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Matrimonio celebrado en suramerica, no reconocido por el registro civil central

6 Comentarios
 
Matrimonio celebrado en suramerica, no reconocido por el registro civil central
04/09/2009 00:18
Existe un Libro de Familia en el que aparentemente está registrado en el Consulado Español un matrimonio entre española y peruano, celebrado en las modestas dependencias del un Ayuntamiento de la capital del Perú
Este matrimonio ha sido divorciado en España por una Jueza que a más tardar ha tenido que haber comprobado (al no poder efectuar la oportuna anotación marginal en el Registro Civil dCentral una vez firma la Sentencia de separación) que el Libro de familia que incluso menciona en su Sentencia, tiene que ser una falsificacio, pero no se da por enterada.
¿Que piensan Ustedes de esto?
05/09/2009 16:05
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si estiman que son documentos falsificados podrían dirigirse a las administraciones que presuntamente los hicieron para que digan si son correctos o no.
08/09/2009 00:47
Gracias.
El Libro de Familia es un Libro de Familia Español, no cabe duda, ello no impide que el matrimonio no haya sido registrado en el Registro Central. que a pesar de ello, haya sido separado en sentencia firme, y que esta sepración tampoco esté registrada en registro Civl
08/09/2009 11:43
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si Ud. tiene un documento de divorcio, debiera hacer los trámites para que ésté inscrito en el Registro Central.

Pienso que de oficio ser envía la sentencia al registro que corresponda. En el Juzgado donde se llevó el divorcio le dirán cómo está ese trámite.

08/09/2009 16:52
Muchas gracias de nuevo. Seguiré su consejo.
Sinembargo creo que si el matrimonio no está registrado en el Registro Civil Central, dificilmente pueda registrarse su separación, cosa que hasta la fecha no ha ocurrido. De todo esto ya han pasado más dediez años.
08/09/2009 20:15
Hola, Madono:

La primera posibilidad, que el Libro de Familia sea falso, me parece poco probable. El procedimiento habitual es, en el caso de casarse en el Perú, solicitar la inscripción en el Consulado General de España en Lima. Una vez aprobado el matrimonio, hoy en día median entrevistas para detectar “matrimonios blancos”, se inscribe en el Registro Civil Consular y se expide el correspondiente Libro de Familia. Para ingresar en España se requiere el correspondiente visado de reagrupación familiar, y no lo dan presentando el Libro de Familia, y de ahí que no tenga mucho sentido falsificar el mencionado libro.
Si quieren tener constancia de la inscripción se deberán poner en contacto con dicho consulado y que les faciliten la partida literal de matrimonio.

La segunda posibilidad, altamente probable, es que el citado consulado “olvidara” gestionar la inscripción de su matrimonio en el Registro Central aún siendo su obligación inexcusable. Pero estos “olvidos” parecen ser práctica habitual en este consulado.

Ni que decir tiene que si no está inscrito el matrimonio en el Registro Central menos va a inscribirse la separación. Lo que me parece sorprendente, no tanto dada la situación, de esto sabe mucho Fereto, ánimo luchador, es que se dicte una separación a golpe de Libro de Familia, sin mediar partida literal de matrimonio.

Como no soy de los que tira piedra y esconde mano le explico sucintamente mi caso, tiene que ver mucho con el suyo, para que se vaya haciendo una idea y no se crea en la existencia de fenómenos sobrenaturales o paranormales.

1.- El 4 de Agosto de 2004 me inscribo, de nuevo, en el correspondiente registro del citado consulado como residente en el Perú, solicitando, al mismo tiempo mi inclusión en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) a efectos de ejercer mi derecho constitucional a voto.

2.- Pasa el tiempo y viendo que se celebraban comicios electorales en España y no me mandaban las papeletas de voto presentaba reclamaciones. Cada vez que llegaba a Lima, resido a 1600 Km de la capital, protestaba y pedía mi inclusión en el CERA. Sí, sí, todo OK, hasta la siguiente queja.

3.- No recuerdo si fue a finales del 2006 o principios del 2007, se puso en contacto mi hermana, por un tema de renovación de pensiones, solicitando que le enviará certificado consular de residencia para presentarlo en el ayuntamiento, es decir, más de dos años después seguía empadronado en casa de mi hermana en España, siendo obligación de este impresentable consulado dar parte de mi inscripción, causando baja en el padrón anterior.

4.- En noviembre de 2007 retorno a España. Jamás fue modificado mi status en el censo electoral, se me habían embargado dos cuentas sin previo aviso, el embargo fue notificado, supuestamente, a mi antiguo domicilio, el ayuntamiento modificó datos registrales a partir del envío de mi certificado de residencia y no por comunicación consular.

Esto sólo es la punta del iceberg pues ante hechos mucho más graves, peligraba mi vida, este consulado actuó de forma escándalosa, burlesca y dudo mucho que legal.

¿Hablamos de una institución escandalosa, muy “dedocrática”, como son los CRE's (Consejos de Residentes Españoles, que pretenden representar a los demás españoles) y, en especial, del establecido por el citado consulado? ¿Hablamos de ciertas subvenciones, entre ellas de la Junta de Andalucía? ¿Hablamos de curiosos fideicomisos? ¿Hablamos de los famosos “cartelitos” puestos por las inmediaciones, en zona bien, del consulado, solicitando la retirada del mismo por las comunidades de vecinos? ¿Hablamos...?

Estimado Madono, ¿Qué es, a la vista de mi exposición, lo más probable? A este paso creamos una asociación de damnificados.

Estimado Fereto, sigo tu lucha, y tus encomiables logros, incluidas esas modificaciones legislativas en la Comunidad de Castilla-León, algo es algo y un poco es mucho, gracias, ancha es Castilla y España no veas.

Un cordial saludo
08/09/2009 21:17
En mi caso, no se trata de una "chapuza" del Consulado de Lima, sino sencillamente de que el matrimonio no reunía las condiciones que exije el Registro Civil Central Español. Comenzando porque ni siquiera se solicitó su inscripción en el Cnsulado.
Comprendan estimados Señores, que se trata de un buen trabajo que ha colado por los Juzgados.
Mi pregunta ante Uds. es: ¿Que debo hacer?
No creo que mi visita al Juzgado, tal y como se me aconseja, sea muy satisfactoria.
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04/09/2009 00:18
Existe un Libro de Familia en el que aparentemente está registrado en el Consulado Español un matrimonio entre española y peruano, celebrado en las modestas dependencias del un Ayuntamiento de la capital del Perú
Este matrimonio ha sido divorciado en España por una Jueza que a más tardar ha tenido que haber comprobado (al no poder efectuar la oportuna anotación marginal en el Registro Civil dCentral una vez firma la Sentencia de separación) que el Libro de familia que incluso menciona en su Sentencia, tiene que ser una falsificacio, pero no se da por enterada.
¿Que piensan Ustedes de esto?
05/09/2009 16:05
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si estiman que son documentos falsificados podrían dirigirse a las administraciones que presuntamente los hicieron para que digan si son correctos o no.
08/09/2009 00:47
Gracias.
El Libro de Familia es un Libro de Familia Español, no cabe duda, ello no impide que el matrimonio no haya sido registrado en el Registro Central. que a pesar de ello, haya sido separado en sentencia firme, y que esta sepración tampoco esté registrada en registro Civl
08/09/2009 11:43
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si Ud. tiene un documento de divorcio, debiera hacer los trámites para que ésté inscrito en el Registro Central.

Pienso que de oficio ser envía la sentencia al registro que corresponda. En el Juzgado donde se llevó el divorcio le dirán cómo está ese trámite.

08/09/2009 16:52
Muchas gracias de nuevo. Seguiré su consejo.
Sinembargo creo que si el matrimonio no está registrado en el Registro Civil Central, dificilmente pueda registrarse su separación, cosa que hasta la fecha no ha ocurrido. De todo esto ya han pasado más dediez años.
08/09/2009 20:15
Hola, Madono:

La primera posibilidad, que el Libro de Familia sea falso, me parece poco probable. El procedimiento habitual es, en el caso de casarse en el Perú, solicitar la inscripción en el Consulado General de España en Lima. Una vez aprobado el matrimonio, hoy en día median entrevistas para detectar “matrimonios blancos”, se inscribe en el Registro Civil Consular y se expide el correspondiente Libro de Familia. Para ingresar en España se requiere el correspondiente visado de reagrupación familiar, y no lo dan presentando el Libro de Familia, y de ahí que no tenga mucho sentido falsificar el mencionado libro.
Si quieren tener constancia de la inscripción se deberán poner en contacto con dicho consulado y que les faciliten la partida literal de matrimonio.

La segunda posibilidad, altamente probable, es que el citado consulado “olvidara” gestionar la inscripción de su matrimonio en el Registro Central aún siendo su obligación inexcusable. Pero estos “olvidos” parecen ser práctica habitual en este consulado.

Ni que decir tiene que si no está inscrito el matrimonio en el Registro Central menos va a inscribirse la separación. Lo que me parece sorprendente, no tanto dada la situación, de esto sabe mucho Fereto, ánimo luchador, es que se dicte una separación a golpe de Libro de Familia, sin mediar partida literal de matrimonio.

Como no soy de los que tira piedra y esconde mano le explico sucintamente mi caso, tiene que ver mucho con el suyo, para que se vaya haciendo una idea y no se crea en la existencia de fenómenos sobrenaturales o paranormales.

1.- El 4 de Agosto de 2004 me inscribo, de nuevo, en el correspondiente registro del citado consulado como residente en el Perú, solicitando, al mismo tiempo mi inclusión en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) a efectos de ejercer mi derecho constitucional a voto.

2.- Pasa el tiempo y viendo que se celebraban comicios electorales en España y no me mandaban las papeletas de voto presentaba reclamaciones. Cada vez que llegaba a Lima, resido a 1600 Km de la capital, protestaba y pedía mi inclusión en el CERA. Sí, sí, todo OK, hasta la siguiente queja.

3.- No recuerdo si fue a finales del 2006 o principios del 2007, se puso en contacto mi hermana, por un tema de renovación de pensiones, solicitando que le enviará certificado consular de residencia para presentarlo en el ayuntamiento, es decir, más de dos años después seguía empadronado en casa de mi hermana en España, siendo obligación de este impresentable consulado dar parte de mi inscripción, causando baja en el padrón anterior.

4.- En noviembre de 2007 retorno a España. Jamás fue modificado mi status en el censo electoral, se me habían embargado dos cuentas sin previo aviso, el embargo fue notificado, supuestamente, a mi antiguo domicilio, el ayuntamiento modificó datos registrales a partir del envío de mi certificado de residencia y no por comunicación consular.

Esto sólo es la punta del iceberg pues ante hechos mucho más graves, peligraba mi vida, este consulado actuó de forma escándalosa, burlesca y dudo mucho que legal.

¿Hablamos de una institución escandalosa, muy “dedocrática”, como son los CRE's (Consejos de Residentes Españoles, que pretenden representar a los demás españoles) y, en especial, del establecido por el citado consulado? ¿Hablamos de ciertas subvenciones, entre ellas de la Junta de Andalucía? ¿Hablamos de curiosos fideicomisos? ¿Hablamos de los famosos “cartelitos” puestos por las inmediaciones, en zona bien, del consulado, solicitando la retirada del mismo por las comunidades de vecinos? ¿Hablamos...?

Estimado Madono, ¿Qué es, a la vista de mi exposición, lo más probable? A este paso creamos una asociación de damnificados.

Estimado Fereto, sigo tu lucha, y tus encomiables logros, incluidas esas modificaciones legislativas en la Comunidad de Castilla-León, algo es algo y un poco es mucho, gracias, ancha es Castilla y España no veas.

Un cordial saludo
08/09/2009 21:17
En mi caso, no se trata de una "chapuza" del Consulado de Lima, sino sencillamente de que el matrimonio no reunía las condiciones que exije el Registro Civil Central Español. Comenzando porque ni siquiera se solicitó su inscripción en el Cnsulado.
Comprendan estimados Señores, que se trata de un buen trabajo que ha colado por los Juzgados.
Mi pregunta ante Uds. es: ¿Que debo hacer?
No creo que mi visita al Juzgado, tal y como se me aconseja, sea muy satisfactoria.