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Matrimonio sin hijos con separación de bienes, ¿que testamento hacer?

6 Comentarios
 
Matrimonio sin hijos con separación de bienes, ¿que testamento hacer?
03/09/2021 14:31
Buenos días

Mi mujer y yo tenemos la duda de que pasaría con la herencia si uno de los dos fallece, estamos casados en separación de bienes, tenemos dos viviendas, las dos con hipoteca, y una de ellas está alquilada, ¿existe alguna manera legal de que el cónyuge superviviente tuviera el usufructo total de la herencia y una vez fallezca, esta se reparta entre los herederos de cada uno?, nuestra principal preocupación es que los herederos pudiesen echar de la casa al que quede vivo u obligarle a vender la o las viviendas para quedarse con su parte de la herencia, ¿sería esto posible?, ¿habría alguna manera de conservar el usufructo total de las viviendas?, muchas gracias.
03/09/2021 15:41
Chulapo
¿Quienes son los herederos? Si no hay herederos forzosos (ascendientes o descendientes), no hay ningún problema, ustedes puedes establecer sobre los bienes los gravámenes y las condiciones que quieran y los herederos pueden aceptar la herencia tal y como se les ofrece o no aceptarla.

Si hay herederos forzosos, estos tienen derecho a recibir su legítima libre de gravámenes. El truco para evitarlo, extendidísimo (sobre todo para matrimonios con hijos, pero se puede aplicar a cualquier supuesto en el que haya herederos forzosos) se llama cautela Socini y consiste más o menos en lo siguiente:

1. Dejo a mi cónyuge el usufructo vitalicio de todos mis bienes.
2. A mis herederos forzosos les doy todo mi patrimonio, dividido equitativamente.
3. Si mis herederos forzosos impugnan este testamento, les dejo solamente la legítima, y a mi cónyuge la propiedad de lo demás.

De esta manera, los herederos forzosos pueden elegir entre quedarse el mínimo, sin gravámenes, o quedarse todo, pero teniendo que soportar el usufructo. Como ya he dicho, es extremadamente común hacer esto, en cualquier notaría pueden preparárselo sin ningún problema.
03/09/2021 15:43
quéaliaspongo
Cuando escribí "les doy todo mi patrimonio", quería decir "les doy la nuda propiedad de todo mi patrimonio". Pero aunque estuviera redactado de esa manera tan imprecisa el testamento, estoy bastante seguro de que sería suficiente.
03/09/2021 16:50
Hola, muchas gracias por contestar, en cuanto a los herederos hay padres, hermanos y sobrinos por las dos partes.

Si no lo he entendido mal, tal como propone de aceptar los herederos, el que quede vivo puede disfrutar de las dos viviendas hasta morir, momento en el cual ya se repartirían entre las familias, ¿Significa eso que los herederos no tendrían ningún derecho sobre ellas?, ¿Y que pasa con el dinero de las cuentas?.
Por otro lado si no aceptan dice que les dejas solo la legítima, ¿Cuanto es eso?, ¿Como podría afectar a las viviendas?
Disculpe mi ignorancia pero he leído horas sobre esto y no tengo nada claro todavía.
03/09/2021 18:27
Chulapo
De todos esos, los únicos herederos forzosos serían los padres. Los hermanos y los sobrinos no son herederos forzosos, y si heredan algo será porque el testador quiere. El testador puede dejarles lo que quiera en las condiciones que le parezca. A los padres no, a falta de descendientes, los padres tienen derecho a recibir como legítima la mitad del patrimonio.

Si los herederos forzosos aceptan, tendrán la nuda propiedad. El uso de los bienes corresponderá al cónyuge que quede, mientras viva, y los herederos forzosos podrán vender esos bienes, regalarlos, etc., pero no hacer uso de ellos mientras viva el usufructuario. En cuanto al dinero, el viudo podrá usarlo, pero a su muerte los herederos del otro cónyuge tendrán derecho a recuperarlo.

Si los herederos forzosos no aceptan, entonces el viudo tendrá la mitad del patrimonio y los herederos forzosos se repartirán la otra mitad. Tendrían que dividirse los bienes de la herencia. El testador puede decidir quién se lleva qué, siempre que los herederos forzosos reciban suficiente para cubrir su legítima.

En caso de que como resultado los herederos forzosos acaben teniendo un porcentaje del inmueble, y el viudo el resto, eso será una comunidad de bienes. Podrían mantener el inmueble así indefinidamente, en cuyo caso tanto los gastos como los beneficios se reparten según el porcentaje de participación, y todos los comuneros tienen derecho a hacer uso del inmueble, o podrían vender unos su parte al otro, o podrían subastar el inmueble y repartir entre todos lo que sacaran.
03/09/2021 18:55
Gracias de nuevo por las aclaraciones

Una duda, cuando dice "Si los herederos forzosos aceptan, tendrán la nuda propiedad. El uso de los bienes corresponderá al cónyuge que quede, mientras viva, y los herederos forzosos podrán vender esos bienes, regalarlos, etc., pero no hacer uso de ellos mientras viva el usufructuario. ", no entiendo eso de los herederos pueden vender los bienes etc, si el usufructo es del viudo ¿Cómo van a venderlos?.

Para terminar, si el matrimonio fuera en gananciales, ¿Se podría dejar todo al viudo? ¿o la ley exige también que haya herencia a la familia del fallecido?
03/09/2021 20:03
Chulapo
Los herederos son titulares de la nuda propiedad. La nuda propiedad puede venderse a otra persona (o donarse, etc.). Esa transmisión en ningún caso afecta al usufructo. Cuando se extinga el usufructo, el nudo propietario podrá aprovechar la cosa y tomar para sí sus frutos.

Si el matrimonio fuera en gananciales y las viviendas fueran bienes gananciales, la principal diferencia sería que, a la hora de liquidar la sociedad de gananciales (dividir los bienes gananciales, en este caso entre el viudo y los herederos del fallecido), el viudo tendría preferencia para incluir en su haber la vivienda que fuera residencia habitual. Ejemplo: si los bienes gananciales son X dinero y una vivienda valorada igualmente en X, el viudo puede elegir quedarse la vivienda y dejar el dinero para los herederos. Pero los herederos forzosos tienen derecho a la misma legítima, el régimen económico del matrimonio no afecta.