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Lucernario

4 Comentarios
 
Lucernario
perfil DC
23/08/2004 21:40
Hola a tod@s,

Tengo que contestar a una demanda en la que reclaman cierta cantidad a mi cliente porque en la cubierta del edificio existe un lucernario, que es elemento común, pero que aprovecha unicamente a su local comercial, existiendo en el mismo roturas de los cristales que al llover provocan humedades en el local contiguo.

Además, aunque mi cliente es el demandado no es el propietario del local.

Qué opinais sobre el tema. ¿Que defensa planteariais?

¿Puede sostenerse la teoría de que al ser un elemento común la demandada debiera ser la propia comunidad de propietarios?

Gracias.
23/08/2004 22:27
Si el lucernario es elemento común del edificio corresponde su reparacion a la comunidad del mismo, así como cualquier demanda que el vecino interponga por el perjudicio causado por dicha causa.
perfil DC
24/08/2004 08:23
Gracias Petrus,

Pero me podrías decir exactamente en qué ley viene eso exactamente o si no alguna buena sentencia en ese sentido.

Gracias.
perfil Kar
24/08/2004 17:46
Buenas tardes
Mira yo escuche un caso similar aqui en Gijon, lo que teneis que mirar son las escrituras del bajo, en ellas traera si el lucernario es el techo del bajo o el patio del edificio. De ese modo sabreis a quien deberiais pedir responsablilidades, por lo general son tema de comunidad pero por si acaso mirar escrituras.
Un saludo
perfil Kar
24/08/2004 18:00
http://www.comunidadvecinos.com/modules.php?name=Sections&op=viewarticle&artid=21

Echa un vistazo espero te ayude en algo