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los pasos a seguir después del matrimonio para tramitar la tarjeta de comunitario

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
17/01/2018 13:01
katherine
Hola, soy espanola y tengo un novio Turco que quiere venir a vivir a Espana conmigo. Estamos pensando en casarnos. Siendo asi es posible que pueda ser residente y trabajar aqui?
08/09/2010 23:03
Condedecartagena muchas gracias por la orientación,me alegro mucho la noticia de saber que el tramite para que mi hijo venga es rápido ya que el es pequeño y tiene solamente mis apellidos,y comentarte acerca del matrimonio, que el tramite fue rápido y sencillo sin ninguna complicación hasta me sorprendió,en menos de dos semanas sin preguntas ni nada ya tenemos fecha para casarnos.Agradecerte también por informarme también a cerca de la nacionalidad eres increíble,ya que hace unos meses atrás me habías asesorado con el tema de arreglar mi situación ya que estaba haciendo mi tramite de Arraigo Social,me lo habían denegado nada mas por que me faltaba pruebas para justificar unos meses que me dieron de baja en el empadronamiento,estando yo ya casi 4 años en España es muy injusto ya que yo quería hacer las cosas bien quería que me den el permiso de trabajo ya que contaba con todos los requisitos,un contrato de trabajo,sin antecedentes penales,el informe de ayuntamiento favorable,etc, vamos todo bien, quería cotizar la seguridad social pero mira,incluso volví a pedir la cita para volver a presentar mas documentos (pruebas de que si estoy en España mas de 3 años) pero ya son mas de tres meses y no contestan así le va a uno cuando quiere hacer bien las cosas,y eso es lo que yo quería tener mi tarjeta de residencia y luego casarme estando yo de manera regular en España,es así que decidimos con mi pareja adelantar nuestros planes de casarnos y bueno de esta manera se arreglara mi situación ya que con lo del arraigo no iba a ningún sitio.
Nuevamente gracias y si en algún momento necesito de tu ayuda no dudare en localizarte ya que tengo tu correo.
Un saludo
Katherine
08/09/2010 20:31
Hola. Los pasos a seguir son los siguientes:

1.- Supongo que ya tienes el auto de capacidad matrimonial favorable, que confiere el Juez Encargado del Registro Civil luego de haber tramitado el expediente previo matrimonial. Si no lo tienes aún, debes empezar por iniciar junto con tu novio el expediente previo ante el Juez Encargado del Registro Civil del domicilio de cualquiera de los dos. Para casarse es irrelevante que estés irregular en España.

2.- Una vez que se celebre el matrimonio y reciban el acta de matrimonio, tendrás que pedir cita previa para presentar tu solicitud de tarjeta de identidad de extranjera como familiar de ciudadano de la Unión Europea ( impreso EX-16), junto con la documentación que te requerirán. La cita previa debes pedirla a través de la página web del Ministerio de la Presidencia, Sede Electrónica:

https://sedempr.gob.es/icpplus/citar?accion=ac_info&i=es&org=AGE&p=8&t=7&sbt=&nsbt=&dsbt=

La tarjeta de régimen comunitario tarda lo mismo que cualquier tarjeta normal en expedirse, un mes. Pero los efectos los puedes invocar desde que tienes derecho a ella. Con el resguardo que te den ya puedes circular libremente y trabajar.

En Barcelona las tarjetas de identidad de familiares de ciudadanos de la Unión Europea las expide la Comisaría de Policia de la calle Balmes, a la que se accede por la parte trasera, es decir, calle Guadalajara en su intersección con Bosch (FERROCARRILES DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, ESTACIÓN GRÀCIA).

Pero primero deberás tener tu cita previa.

Una vez que tengas la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, ten en cuenta de que DEJARÁS DE ESTAR SUJETA AL RÉGIMEN GENERAL DE EXTRANJERÍA y pasarás a estar sujeta al régimen comunitario, es decir, la Ley de Extranjería solo se te aplicará en lo que pueda resultarte más favorable, pero en adelante te regirá tanto el Derecho Comunitario Europeo como el "Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo", recientemente modificado por la Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de 1 de junio de 2010. Y de acuerdo a la normativa citada, el régimen comunitario también ampararía a tu hijo siempre y cuando:
A) Sea menor de 21 años.
B) Si es mayor de esa edad, que viva a tu cargo o sea incapaz.
C) Que, desde luego, el vínculo matrimonial entre tu marido y tú perviva.

No has de esperar al año. El hecho de tener tú el régimen comunitario y que tu hijo sea menor de edad, hace posible extenderle a él el régimen comunitario. Pero primero has de obtenerlo tú. Una vez que lo tengas, has de solicitar que venga a reunirse contigo y con tu marido, el visado se debe conceder rápidamente y de forma gratuita. En todo caso, si es menor de edad, has de tener en cuenta que para salir del país en el que viva, necesitará la autorización de su padre y que si no se la da, el niño o joven no podrá salir del país.

No olvides que luego de un año de tu matrimonio con tu marido español, podrás solicitar la nacionalidad española por residencia. Mi recomendación, si vives en Barcelona (donde yo también vivo), es que desde que tengas la tarjeta, solicites CITA PREVIA para presentar la documentación para la nacionalidad, porque las dan para dentro de un año o año y medio, de modo que cuando te toque presentar la documentación, ya habrás cumplido el año y podrás presentar sin problemas. Si eres cuanto antes española, en el hipotético caso de que te divorciases de tu marido, tu hijo seguirá gozando de régimen comunitario, pues es hijo de española y él podrá pedir la nacionalidad, si es iberoamericano, al cabo de dos años de residir en España.

Un cordial saludo y suerte.

P
Los pasos a seguir después del matrimonio para tramitar la tarjeta de comunitario
08/09/2010 14:52
Soy extranjera y en tres meses me casare con mi novio que es español,quisiera saber cuales son los pasos a seguir después del matrimonio para tramitar la tarjeta de comunitario ya que yo estoy en España de forma irregular, quisiera también saber cuanto tiempo tarda hasta obtener la tarjeta,si alguien podría orientarme se lo agradecería mucho aclarando que vivo en Barcelona .
También comentarles que tengo un hijo menor de edad en mi país,quisiera también saber a cerca de la reagrupacion familiar,este tramite lo tengo que hacer después de un año de haber obtenido la tarjeta? o que es lo que debo hacer ya que cuento con lo otros requisitos un trabajo y un lugar para vivir,quisiera saber cuanto tarda este tramite.