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Matrimonio de español con extranjera

8 Comentarios
 
Matrimonio de español con extranjera
29/07/2019 20:24
Hola me gustaría que me digan cuál son los requisitos para agrupar a una esposa.Un amigo español de casó en Marruecos con una marroquíes y ahora quiere empezar los trámites de agrupamiento de su esposa.Es verdad que tarda un año la resolución del visado!?
Le exigiran un certificado de capacidad o sea él es autónomo como vendedor ambulante o de ingresos?
30/07/2019 20:56
konnichiwa
Hola:

1.- Primeramente debe solicitarse el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se celebró el matrimonio. Si lo solicita dentro de España, cae dentro del ámbito de competencia del Registro Civil Central ( Madrid), ya que se trata de un matrimonio celebrado por un español fuera de España. Esto tarda tanto en los consulados como en el Registro Civil Central, aunque en este último puede llegar a tardar hasta dos años e incluso más.

2.- Cuando tenga ya el certificado literal de inscripción del matrimonio en el Registro Civil español, podrá la cónyuge extranjera solicitar el visado de entrada como familiar de ciudadano de la Unión.

3.- Para la solicitud del visado de entrada en el espacio de Schengen como familiar de ciudadano de la Unión es suficiente con acreditar el matrimonio reconocido e inscrito en el Registro Civil español. Pero para solicitar ya dentro de España la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión sí es necesario que el cónyuge español sea trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante matriculado o que cuente con recursos económicos propios suficientes.

Un cordial saludo.
31/07/2019 19:07
konnichiwa
hola quisiera orientarme un poco en mi caso llevo 9 meses en españa meti papeles por medio de mi madre que tiene nacionalidad española pero por mi edad que es 25 años y y falta de documentos que agreditaran que yo dependia de ella me denegaron los papes y me dieron carta de expulsion. sigo aqui y eh conocido una chica ahora somos pareja ella lleva 8 meses aqui en españa tiene nacionalidad y nos queremos casa por lo civil pregunto tendrua algun problema ya que ami me habian dado carta de expulsion ? y abria algun problema al contraer matrimonio llevando las dos poco tiempo en españa gracias espero que me puedan ayudar
31/07/2019 20:43
konnichiwa
Hola, puedes casarte por lo civil. Tu situación administrativa no es impedimento para ello, siempre y cuando sigas el procedimiento y presentéis toda la documentación que se requiere. En este mismo foro encontrarás hilos en los que se indica el procedimiento y los documentos a presentar.
31/07/2019 20:54
Kte19
Continúo, porque hay alguna cosa que aún no me encaja de tu correo:

Dices que no pudiste demostrar que dependes de tu madre, y también dices que te denegaron tu tarjeta y te dieron una carta de expulsión.

Respecto a lo primero (supongo que has intentado hacer la reagrupación en régimen comunitario, ya que tu madre tiene nacionalidad española). Si estás en período de alegaciones, tienes que darte prisa y presentar:

- Certificados de Hacienda en los que conste que no has hecho la declaración de la renta, por no disponer de rentas
- Certificados de la Seguridad Social, indicando que no has cotizado nunca
-.Certificados de la Seguridad Social, indicando que no has cobrado nunca pensiones
- Tu madre puede firmar una declaración jurada indicando que vives a su cargo (que te mantiene, que vives en su casa)

Reúne todo lo anterior y presenta alegaciones. Si ya se te ha pasado el plazo, en un tiempo puedes volver a intentarlo presentando todo lo anterior (y el resto de documentación: pasaporte tuyo, dni de tu madre, medios de vida de tu madre, seguro médico privado para tí, certificado conjunto de empadronamiento -de tu madre y tuyo en el mismo domicilio-). Si eres capaz de reunir todo lo anterior, dudo mucho que te denieguen de nuevo tu tarjeta comunitaria.

Otra cosa que no me cuadra es que te hayan dado una carta de expulsión, porque si puedes demostrar que eres familiar de un ciudadano comunitario, no pueden expulsarte así como así. Pienso que la entrega de esa carta de expulsión sería muy pero que muy recurrible.

En definitiva, creo que tienes vías para regularizar tu situación y, si ese es tu deseo, como te indicaba en el mensaje anterior, casarte en España con tu novia.
Mucha suerte.
01/08/2019 00:53
Flyinghigh
claro todos esos papeles me pedian pero no puedo demostrar por que yo eh cotizado en colombia soy enfermera entonces por lo cual hay se daban cuenta que no dependia total de mi madre y en la carta que me mandaron me negaron la tarjeta comunitaria y me daban 15 dias para salir del terrotorio español
una pregunta mas en caso de casarme cn mi chica me pediran empadronamiento donde se demuestre que vivimos juntas por que de momento no vivims juntas si en la misma ciudad gracias
01/08/2019 07:38
konnichiwa
Efectivamente. Deberás demostrar que vivís jutas, por medio de un certificado de empadronamiento conjunto.
02/08/2019 09:36
Flyinghigh
Hola. Me podrías ayudar? Me ha salido la resolución favorable para la tarjeta de residencia por arraigo social pero la que me iba a contratar se echo para atrás ahora que la resolución ya salió y sólo faltaba darme de alta. Hay algo que pueda hacer al respecto?
02/08/2019 20:19
Kte19
Hola :

1.- Sí puede contraer matrimonio en España. El derecho a contraer matrimonio es un derecho fundamental de la persona. No obstante, ha de tramitarse el expediente matrimonial previo.

2.- El matrimonio tarda un poco. Si pudiera formalizar unión de pareja estable registrada sería más rápido, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que resida ( porque en materia de parejas de hecho la competencia ha sido asumida por cada Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma, ante la falta de regulación estatal), la normativa varía de una a otra.

3.- Si su pareja es española y sea que se case con usted o sea que formalicen unión de pareja estable, usted tendrá derecho a solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre que su pareja sea trabajadora por cuenta ajena o propia, estudiante matriculada o cuenta con recursos económicos propios suficientes. Y si hubiera en su contra una orden de expulsión o una prohibición de entrada en España, primeramente se deberá levantar la orden de expulsión o la prohibición de entrada antes de conceder la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión .

Un cordial saludo.