Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

madre custodia incumple convenio visitas

77 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 77 comentarios
05/11/2010 15:50
Hola:

Caracalla, sí, recuerdo el hilo de Toy harta, una de las afirmaciones que se hacían era que la custodia depende de la capacidad económica de los padres. En ese mismo hilo se contestó que no, que la custodia y la capacidad económica de los progenitores no tienen nada que ver. Por esa regla de tres el juez, a la hora de determinar la custodia, simplemente miraría la nómina de cada progenitor y asunto arreglado, al que más gane se le da la custodia. Y si seguimos en esa tesitura hasta se eliminaría el régimen de visitas si uno de los progenitores es pobre. Nada más lejos de la realidad, ir con esas consideraciones a los tribunales es ir a tiro fijo, a perder.

De hecho no verá que se sustente en los tribunales sobre tales supuestos, sino muchos otros. Todos girando en torno al menor. Se habla de arraigo del menor, se habla del derecho del menor a ser escuchado, se habla de la predisposición del custodio a favorecer las relaciones del menor con el no custodio, hasta ya se habla en muchos tribunales, cada día más, de la custodia compartida por defecto. Cuando el juez pide las nóminas de los padres lo hace para determinar las prestaciones por alimentos no para determinar la custodia. Lo único que faltaba, que se dé la custodia en función de la nómina o se retire el régimen de visitas en el momento en que te quedas en paro y sin subsidio.

¿Petulancia? No, se equivoca, sólo es el que el tiempo pone a cada uno en su sitio, y con el paso de aquél, si es bien aprovechado, uno viene a saber mejor el dónde está y el quién es. Conoce sus virtudes y, lo que es más importante, sus defectos.

¿Misógino? No, se equivoca de nuevo. Sepa usted que soy emigrante, durante muchísimos años he trabajado en muchos países, y he trabajado junto a mujeres toda mi vida y no en una oficina, en el duro campo industrial, en el petróleo, donde, por ejemplo, dulces chicas de Minnesota, de uno noventa, manejaban alegres una llave Stillson de 20 kilos con la misma facilidad que yo me llevo a la boca un donuts, con la diferencia de que yo no sería probablemente capaz de hacer su trabajo como Pipe Fitter o Driller, también he tenido como Chief Engineer a más de una mujer, con unas cualidades profesionales impresionantes. Son pocas en este campo en España pero las hay también hasta para diseñar megaestructuras, plataformas, y dirigir su construcción y puesta en marcha. Pero todas ellas valían, no entraron a sus puestos de trabajo por cuota de género, sino como todos, por actitud y aptitud demostradas. Sólo en España veo una gran densidad por metro cuadrado de auténticas inútiles por cuota de género y auténticos inútiles por enchufe, que viene a ser lo mismo y muy igualitario. ¿Misógino? No. A lo sumo fiel cronista de la realidad, no matemos al mensajero. Compare el curriculum de Pajín y sus homólogos europeos, la Bibiana sin comentarios, habría que esperar a que se cree un Mini de La Igualdad en el resto de países comunitarios y va a ser como que no, por ahí no saben tocar las castañuelas y las panderetas. Disiento, por tanto, de sus apreciaciones en el sentido de que una mujer no pueda hacer el mismo trabajo que un hombre, mi experiencia me dice que si. En cuanto a si desde que se ha introducido la mujer en la judicatura ha empeorado esta, pues no, no lo creo, el poder judicial está muy mal desde hace siglos, la introducción de la mujer en dicho campo no lo ha mejorado, de eso estoy seguro, sigue siendo el mismo, inmutable, aunque ya hayan voces dentro de él que se alcen contra esta ignominia nacional, jueces que sí merecen todos mis respetos y mi aplauso y recuerdo que en el plural, jueces, se engloba a los dos sexos, a algunos los conozco en persona, unos expedientados, otros en la picota, por defender el estado de derecho. También, por experiencia directa e indirecta, sé que se prevarica por igual, tanto como que la prevaricación no tiene que ver con el sexo, sino con la delincuencia organizada.

Un cordial saludo
05/11/2010 12:32
Triste sería que el señor PulpoPaul rebajara la calidad de su intervencion para no acomplejar al personal.
05/11/2010 10:28
ah! y que en en los juzgados a veces se ven burros volar.!!!!!!!!!!!! sentencias que son autenticos disparates.
05/11/2010 10:26
buenos dias:
atte. sr. pulpo paul imagino que lo proximo a contestar sera mi intervencion, asi me gustaria asi se lo pido encarecidamenete.

de sus escritos comentar que esta bastante informado, y perdoname algo petulante

de todos es sabido que los a jueces se les mide por una vara distinta a la vara por la que se nos mide a los demas, sino el caso del juez garzon una equivacacion tras otra y en vez de corregirse huida hacia delante y a peor.

se le ha visto el plumero es ud. un poco misogino? lo digo por lo de las ministras, que el de los ministros es si es mejor que el suyo?

lo siento a veces se nos olvida que otros nos leen y por momentos nos abandonamos y dejamos de ser correctos.

ah¡ por cierto ¿cree ud. que la judicatura española ha empeorado desde que las mujeres acceden cada vez a los juzgados como jueces digo?

si le sirve de algo creo que es un cargo que por nuestra propia naturaleza (ser mujer) no deberiamos ejercer/ ejercitar o llamalo como te de la gana
espero su pronta respuesta encantada
un muy cordial saludo
05/11/2010 00:25
más salario, en prácticas. Era mi primer trabajo. Por cierto, soy hijo de padres separados, si sirve de algo, y fui yo quien se encargó de proteger a mi madre, minusválida, esclerosis múltiple, de un maltratador, miren por donde tengo base para hablar de muchas cuestiones hace muchísimos años, para que me vengan a cantar milongas a estas alturas. Y, también, por cierto, tengo un curriculum documentado que no se lo saltan muchas ministras españolas, y tengo que andar mintiendo en él para poder trabajar en este país, ocultando parte del mismo, pues o te rechazan por saber mucho, doy fe de ello, o quieren que hagas de todo pagándote una miseria, así está el país. ¿Algo más? Cuando quieran les ilustro sobre lo que es la práctica legal en este país, sobre todo. En los últimos tiempos voy a juicio por mes, ya ni los cuento, y tengo 6 abogados en estos momentos. Sin ir más lejos el próximo martes tengo que ir a recoger tres citaciones a juicio, vía penal, aprovecharé para presentar varios escritos oficiales y una denuncia al amparo del 511 CP.

Miren que derroches se están haciendo en este país, para que vayan enterándose, que por negarme el derecho constitucional a tener representación letrada en un juicio de faltas, hacen uso como mínimo de otros tres, uno para representarme ante la AP, que tira abajo el juicio en primera instancia, otro en representación del estado al apelar ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y otro que me va a asistir en la repetición del juicio de faltas, por narices, o acabamos ad infinitum, yo no me canso de introducir cuestiones previas para que consten en actas, no me cuesta nada. Vaya esto para los que quieren hacer gracias con mis derechos constitucionales. ¿Creen, después de esto, que no sé por donde van los tiros? ¿Miento? Quien es letrado es el que más sabe de lo que hablo. Precisamente, si soy peligroso en algunas esferas, es por eso, porque si mi política se generaliza, legal, al amparo y en defensa de los más básicos derechos humanos, el colapso de los juzgados está garantizado.

Un cordial saludo
05/11/2010 00:24
Hola:

Aunque no entienda muy bien esa necesidad de saber si soy o no abogado, pues a la sustentación haya de estarse, vengo a satisfacer su curiosidad, Fiona33 y Caracalla, no soy abogado, por si les sirve de algo, entiendo que de nada, cuestión que jamás he ocultado, ni jamás he pretendido actuar como tal, puede ser delito.

Mas resulta que mis intervenciones, a lo largo de unos cuantos años, no suelen estar erradas, llegando incluso a rizar ciertos rizos y permitirme el lujo de asesorar a algún que otro letrado, recuerdo especialmente algún caso de los que afectan al derecho internacional, sustracción de menores, y otros sobre procedimientos. Son muchos años en esto, que conste que entré con base pero con el dedo levantado. Hoy puedo dar respuestas, creo que sensatas, acordes a derecho y sustentadas.

Algo sabré cuando en sala se me han venido a reconocer, con muy mala leche e intenciones por cierto, con efectos no favorecedores a mis intereses, mis conocimientos legales o que, gracias a los mismos, no me haya quedado con la boca abierta en primera instancia y sea la AP de mi provincia quien venga a anular juicios o que cierta asistencia letrada, representando al estado y siendo mi parte contraria, me trate de tú a tú, nos pongamos a hablar de aspectos doctrinales, de colega a colega, y me diga que equivoqué mi profesión y me recomiende sacarme el título, por la soltura en la exposición del articulado legal español y las referencias a aspectos doctrinales.

Sé, más de lo que puedan imaginarse, lo suficiente para contestar a muchas cuestiones, lo suficiente para sacar los colores a más de un letrado o juez o para redactar yo mismo multitud de escritos que, cuando no los puedo presentar yo, mi asistencia letrada los calca y los presenta, algunos, muy pocos, son buenos ¡Vive Dios! Van y enriquecen mi escrito, digo bien, enriquecen, jamás me han dicho ¿a dónde vas moreno? Suelo hilar muy fino y con conocimiento de causa y, por supuesto, puedo llevar a cabo casi cualquier acto jurídico en el cual no es necesaria ni asistencia ni representación legal alguna, y son unos cuantos, en los que la mayoría tienen que tirar de los mismos si quieren obtener algo positivo. Y no se lo pierdan, soy consciente de que en muchas cuestiones, al final, pintan bastos, es decir, prevaricación, son palabras mayores, pero no porque yo no me atreva, sino porque para un letrado meterse en esos berenjenales le puede significar la ruina.

Acumulo cientos de e-mails de agradecimiento por parte de padres y madres separados o similares, dentro y fuera de España, ¡Ha funcionado! ¡Lo mismo me ha dicho mi abogado! ¡Exactamente eso es lo que ocurrió! no miro las gónadas de nadie, sino a la persona y su problema, encima no vivo del estado y no tengo el defecto de ser políticamente correcto. Mis actividades profesionales las realizo normalmente fuera de España desde temprana edad. A estas alturas vengo a ser español casi sólo de nacimiento, excepto en el de la lengua que es la que mejor domino, quizás. Con la edad voy perdiendo facultades en español y ganando en otras lenguas

Entiendo que mis intervenciones son mis intervenciones, hay están, rebátanlas si pueden. Sustentando, no haciendo uso de falacias ad hominem, esas que están tan de moda.

¿Qué soy? Ante todo un padre separado, con unos hijos, no nacidos aquí, que viven en España en contra de mi voluntad. Profesionalmente soy un técnico, uno de mates, que no valía para España, aunque llegué a ejercer la docencia en ella. Recuerdo mis primeras oposiciones a una importante empresa española, primer puesto, me llamaron, me doraron la píldora, 65,000 pelas de aquellas, en prácticas por seis meses, después otros seis meses a 100,000, vamos, milongas, me di el gustazo de mandarles por donde amargan los pepinos y se rompen los cestos, y plantarle en la cara al Jefe de personal, después de sus alabanzas a mi intelecto y sus propuestas laborales, soy bastante pervertido en ese sentido, dejo hablar, un contrato ya firmado con una empresa norteamericana, con 4 veces
04/11/2010 23:09
buenas tardes sr pulpo paul:

aunque el mensaje inicial de la sra toy harta ha sido borrado, ud. tan bien como yo lo recuerda, y ha llegado ud. mismo sin ayuda a lo que ella planteo desde un principio, no le pueden dar la custodia por el mismo motivo por el que pueden condenarlo: paso a copiar textualmente,

En este sentido, no existe dolo, no existe incumplimiento, cuando, como en todo delito omisivo, resulta imprescindible la capacidad personal de acción, luego será atípico el incumplimiento si el obligado al pago de la prestación carece de los medios materiales necesarios para hacer frente a dicho pago. Esa incapacidad para pagar no sólo se da en situaciones de necesidad extrema, con incapacidad para mantenerse incluso a sí mismo, sino también cuando disponga solamente de los medios indispensables para subvenir a sus propias necesidades.

el derecho es como la lluvia nunca es pareja, pero en derecho dos y dos son cuatro y si no se puede mantener el mismo como va a solicitar la custodia y le copio: "El tema es muy complejo y en toda su complejidad hay que analizarlo, pero en la mayoría de los casos la solución se basa en un principio universal: de donde no hay no se puede sacar".

ningun juez daria una custodia asi, ud. sr. pulpo paul lo sabe, desde un principio se dijo lo que ud. ahora ha dicho, si no tiene para cubrir sus necesidades basicas no puede hacerse cargo de la meno, ni siquiera seria justo para la menor.

lo que realmente ha molestado al foro y bastante es que no contara en las condiciones que pedia esa custodia? o me equivoco?

de todas maneras obstenta el cargo de presidente de una asociacion para la defensa de los intereses del menor, este cargo sera o no remunerado? tendra la asociacion asociados? recibira la asociacion sin animo de lucro, por supuesto, subvenciones? cree ud. que se lo creeran en sala...
ya veremos...

entonces, quiza, y solo quiza, si exista dolo

un saludo pulpo paul y darle las gracias por que ud. mismo ha explicado a este foro que existen unos presupuestos necesarios para pedir una custodia y esta muy feo hacerlo "desde la base de que la menor esta bien tiene de momento sus necesidades cubiertas al otro extremo que ud. mismo plantea, que pareciera que conociera la situacion desde dentro...."

un saludo una clase magistral de derecho penal

y hay una cosa en la que si estoy totalmente de acuerdo con ud. la continuada y reiterada prevaricaion de los juec@s cada vez es mas notoria
y ya no se habla de prevaricacion por ignorancia del derecho, sino de prevaricacion por soborno....algun dia cuando las aguas vuelvan a su caucecontare una historia tan verdadera como irreal pero que sucedio en un juzgado cercano a mi domicilio el regalito fue un mercedes valorado en 90.000 euros....
un saludo
04/11/2010 21:06
Fiona, en lugar de insultar la inteligencia ajena negando su pregunta podría limitarse a reconocer que no era tan importante ("la pregunta del millón", que la tiene "en ascuas", que probemos a que "se explique") conocer ciertos detalles de la vida personal de Pulpo Paul, o podría fundamentar cuál es la relevancia y con respecto a qué de conocer dicha información.

Confío sinceramente en que se percatará de su error.

Un saludo.

04/11/2010 20:10
Lea Vd más arriba..Creo que falta le hace.....
No tiene ninguna base lo que dice, y yo no voy a entrar en sus incoherencias al respecto, ya le eliminaron "comentarios" al respecto.
Espero que no vuelva a suceder, por el bien de este foro y los que partipamos en él.

Cordial saludo.
04/11/2010 18:47
Fiona, dice usted que no ha formulado la pregunta...debería leerse un poco más arriba, es poco juicioso negar lo evidente, y si usted no considera una falta de respeto pedir que alguien "se explique" de la profesión que ejerce, y sin ni siquiera fundamentar respetuosamente el motivo, sólo porque el moderador no le haya borrado la pregunta o porque otras personas también lo hayan hecho preguntado ríome de sus reproches acerca de mi educación.

Un cordial saludo.
04/11/2010 18:39
PulpoPaul, soy consciente de la necesidad de ajustar la pensión a los gastos que habitualmente sustentaran al menor, lo cual a menudo está reñido con la proporcionalidad basada en el porcentage, y es que si los progenitores felizmente casados no invierten 1000 euros mensuales en el menor es absurdo conceder una pensión de dicha cuantía sólo porque responda al 25% del salario del no custodio, y menos alegando bienestar de menor, particularmente risible me resulta el habitual discurso de la obligación moral de llevar al hijo a un colegio privado como si inscribirlo en la escuela pública fuera éticamente reprochable.

Un cordial saludo.
04/11/2010 18:31
Desencamido vá, ya que yo no he pedido en principio que dicho Sr,(el cual dice que és Sr,no Sra), que se explique antes a la pregunta que le han realizado otr@s forer@s, en ningún momento yo. Deberia haber leído al respecto, ya que Vd no demuestra que lo haya hecho, dadas sus intervenciones en este foro. Y a las pruebas me remito, a Vd le han eliminado "comentarios" hacia mi persona y hacia muchas otras. Falta de juicio por moderador? Falta de de algo más? O simple y llanamente falta de educación y falta de respeto a los demás intervinientes?
No tiene nadie que buscar el por qué..está todo escrito, deje a quien debe contestar que lo haga. Yo no he sido quien le realiza la pregunta a dicho Sr sín obtener respuesta alguna.

Saludos.
04/11/2010 18:24
Hola, Rakhsun:

Con respecto a la proporcionalidad de las prestaciones por alimentos con los ingresos del no custodio habría que hablar mucho, no discutiendo el principio en sí, sino introduciendo muchas apreciaciones o consideraciones. En España no hay legislación específica, no hay reglamentos que desarrollen esa ley, es el juez quien se tiene que comer la cabeza con esas cuestiones. Si existiera esa ley específica y ese reglamento todos sabríamos a lo que atenernos y los jueces verían disminuida su carga de trabajo considerablemente, al reducirse todo a una serie de cálculos matemáticos que podrían ser hechos por las partes y que ni el juez calcularía, su asistencia se encargaría de ello, dedicándose a temas más importantes. Esto es lo que funciona en otros países, en dos ocasiones he publicado estos cálculos, a modo de ejemplo, al amparo de la legislación y reglamento de otro país, a la sazón EE.UU.

Si me parece perfecto que las prestaciones por alimentos sean proporcionales a los ingresos o fortuna del obligado al pago, más perfecto sería que existiera un control para evitar fraudes, que la prestación por alimentos se pueda convertir en el modus vivendi del custodio, pues la función del custodio es administrar dicha prestación de forma que sea dedicada a sus fines, ajenos a vivir del cuento, a costa del menor. Es decir, de esa prestación, el custodio no puede dedicar ni un centavo de euro para satisfacer o cubrir sus necesidades, aunque sean básicas. Pero esto, ¿quién lo controla? En algunos casos, cuando median sustanciosas cantidades, dichas prestaciones se convierten en ese modus vivendi del custodio. Esto requiere respuestas urgentes por parte del legislador, máxime cuando se está vulnerando el interés supremo del menor. Sería necesario que se rindan cuentas en este aspecto, pues se están administrando bienes ajenos. También, por ejemplo, que ese dinero de las prestaciones por alimentos se ingresen en cuentas bancarias blindadas, no en la cuenta del progenitor custodio, esta susceptible de embargo, por ejemplo, pequeños detalles, ya recogidos en algunos convenios, que alegran la vida del menor.

Por otro lado, en estos casos, no se trata de si las camisetas son de 100 euros o de 3, se trata de que el menor no se vea afectado en su nivel de vida entre el antes y el después de la ruptura matrimonial, de pareja o similares. Siempre va a haber ciertas repercusiones, no es lo mismo 5 menús que hacer puchero común. Pero, en esencia, se trata de conservar el nivel de vida anterior del menor.

Curiosos son algunos casos, ambos progenitores, o uno de ellos, digamos que tiene un salario elevado, pero por una serie de circunstancias, de contenido que afecta a sus propios criterios, educativos, ideológicos, religiosos, no discutibles por nadie mientras no atenten a derechos fundamentales, en vez de comprarle al menor la camiseta de 100 euros se la compran de 3 y le mandan a un colegio público. Es decir, si los gastos del menor eran antes de 300 euros al mes lo que no se puede es establecer pensiones de 1400 porque el no custodio gane 5000 al mes. Luego, más que a los ingresos de los progenitores hay que estar al antes y al después en la vida del menor. Entiendo que es lo justo.


Un cordial saludo

En breve, respuesta para Fiona33 y Caracalla, ahora me voy al super a hacer mis compras que me toca este finde a mis hijos y tengo que hacer de chef, me lo exigen mis hijos, confieso que desde mi machismo ancestral soy incapaz de precocinados, algo enemigo de los huevos con patatas fritas y amante y experto en alta cocina, de momento, Fiona33, no soy cocinero. Luego ya se verá que soy. No hay secreto alguno, lo he dicho muchas veces.
04/11/2010 18:16
Fiona, qué tal si probamos a que usted entienda que el intachable señor PulpoPaul no tiene que darnos (hablo en plural porque en plural usted ha hablado) explicaciones de nada pues nada le reprochamos, hable en nombre propio. Yo no le voy a exigir, sólo le voy a recomendar que modere el tono de su intervención a la vez que sea más objetiva, si usted pide, casi se entiende que exige, explicaciones sobre la profesión de un forero debería al menos ser más educada y exponer de forma objetiva por qué es para usted tan relevante conocer dicha información personal.

Un saludo.
04/11/2010 17:43
Rakhsun, que tal si probamos a que el Sr PulpoPpaul se explique???
Creo sería lo más acertado. Si necesita "forer@s" que contesten sín contestar...mal vá...

Un cordial saludo.
04/11/2010 17:29
Fiona, la inmensa mayoría de foreros conocemos de dónde vienen los acertados conocimientos jurídicos del señor PulpoPaul, los cuales, si me permite, usted no podría corregir, ni aunque fuera abogada, no se puede corregir lo que bien está.

Un cordial saludo.
04/11/2010 17:05
Buenas tardes PulpoPaul,
Mucha demagogia la suya, pero no ha contestado a la "pregunta del millón"...Es Vd abogado!?? A mí particularmente me tiene en ascuas.

Otro cordial saludo.
04/11/2010 16:55
Hola, Terabithia:

No se ha extendido demasiado y no necesita pedir perdón por dejarse llevar, coincido con Adsec en todo. Si que tiene mucho mérito y puede servir de reflexión a muchas personas. Hay mucha sinceridad y toca aspectos emocionales, esos que suelen ser ajenos a la ley, de los que las personas no pueden sustraerse, si realmente conservan un mínimo de humanidad. Que el puente hacia Terabithia sea el puente hacia esos otros aspectos, los emocionales, los sueños, la imaginación, esa parte de nuestra realidad que nos es tan necesaria. Gracias por compartir los suyos.

Un cordial saludo
04/11/2010 16:20
No voy a discutirle, Caracalla, que tengamos una buena Constitución, mejorable, las he visto peores. Pero en materia legal, en leyes, perdone, no puedo estar de acuerdo, tenemos leyes ajenas a un estado de derecho. Asistimos hace tiempo al nacimiento de una dictadura dentro de una democracia, hay antecedentes históricos en otros lares, de ingrato recuerdo. Hoy asistimos a su perfeccionamiento, para mayor gloria del movimiento, socialista, feminista y radical.

La Constitución tiene el artículo 9, también el 14 o el 24, entre otros, los mismos que están siendo violados de forma sistemática día a día en los juzgados españoles, contraviniendo incluso sentencias del Tribunal Constitucional que son pasadas por el arco de triunfo. La existencia de legislación inconstitucional, la desaparición de la debida separación de poderes, la prevaricación pura y dura, llegándose a dictar providencias que atentan contra derechos fundamentales, lo hacen posible. Esto lo vivo y se vive todos los días con especial virulencia en los juicios de faltas y en los tribunales ad hoc de violencia de género. La Constitución de por sí, a la vista de las circunstancias, no garantiza nada, la garantía de los derechos está en los actuares acordes a la Constitución, lo demás es letra muerta y estado de hecho.

Si uno habla de derechos del progenitor no custodio, o del custodio, es lo mismo que hablar de los derechos de los menores, en todos los aspectos, salvo en algunas cuestiones debidas a la especial protección que merecen y sus circunstancias, los menores quedan al amparo de los mismos derechos constitucionales que sus padres. Si se violan los de estos se violan los de los menores.

Por supuesto que el estado, el gobierno, es responsable, esto es consecuencia precisamente de la constitución, pues el gobierno tiene que ser garante de esos derechos y libertades recogidos en la misma, si garantiza los mismos, quedan garantizadas las obligaciones puesto que, Caracalla, sus derechos y libertades son mis obligaciones y los míos, las suyas. Pero no lo hace, no garantiza muchos derechos y libertades, si los garantizara que no le quepa la menor duda que los impagos en las prestaciones por alimentos caerían de forma exponencial y los divorcios contenciosos, las detenciones en masa, las denuncias falsas y algún que otro etcétera, más.

No se trata tanto de pagar prestaciones por alimentos a los hijos sino que estos alcancen la justicia que se merecen, en este país, en estas circunstancias, ni de coña.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
04/11/2010 16:19
Hola, Caracalla:

Cuando digo que si no existe dolo no hay delito me estoy refiriendo al 227 CP, delito que surge para criminalizar el impago de prestaciones por alimentos en los casos recogidos por dicho artículo, estas prestaciones por alimentos son distintas a las establecidas en base a la obligación de prestarse alimentos entre parientes. Este criminalizar ha sido objeto de duras críticas por muchos ilustres juristas.

En este sentido, no existe dolo, no existe incumplimiento, cuando, como en todo delito omisivo, resulta imprescindible la capacidad personal de acción, luego será atípico el incumplimiento si el obligado al pago de la prestación carece de los medios materiales necesarios para hacer frente a dicho pago. Esa incapacidad para pagar no sólo se da en situaciones de necesidad extrema, con incapacidad para mantenerse incluso a sí mismo, sino también cuando disponga solamente de los medios indispensables para subvenir a sus propias necesidades. Cuestiones estas que si bien son atendidas en penal, existiendo bastante comunión entre la doctrina y la jurisprudencia, no lo son en civil, estableciendo en gran cantidad de ocasiones prestaciones por alimentos sin tener en cuenta reserva alguna de ingresos del progenitor no custodio provocando el paso de una situación de necesidad a una de extrema necesidad. Esto es inaudito en otras legislaciones, que tienen ley de prestaciones por alimentos para estos casos específicos y su correspondiente reglamento, reglamento que recoge detalles que en este país, en el mejor de los casos, puede recogerlos un juez, si tiene buen día.

Hoy en día, superada la nefasta jurisprudencia inicial cuyo criterio chocaba con el principio de culpabilidad y reintroducía la proscrita responsabilidad objetiva en materia penal, se acepta sin reservas que corresponde la absolución cuando se prueba la falta de medios del obligado al pago durante el incumplimiento.


Por otra parte, por supuesto que “Esgrimir un argumento tan simplista y demagógico como lo es que los niños comen todos los días, es eso, simplista y demagógico”, mea culpa si no lo entendió, con ello pretendo exponer que aquellos que se quedan en esa afirmación como única sustentación o son simples y/o son demagogos. Algunos pretenden con esa afirmación sustentar el ingreso inmediato de quien está obligado al pago de la prestación en la cárcel, aunque no tenga donde caerse muerto, esto, obviamente es ajeno a un estado de derecho. El tema es muy complejo y en toda su complejidad hay que analizarlo, pero en la mayoría de los casos la solución se basa en un principio universal: de donde no hay no se puede sacar.

Luego, aquí nadie discute que las leyes estén para ser acatadas, que un menor ha de tener cubiertas todas sus necesidades, las mismas que le proporcionen el mayor desarrollo integral como persona, como mínimo, el mínimo. Aquí nadie discute la existencia de las obligaciones en la prestación por alimentos entre parientes, de tratamiento diferenciado a nivel legal en relación a las prestaciones por alimentos en estos casos de separación, divorcio, nulidad, medidas paterno filiales, etc. Desde luego que existen, y vínculan a padres, hijos, abuelos, hermanos etcétera. Por cierto, lo de que las leyes están hechas para ser acatadas es relativo, no son pocas las constituciones, más garantistas que la nuestra, que reflejan el derecho inalienable a la rebelión, incluso armada, contra aquellos que vician la democracia con leyes anticonstitucionales.

Ergo, es palabra latina, y española, no expresión latina, utilizada en argumentación silogística, pero que yo utilizo en mis escritos como sinónimo de por tanto, por ende, luego, pues, en un esfuerzo por dotarlos de variedad expresiva. No se equivoca al introducir la locución latina erga omnes, si viene, en gran medida, al caso.