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3 Comentarios
 
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15/04/2004 19:20
En primer lugar muchas gracias a los responsables y participantes de este foro.
La cuestión que planteo es que poseo 1/3 de los derechos sobre el logotipo marca de una entidad mercantil. ¿Puedo exigirles a los demás copropietarios un canon para su uso?.
Por otra parte también dispongo de 1/3 de la propiedad de una base de datos y me gustaría utilizarla. Sé que si lo pido me lo van a denegar aunque solo sea por demorar la solución del caso. ¿Podría copiarla directamente y utilizarla?
Muchas gracias por anticipado y un saludo para todos.
16/04/2004 19:54
ASERDI,

necesitaríamos que nos explicaques más extensamente el asunto, no obstante:
En relación a la marca, parece que lo que planteas es que en su día registrasteis la marca 3 personas, tu y dos más. Los tres aparecéis como cotitulares de la misma pues. Al decir que "posees" un tercio de la propiedad te debes referir a que solicitasteis en su día el registro de la marca a nombre de los tres antes la OEPM (OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS). Entiendo que al ser tres los titulares, los tres sois los únicos que podeis usarla para publicitar unos productos o servicios determinados.

En relación a la base de datos. A qué te refieres con que eres copropietario de ésta? Eres el coautor de la misma? El autor o autores os han cedido los derechos de explotación de la base de datos? o simplemente habéis comprado una base de datos entre los tres?

Te informo que como coordinadores del Área de Propiedad Intelectual e Industrial de PORTICOLEGAL ofrecemos, a los visitantes de esta WEB, la primera visita gratuita en el despacho o bien, si eres de fuera de Barcelona y así lo prefieres mediante consulta telefónica, nos comentas el tema y te orientamos al respecto.

Quedando a tu entera disposición para cualquier aclaración al respecto.

Atentamente

José Coll & Pablo Castells
Abogados
Asesoría Jurídica de las Artes
93 366 39 90
22/04/2004 16:29
Gracias por vuestra respuesta.
En cuanto a la marca está claro, pero en cuanto a la base de datos la situación es que está registrada en los registros de la propiedad intelectual e industrial a nombre de tres personas físicas que éramos socios de una entidad mercantil (S.L.). El hecho de registrarlo a nombre de los tres socios fue porque estaba prevista (como así fue) la entrada de otros socios y queríamos preservar nuestros derechos.
Actualmente la sociedad en cuestión sigue explotando esa base de datos y yo pretendo constituir otra sociedad competencia de la anterior utilizando la misma, pues estimo que tengo derecho. ¿Creéis que es así?
Muchas gracias por anticipado.
27/04/2004 20:32
Deberías informarnos de lo siguiente:

Cuando te refieres a “base de datos” te refieres a la estructura de la misma, la estética formal o a su contenido, si es en relación a su contenido, la base de datos se registra en la agencia española de protección de datos, de esto no tratamos en el departamento de propiedad intelectual, mejor te informarán en el departamento de Nuevas tecnologías del bufete.
Si, en cambio te refieres a la estructura, debemos saber si la base de datos está registrada como obra colectiva? es decir, se creó por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica quien la edita y divulga bajo su nombre y está constituida por la reunión de aportaciones de los socios o bien está registrada como obra en colaboración que es aquella obra resultado unitario de la colaboración de varios autores (los socios), si es una obra colectiva los derechos son los del único titular registrado, si en cambio es una obra en colaboración (como parece que es) para poderla divulgar o modificar necesitas el consentimiento de todos los coautores. En este caso, salvo pacto en contrario o que se perjudique la explotación común, tu podrás explotar separadamente tu aportación.
Recuerda que los derechos de propiedad intelectual sobre la base de datos, en caso que sea obra en colaboración corresponden a todos los autores en la proporción que hayáis determinado y si no habéis establecido nada al respecto te corresponde una tercera parte de la explotación que los demás realicen de tu parte.
Te informo que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL te ofrecemos la primera consulta telefónica gratuita o en persona en nuestro despacho de Barcelona.

Esperamos haberte ayudado y quedamos a tu entera disposición.
Atentamente


José Coll & Pablo Castells
Abogados
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
Tel: 93 366 39 90
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La cuestión que planteo es que poseo 1/3 de los derechos sobre el logotipo marca de una entidad mercantil. ¿Puedo exigirles a los demás copropietarios un canon para su uso?.
Por otra parte también dispongo de 1/3 de la propiedad de una base de datos y me gustaría utilizarla. Sé que si lo pido me lo van a denegar aunque solo sea por demorar la solución del caso. ¿Podría copiarla directamente y utilizarla?
Muchas gracias por anticipado y un saludo para todos.
16/04/2004 19:54
ASERDI,

necesitaríamos que nos explicaques más extensamente el asunto, no obstante:
En relación a la marca, parece que lo que planteas es que en su día registrasteis la marca 3 personas, tu y dos más. Los tres aparecéis como cotitulares de la misma pues. Al decir que "posees" un tercio de la propiedad te debes referir a que solicitasteis en su día el registro de la marca a nombre de los tres antes la OEPM (OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS). Entiendo que al ser tres los titulares, los tres sois los únicos que podeis usarla para publicitar unos productos o servicios determinados.

En relación a la base de datos. A qué te refieres con que eres copropietario de ésta? Eres el coautor de la misma? El autor o autores os han cedido los derechos de explotación de la base de datos? o simplemente habéis comprado una base de datos entre los tres?

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22/04/2004 16:29
Gracias por vuestra respuesta.
En cuanto a la marca está claro, pero en cuanto a la base de datos la situación es que está registrada en los registros de la propiedad intelectual e industrial a nombre de tres personas físicas que éramos socios de una entidad mercantil (S.L.). El hecho de registrarlo a nombre de los tres socios fue porque estaba prevista (como así fue) la entrada de otros socios y queríamos preservar nuestros derechos.
Actualmente la sociedad en cuestión sigue explotando esa base de datos y yo pretendo constituir otra sociedad competencia de la anterior utilizando la misma, pues estimo que tengo derecho. ¿Creéis que es así?
Muchas gracias por anticipado.
27/04/2004 20:32
Deberías informarnos de lo siguiente:

Cuando te refieres a “base de datos” te refieres a la estructura de la misma, la estética formal o a su contenido, si es en relación a su contenido, la base de datos se registra en la agencia española de protección de datos, de esto no tratamos en el departamento de propiedad intelectual, mejor te informarán en el departamento de Nuevas tecnologías del bufete.
Si, en cambio te refieres a la estructura, debemos saber si la base de datos está registrada como obra colectiva? es decir, se creó por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica quien la edita y divulga bajo su nombre y está constituida por la reunión de aportaciones de los socios o bien está registrada como obra en colaboración que es aquella obra resultado unitario de la colaboración de varios autores (los socios), si es una obra colectiva los derechos son los del único titular registrado, si en cambio es una obra en colaboración (como parece que es) para poderla divulgar o modificar necesitas el consentimiento de todos los coautores. En este caso, salvo pacto en contrario o que se perjudique la explotación común, tu podrás explotar separadamente tu aportación.
Recuerda que los derechos de propiedad intelectual sobre la base de datos, en caso que sea obra en colaboración corresponden a todos los autores en la proporción que hayáis determinado y si no habéis establecido nada al respecto te corresponde una tercera parte de la explotación que los demás realicen de tu parte.
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