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Matrimonio con extranjero no residente

12 Comentarios
 
08/03/2020 16:59
Bilbao76
Hola ojala puedan ayudarme necsito contrast con mi mi is ella as Americana ciudadana yo estoy en espana que documentos necitamos yo estoy extrangero
10/09/2018 17:13
Bilbao76
Mensaje eliminado
10/09/2018 10:49
Bilbao76
Estimados, quisiera realizar una consulta.

Soy argentino con pasaporte español (nunca residi en España aún) y mi pareja es argentina. Estamos en Europa, ella con una visa Working Holiday con una duracion de un año otorgada por el estado aleman, con vencimiento en Abril de 2019.

Somos pareja y convivimos hace casi 6 años en Argentina y Brasil (con testigos en ambos paises) Ahora quisieramos residir en España y nuestra intencion es formalizar nuestra relación ante es Estado español.

Mi consulta es si es conveniente casarnos o si es mas fácil pero igual de valido registranos como una pareja de hecho, con fines de ella poder residir y trabajar en España. He consultado decenas de foros y veo que algunos favorecen la primera opcion y otros la segunda, por lo que decidí consultar directamente mi caso y no buscar alguno similar, ya que siempre hay algun detalle diferente.

Quisiera saber cuales serian los pasos a seguir, que documentacion necesitamos (tanto del gobierno español como del argentino) y con que anticipacion al final de su visa convendria iniciar los tramites (o una vez iniciado ya no importa si vence su visa?) (Mi único documento español es mi pasaporte)

Desde ya muchisimas gracias
11/01/2018 16:16
Bilbao76
Hola, mi caso es el siguiente: soy colombiana viviendo en Colombia, conoci hace 2 años por redes sociales a un hombre español con quien hace un año y medio somos novios, él vino a mi pais y estuvo un mes y medio, sin embargo queremos estar juntos ya que es demasiado dificil una relación a fistancia y queremos normalizarla y establecernos juntos. Queremos y pensamos casarnos en España pero quisiera saber cuales son los requisitos de documentacion de ambos teniendo en cuenta que nunca he ido a España y ppr lo tanto no poseo el certificado de empadronamiento.
Cual es el camino mas viable: casarnos en España o en Colombia y despues tramitar en España?
Que atenta y muchas gracias por el sitio web y su dedicación a solución de tantas inquietudes.
03/12/2017 22:14
Alejandra9212
Hola:

1.- Es legalmente posible que contraiga matrimonio en España aunque no sea residente legal de acuerdo con la normativa de Extranjería. Cuando ambos contrayente son extranjeros, basta que al menos uno de ellos esté domiciliado en España y si su novio lo está, es posible. El derecho a contraer matrimonio se considera un derecho fundamental, que ha de ejercerse de acuerdo con la normativa que rija en el Estado para el efecto. Y la normativa española permite contraer matrimonio a los extranjeros en España, siendo necesario únicamente que al menos uno de los contrayentes esté domiciliado en el país ( para que pueda resultar competente el juez encargado del Registro Civil del municipio donde ha de incoarse el expediente previo matrimonial).

2.- El matrimonio, sin embargo, toma su tiempo porque está de por medio la tramitación del expediente previo matrimonial (para lo cual hay listas de espera en muchos Registros Civiles). No es la vía más adecuada para quien busca agilidad y ver pronto regularizada su situación en España, porque tarda.

3.- La unión de hecho no tiene en España regulación estatal sino autonómica y la regulación varía entre las diferentes Comunidades Autónomas ( lo que suele diferenciar las diferentes normativas autonómicas son los criterios para poder formalizar la unión de hecho, algunas exigen haber convivido previamente un tiempo determinado, otras en cambio no lo exigen; algunas permiten que formalicen unión de hecho personas casadas pero separadas legalmente o de hecho y otras en cambio niegan esa posibilidad) . Es conveniente saber la Comunidad Autónoma donde se encuentra usted. Pero formalizar unión de hecho y pedir la inscripción en el correspondiente Registro autonómico es considerablemente más rápido que casarse y permite acceder a la residencia en régimen comunitario si el otro miembro de la pareja es ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
03/12/2017 14:15
Bilbao76
Hola, yo soy colombiana y mi novio es francés y en este momento vive en España y tiene NIE. Mi pregunta es si nos podemos casar en matrimonio civil en España, sin que yo tenga permiso de residenciau. O es más sencillo y posible declararnos pareja de hecho?

Gracias
08/05/2017 18:45
Sebasylaura
Hola:

No sería posible. Seguirá siendo necesaria la tramitación de un expediente matrimonial previo (o acta notarial previa), que tendrá por objeto, igual que ahora, determinar que no concurren impedimentos matrimoniales establecidos por la legislación española y que el consentimiento matrimonial será real y no simulado. Pero fija como regla de competencia para la instrucción del expediente o tramitación del acta notarial que al menos uno de los contrayentes esté domiciliado en España, pues se dice que será competente para instruir el expediente matrimonial previo el secretario judicial, encargado del Registro Civil o juez de paz del domicilio de cualquiera de los contrayentes y lo propio se dice con respecto del acta notarial: será competente el notario (cualquier notario libremente elegido) del domicilio de cualquiera de los contrayentes.

Sigue rigiendo, por tanto, un criterio similar al que ha regido hasta ahora: si ambos contrayentes son extranjeros y desean contraer matrimonio en España, al menos uno de ellos debe estar domiciliado en España para que pueda resultar competente para tramitar el respectivo expediente o acta matrimonial cualquiera de los funcionarios públicos a quienes la Ley confiere competencia para ello.

Un cordial saludo.
08/05/2017 12:17
Bilbao76
Con la nueva de ley de registro civil (a partir del 30 de junio 2017) podrian dos extranjeros no résidentes en España (colombiano viviendo en Inglaterra, suiza viviendo en Suiza) casarse en España? Que documentos serian necesarios, cual seria el proceso y cuanto se demoraria? Gracias!
25/03/2017 16:00
Yessenia1985
Los españoles pueden celebrar matrimonio ante el cónsul de España en el extranjero si es entre un español y un ciudadano extranjero, siempre que éste no sea nacional del país donde el cónsul español está acreditado. Por lo tanto, la opción correcta será casarse por el registro civil de Guayaquil ya que usted es de Ecuador.

Ten en cuenta que uno de los requisitos imprescindibles para la celebración de un matrimonio en España es el expediente matrimonial. Si en Ecuador se exige este requisito prematrimonial se evitaría el control de la legalidad de este matrimonio y así facilitar la inscripción del certificado matrimonial en el registro civil Español.

El matrimonio celebrado en el extranjero que afecta a un español está regulado en el art 23 RRC y el art 256 RRC y una vez casados se tiene que presentar ante el encargado del domicilio del cónyuge (aquí en España) la certificación extranjería del matrimonio y se va a proceder a la inscripción. Este mismo puede hacerse en el cónsul Español ahí en Ecuador por lo que deben solicitar la inscripción de su matrimonio en el Registro Civil Consular Español más próximo a donde se haya celebrado dicho matrimonio.

Para pedir la residencia por agrupación familiar el trámite tiene que iniciarse en España mediante la solicitud de autorización de residencia temporal por razones de reagrupación familiar ante el Delegado o Subdelegado del Gobierno de la localidad donde resida el reagrupante.

Este enlace ayuda en informarle sobre los pasos a seguir.
http://www.exteriores.gob.es/CONSULADOS/GUAYAQUIL/ES/INFORMACIONPARAEXTRANJEROS/Paginas/VisadosGuayaquil/Reagrupacionfamiliar_regimengeneral.aspx
24/03/2017 03:50
Bilbao76
hola soy ecuatoriana y mi novio es español deseamos saber si debemos casarnos en el consulado español aqui en ecuador para trammitar los papeles para que el me pueda pedir lo mas pronto para viajar a españa o seria valido casarnos en el registro civil de guayaquil
10/03/2017 16:46
Bilbao76
Hola, escribo ahora en este foro porque tengo una duda. Yo soy española pero adquirí la nacionalidad gracias a mi abuelo, ya que él nació en Barcelona. Actualmente resido en Marburgo, Alemania y ya llevo un año residiendo aquí. Mi novio, quien es no residente de la UE, vino a estudiar el idioma y por lo tanto hemos estado viviendo juntos desde entonces. Mi plan era quedarme estudiando aquí en Alemania lo que durase mi carrera, pero mi novio y yo hemos decidido casarnos y para ello vamos a ir El Salvador, que sería nuestro país de origen, ahí trabajaríamos ambos durante 7 meses y luego quisiéramos regresar a Alemania. Lo que quisiera saber es, cómo hacer luego del matrimonio para que a mi novio le den la residencia permanente en Alemania o algún tipo de permiso que le permita vivir aquí y trabajar mientras yo estudio, qué documentos se necesitarían para realizar estos trámites y qué sería necesario para poder residir ambos juntos en Alemania lo antes posible sin que haya mucho problema o papeles de por medio. Quisiera saber también cuánto se tardarían en darnos ese permiso. Espero me puedan ayudar, esperaré atentamente su respuesta, estoy desesperada. Muchísimas gracias y saludos.
07/03/2017 19:50
Bilbao76
Hola:

Para que el matrimonio civil pueda celebrarse en España es necesario que:

- Al menos uno de los contrayentes sea de nacionalidad española.

- En el caso de que ambos sean extranjeros, al menos uno de los contrayentes debe estar domiciliado en España.

En su caso, si al menos usted es de nacionalidad española, sí es posible celebrar el matrimonio en España, aunque el otro contrayente sea extranjero y no sea residente en España.

Para contraer matrimonio civil no es necesario demostrar convivencia previa. Precisamente, la obligación de convivir nace a partir de la fecha de celebración del matrimonio, no antes.

Debe tramitarse un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio español donde esté usted empadronado. Al menos, hasta el 29 de junio de 2017 será así. A partir del 30 de junio de 2017, cuando entre en vigor la nueva Ley de Registro Civil, será posible que la tramitación del expediente previo se realice ante notario.

Actualmente, el expediente previo se tramita ante el encargado del Registro Civil del municipio donde esté empadronado cualquiera de los contrayentes. Y el consentimiento matrimonial puede prestarse ante notario (tiene un coste, pero puede ser rápido, hay muchos notarios) o ante letrado de la Administración de Justicia (gratuito, pero sujeto a las posibles listas de espera). Cuando sea posible tramitar el expediente previo ante notario, probablemente lo más conveniente sea hacerlo todo con el mismo notario por agilidad.

Lo que se necesita para el expediente previo actualmente es:

.- Certificados literales de nacimiento de ambos contrayentes.

- DNI del contrayente español y pasaporte en vigor del contrayente extranjero; también tarjeta de identidad de extranjero si fuera un extranjero residente legal en España.

- Fe de vida y estado del contrayente español y certificado de estado civil del país de nacionalidad del contrayente extranjero.

- Certificado de empadronamiento de los dos últimos años del contrayente español. El contrayente extranjero puede presentar un certificado del consulado de su país acreditado en España que certifique dónde ha residido en el período de los dos años inmediatamente anteriores.

- Certificado del consulado del país del cónyuge extranjero en lo relativo a si la legislación de su país exige o no la publicación de edictos o proclamas como formalidad previa al matrimonio.


Cuando contraiga matrimonio, podrá solicitar una tarjeta de residencia como familiar extracomunitario de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
Matrimonio con extranjero no residente
07/03/2017 12:48
Buenos días. Mi caso es el siguiente: yo soy ciudadano español, nacido en España y residente actualmente en España. Mi pareja es de nacionalidad Argentina, residente actualmente en Dinamarca (sólo por 1 año). ¿Tenemos derecho a celebrar matrimonio civil en España? No podríamos demostrar convivencia previa, ya que sólo nos podemos ver ocasionalmente en vacaciones, etc. ¿Cómo podríamos hacer para que él pudiera venir a España y pudiéramos residir legalmente? Gracias y saludos.