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Mala Fe Procesal

2 Comentarios
 
05/02/2007 13:13
Gracias por tus comentarios Patricia, me refiero al hecho de mentir en si, si bien al tiempo contestas, pues somos nosotros mismos, así pienso yo, los que permitimos esas graves licencias, pero también los tribunales, pues se castiga por mala fe el abuso de derecho, el fraude de ley, la dilación indebida del procedimiento, pero no el hecho de mentir irracionalmente y de forma contumaz, consideramos que el derecho de defensa, apareja de forma intrinseca el derecho a mentir sin límites y creo que no se sanciona, o al menos no lo he visto. Muchas gracias Patricia.
05/02/2007 12:16
Soy de la opinión de que no se debe mentir. Una cosa es contra-argumentar, es decir, dar la vuelta al caso dentro de la legalidad esgrimiendo una línea expositiva diferente (como decía Ramón de Campoamor ... "en este mundo traidor nada es verdad ni es mentira, todo es según el color del cristal con el que se mira") con pruebas reales que la avalen, con lo que no sólo se respeta la buena fe, sino que juegas limpio y con rectitud (aparte de que ahi se puede demostrar lo buen abogado que eres), y otra diferente, es ser un abogado hampón, de esos que no se cortan en falsificar documentos, llevar testigos falsos o hacer lo que sea con tal de ganar (que no es ganar eso según mi humilde entender), la decisión de cruzar o no esa línea, es de uno. Impugnar documentos para fastidiar al contrario es algo absurdo, pues si impugnas la autenticidad de un documento, a ti te incumbe la prueba de demostrar que no es auténtico y a tu cliente, pagar los gastos. Cuando me toca ir a cierto juzgado, de cierto partido judicial, sé con toda seguridad que me van a impugnar sistemáticamente todos los documentos que aporte (incluidas las actas notariales), hasta ahora, he sido buena, a la próxima, si no prueban solicitaré se declare la mala fe procesal. Otra estupidez que se está viendo últimamente mucho, es que los "compañeros" utilicen sin tu permiso en juicio las comunicaciones entre compañeros, a mi eso ya me dice mucho del tipo de persona y de profesional que tengo al otro lado. La última vez que me gastaron una así, estaba negociando una compraventa con una entidad financiera con un problema de obras inconsentidas por el medio. Su abogado, fue tan "estrumpenjanfen" que envió mi respuesta por fax al presidente de la comunidad, quien se puso nervioso y me llamó organizándome un cristo impresionante - cuando el asunto en nada le afectaba -, no contento con ello, otro compañero suyo presentó sin mi autorización dicho documento judicialmente, lo que está prohibido por los estatutos colegiales. Tras llamarlos para pedir una rectificación por escrito en el primer caso, y la retirada del documento en el segundo, abrí dos expedientes disciplinarios en el colegio. Quien no actúa ajustandose a las reglas del juego, merece que las reglas le sacudan.
Quizás no preguntabas eso, pero esta semana ando quemadilla. Un saludo,
Mala fe procesal
05/02/2007 10:38
Hola a todos, es mi primera incursión en este foro y os quería plantear la siguiente cuestión, en un procedimiento civil, ¿hasta que limite consideráis que las partes tienen derecho a mentir a la hora de realizar sus argumentaciones, refutar hechos o impugnar documentos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 247 de la LEc, en cuanto al respeto de las reglas de la buena fe? Grancias por vuestras respuestas de antemano.
Mala Fe Procesal | PorticoLegal
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05/02/2007 13:13
Gracias por tus comentarios Patricia, me refiero al hecho de mentir en si, si bien al tiempo contestas, pues somos nosotros mismos, así pienso yo, los que permitimos esas graves licencias, pero también los tribunales, pues se castiga por mala fe el abuso de derecho, el fraude de ley, la dilación indebida del procedimiento, pero no el hecho de mentir irracionalmente y de forma contumaz, consideramos que el derecho de defensa, apareja de forma intrinseca el derecho a mentir sin límites y creo que no se sanciona, o al menos no lo he visto. Muchas gracias Patricia.
05/02/2007 12:16
Soy de la opinión de que no se debe mentir. Una cosa es contra-argumentar, es decir, dar la vuelta al caso dentro de la legalidad esgrimiendo una línea expositiva diferente (como decía Ramón de Campoamor ... "en este mundo traidor nada es verdad ni es mentira, todo es según el color del cristal con el que se mira") con pruebas reales que la avalen, con lo que no sólo se respeta la buena fe, sino que juegas limpio y con rectitud (aparte de que ahi se puede demostrar lo buen abogado que eres), y otra diferente, es ser un abogado hampón, de esos que no se cortan en falsificar documentos, llevar testigos falsos o hacer lo que sea con tal de ganar (que no es ganar eso según mi humilde entender), la decisión de cruzar o no esa línea, es de uno. Impugnar documentos para fastidiar al contrario es algo absurdo, pues si impugnas la autenticidad de un documento, a ti te incumbe la prueba de demostrar que no es auténtico y a tu cliente, pagar los gastos. Cuando me toca ir a cierto juzgado, de cierto partido judicial, sé con toda seguridad que me van a impugnar sistemáticamente todos los documentos que aporte (incluidas las actas notariales), hasta ahora, he sido buena, a la próxima, si no prueban solicitaré se declare la mala fe procesal. Otra estupidez que se está viendo últimamente mucho, es que los "compañeros" utilicen sin tu permiso en juicio las comunicaciones entre compañeros, a mi eso ya me dice mucho del tipo de persona y de profesional que tengo al otro lado. La última vez que me gastaron una así, estaba negociando una compraventa con una entidad financiera con un problema de obras inconsentidas por el medio. Su abogado, fue tan "estrumpenjanfen" que envió mi respuesta por fax al presidente de la comunidad, quien se puso nervioso y me llamó organizándome un cristo impresionante - cuando el asunto en nada le afectaba -, no contento con ello, otro compañero suyo presentó sin mi autorización dicho documento judicialmente, lo que está prohibido por los estatutos colegiales. Tras llamarlos para pedir una rectificación por escrito en el primer caso, y la retirada del documento en el segundo, abrí dos expedientes disciplinarios en el colegio. Quien no actúa ajustandose a las reglas del juego, merece que las reglas le sacudan.
Quizás no preguntabas eso, pero esta semana ando quemadilla. Un saludo,
Mala fe procesal
05/02/2007 10:38
Hola a todos, es mi primera incursión en este foro y os quería plantear la siguiente cuestión, en un procedimiento civil, ¿hasta que limite consideráis que las partes tienen derecho a mentir a la hora de realizar sus argumentaciones, refutar hechos o impugnar documentos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 247 de la LEc, en cuanto al respeto de las reglas de la buena fe? Grancias por vuestras respuestas de antemano.