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lugar de pago

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Lugar de pago
19/11/2008 20:50
Buenas tardes. Soy arrendatario de una vivienda. En mi contrato de arrendamiento (de 1974) se pactó como lugar de pago de la renta el domicilio del arrendador, pero nunca se ha hecho así, pues desde siempre he pagado el alquier o bien mediante ingreso en una cuenta bancaria del propietario o bien éste acudía a mi casa para cobrarla. Ahora pretende hacer valer lo pactado, y que yo acuda a su domicilio cuando tengo 88 años. Puede hacerlo aunque yo no quiera? debe respectar lo que se ha venido haciendo, a pesar de que se contradiga con lo que dice el contrato? Me cabe acudir al Juzgado en defensa de mis intereses, y en qué tipo de procedimiento? Muchas gracias por las respuestas.