales
08/10/2004 11:58
En nuestra comunidad se aprobó que no se aplicaria la cuota de participación y todos los vecinos pagamos lo mismo.

Tenemos tres locales en planta baja y no tienen acceso a la comunidad aunque su desague si va al general de nuestra comunidad.

Jamas han pagado. Deben pagar. Cuanto sera la cuota. Se le puede reclamar atrasos
08/10/2004 17:20
LOCALES COMERCIALES EN BAJOS
Los locales comerciales en planta baja ,forman parte de la comunidad en razón de sus % de participación y deben contribuir en dicha proporción a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble , sus servicios, cargas y responsabilidades QUE NO SEAN SUSCEPTIBLES DE INDIVIDUALIZACION.
Este último párrafo resaltado en negrita , es el que da pié a que a los locales comerciales se les pueda excepcionar , según las circunstáncias , de participar en una serie de gastos y consumos (individualizables) a los que a ellos no les afecte, como bien puede ser, limpieza escalera, consumo energia eléctrica, el ascensor integralmente considerado, porteria , etc. etc.
Podeis intentar reclamar atrasos, peró creo que logrando pornerlos a pagar a partir de ahora ya es una victoria.
09/10/2004 22:59
A mi entender, para que los locales comerciales, esten exentos de algún pago, han debibo ser exonerados en las escrituras del edificio, en los estatutos de la comunidad, o, por acuerdo de la junta de propietarios mediante acuerdo UNANIME.

De no ser asi, deben contribuir a los gastos generales de la comunidad, en proporción al coeficiente de propiedad o cuóta de participación que les haya sido fijado en el titulo de propiedad.

El número 2 del art. 9 de la L.P.H. es tajante:" Para la aplicación de las reglas del apartado anterior se reputarán generales los gastos que no sean imputables a uno o a varios pisos o locales, sin que la no utilización de un servicio exima del cumplimiento de las obligaciones correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.2 de esta Ley."