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Matrimonio entre colombiana y español

4 Comentarios
 
Matrimonio entre colombiana y español
07/01/2020 12:17
Hola, mi consulta es la siguiente: Mi novio, español, y yo, colombiana, vivimos, estudiamos y trabajamos en Francia hace mas de tres años, nos queremos casar y por ahora, no tenemos intenciones de mudarnos a ningún otro pais. Sin embargo, frecuentamos la cuidad de Málaga, que es su cuidad de nacimiento, donde vive su madre y su familia, y nos gustaría casarnos allí. Sería posible casarnos en Málaga y luego registrar el matrimonio aquí en Francia? Si es posible, cuáles serían las condiciones y requisitos? Y si no es posible, cuál sería la mejor forma de casarnos siendo dos residentes extranjeros viviendo en un país diferente al de nuestro origen?
Muchas gracias por su asesoría
08/01/2020 08:32
Frescol12
Casarse en un país y registrarlo en otro es posible, pero la burocracia es tediosa en general (desconozco la francesa), por lo que lo mejor, en mi opinión, si quieren que tenga efectos en Francia, es casarse allí.
01/05/2020 11:40
Frescol12
Hola nose como hacer una pregunta personal asi que me.uno por aquí .. soy peruana y mi pareja es de Cataluña y tenemos una bebé nacida aquí .. la cuestión es que vivimos con mis suegros y ellos están a la mínima de echarnos y no tenemos nada .. se podrían quedar con mi hija ? Podría llevarme a mi país a mi hija ? Podríamos llévanos a mi pais a mi hija ? Acotó que pedí ayuda a Cáritas y ellos me derivaron a los asistentes sociales y aún estoy a la espera haber si me brindan un piso público o como se diga .. yo tengo ansias de trabajar y salir adelante .. y la última cosa estoy irregular me podrán facilitar algo para poder trabajar yo? Muchas gracias
01/05/2020 12:01
Frescol12
La guardia y custodia de un hijo es para los progenitores inicialmente, sus suegros tendrían que solicitarlo al Juzgado.

En cuanto a llevarse a su país a su hija, no queda claro si tiene la autorización de su pareja, pero parece que sí (que se van ambos), por lo que no habría mayor problema.

Puede haber otras opciones para que usted obtenga autorización para trabajar, pero aparentemente la más fácil podría ser arraigo familiar. Más información en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja037/index.html
01/05/2020 19:31
Yuli24
Hola :

Si su pareja es de Cataluña y ha reconocido a su hija, su hija es de nacionalidad española. En ese caso, si usted está en situación irregular, usted podría regularizarse de alguna de las formas siguientes :

1.- Inscribirse como pareja estable con el padre de su hija en el Registro de Parejas Estables de Cataluña bajo el supuesto de tener descendencia en común. Con el certificado de inscripción, podrá solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión como PAREJA REGISTRADA si su pareja está trabajando por cuenta ajena o propia. Es en RÉGIMEN COMUNITARIO, válida por 5 años.

2.- Sin inscribirse de la manera anterior, únicamente basándose en el hecho de tener descendencia en común, bajo el supuesto de PAREJA ESTABLE, siempre y cuando su pareja esté trabajando por cuenta ajena o propia, podrá también solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es en RÉGIMEN COMUNITARIO, válida por 5 años.


NOTA.- El RÉGIMEN COMUNITARIO lleva implícito el derecho a trabajar por cuenta ajena o propia.

3.- Si su pareja no estuviera trabajando, ni cobrando la prestación contributiva por desempleo, usted podrá solicitar una AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DE ARRAIGO FAMILIAR, por ser madre de una menor de nacionalidad española residente en España, con la que convive y a cuyo cargo de encuentra. Esta autorización es en RÉGIMEN GENERAL, válida por un año, renovable según ya declaró en sentencia el Tribunal Supremo de Justicia. Lleva aparejada una autorización de trabajo. Se exige la presentación del certificado de antecedentes penales de su país, con la Apostilla de La Haya.

La concesión de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es competencia del jefe de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia; la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar es competencia del subdelegado del Gobierno en la provincia. Pero ahora mismo no hay atención presencial, aunque hay trámites que se pueden realizar por vía telemática, con certificado digital, a través de la plataforma MERCURIO o de la RED SARA.

Con relación a su hija, mientras la madre y el padre estén vivos y en plenitud de facultades para ganarse el sustento y velar por la crianza, cuidado y educación de sus hijos, es a ellos a quienes les corresponde la custodia. La Convención de los Derechos del Niño establece el derecho de los menores a crecer en el seno de su familia y a ser criados y educados por sus padres, debiendo siempre, en todo caso, quedar salvaguardado el interés superior del menor, que será apreciado en cada caso.

Si usted y su pareja salen del espacio de Schengen junto con su hija, nadie puede impedirles salir, ni que se lleven consigo a su hija, a menos que exista una orden judicial que prohíba la salida. Si usted viaja sola con la menor, necesitará la autorización del padre, que se ha de solicitar ante la Guardia Civil y lo propio si sale su pareja solo con la menor, necesitará su autorización para salir con la menor.

Un cordial saludo.
Matrimonio entre colombiana y español | PorticoLegal
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07/01/2020 12:17
Hola, mi consulta es la siguiente: Mi novio, español, y yo, colombiana, vivimos, estudiamos y trabajamos en Francia hace mas de tres años, nos queremos casar y por ahora, no tenemos intenciones de mudarnos a ningún otro pais. Sin embargo, frecuentamos la cuidad de Málaga, que es su cuidad de nacimiento, donde vive su madre y su familia, y nos gustaría casarnos allí. Sería posible casarnos en Málaga y luego registrar el matrimonio aquí en Francia? Si es posible, cuáles serían las condiciones y requisitos? Y si no es posible, cuál sería la mejor forma de casarnos siendo dos residentes extranjeros viviendo en un país diferente al de nuestro origen?
Muchas gracias por su asesoría
08/01/2020 08:32
Frescol12
Casarse en un país y registrarlo en otro es posible, pero la burocracia es tediosa en general (desconozco la francesa), por lo que lo mejor, en mi opinión, si quieren que tenga efectos en Francia, es casarse allí.
01/05/2020 11:40
Frescol12
Hola nose como hacer una pregunta personal asi que me.uno por aquí .. soy peruana y mi pareja es de Cataluña y tenemos una bebé nacida aquí .. la cuestión es que vivimos con mis suegros y ellos están a la mínima de echarnos y no tenemos nada .. se podrían quedar con mi hija ? Podría llevarme a mi país a mi hija ? Podríamos llévanos a mi pais a mi hija ? Acotó que pedí ayuda a Cáritas y ellos me derivaron a los asistentes sociales y aún estoy a la espera haber si me brindan un piso público o como se diga .. yo tengo ansias de trabajar y salir adelante .. y la última cosa estoy irregular me podrán facilitar algo para poder trabajar yo? Muchas gracias
01/05/2020 12:01
Frescol12
La guardia y custodia de un hijo es para los progenitores inicialmente, sus suegros tendrían que solicitarlo al Juzgado.

En cuanto a llevarse a su país a su hija, no queda claro si tiene la autorización de su pareja, pero parece que sí (que se van ambos), por lo que no habría mayor problema.

Puede haber otras opciones para que usted obtenga autorización para trabajar, pero aparentemente la más fácil podría ser arraigo familiar. Más información en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja037/index.html
01/05/2020 19:31
Yuli24
Hola :

Si su pareja es de Cataluña y ha reconocido a su hija, su hija es de nacionalidad española. En ese caso, si usted está en situación irregular, usted podría regularizarse de alguna de las formas siguientes :

1.- Inscribirse como pareja estable con el padre de su hija en el Registro de Parejas Estables de Cataluña bajo el supuesto de tener descendencia en común. Con el certificado de inscripción, podrá solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión como PAREJA REGISTRADA si su pareja está trabajando por cuenta ajena o propia. Es en RÉGIMEN COMUNITARIO, válida por 5 años.

2.- Sin inscribirse de la manera anterior, únicamente basándose en el hecho de tener descendencia en común, bajo el supuesto de PAREJA ESTABLE, siempre y cuando su pareja esté trabajando por cuenta ajena o propia, podrá también solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es en RÉGIMEN COMUNITARIO, válida por 5 años.


NOTA.- El RÉGIMEN COMUNITARIO lleva implícito el derecho a trabajar por cuenta ajena o propia.

3.- Si su pareja no estuviera trabajando, ni cobrando la prestación contributiva por desempleo, usted podrá solicitar una AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DE ARRAIGO FAMILIAR, por ser madre de una menor de nacionalidad española residente en España, con la que convive y a cuyo cargo de encuentra. Esta autorización es en RÉGIMEN GENERAL, válida por un año, renovable según ya declaró en sentencia el Tribunal Supremo de Justicia. Lleva aparejada una autorización de trabajo. Se exige la presentación del certificado de antecedentes penales de su país, con la Apostilla de La Haya.

La concesión de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es competencia del jefe de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia; la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar es competencia del subdelegado del Gobierno en la provincia. Pero ahora mismo no hay atención presencial, aunque hay trámites que se pueden realizar por vía telemática, con certificado digital, a través de la plataforma MERCURIO o de la RED SARA.

Con relación a su hija, mientras la madre y el padre estén vivos y en plenitud de facultades para ganarse el sustento y velar por la crianza, cuidado y educación de sus hijos, es a ellos a quienes les corresponde la custodia. La Convención de los Derechos del Niño establece el derecho de los menores a crecer en el seno de su familia y a ser criados y educados por sus padres, debiendo siempre, en todo caso, quedar salvaguardado el interés superior del menor, que será apreciado en cada caso.

Si usted y su pareja salen del espacio de Schengen junto con su hija, nadie puede impedirles salir, ni que se lleven consigo a su hija, a menos que exista una orden judicial que prohíba la salida. Si usted viaja sola con la menor, necesitará la autorización del padre, que se ha de solicitar ante la Guardia Civil y lo propio si sale su pareja solo con la menor, necesitará su autorización para salir con la menor.

Un cordial saludo.