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matrimonio..

2 Comentarios
 
Matrimonio..
23/10/2007 01:21
Hola.. mi nombre es kala.. y tengo una duda..
Mi novio e hijo tienen nacionalidad italiana .. por desendencia.. el tema es que nos queremos casar, yo soy chilena, una vez casados por el civil, yo, como chilena, casada con italiano, tendre problemas de entrar a españa??, queremos viajar, pero como ahora estan devolviendo a todo el mundo ( sudamerica), yo tendre ese problema??,
gracias...
30/10/2007 18:55
No creo que vayas a tener problemas para entrar en España.Para estancia de hasta tres meses puedes entrar sólo con el pasaporte en vigor. Una vez en España si queréis residir aquí, tendrías que solicitar la tarjeta de familiar de comunitario.

Un saludo.
02/11/2007 10:35
Lo primero es que el Gobierno Español reconozca el matrimonio, lo que implica que:
- bien os casáis en España bajo autoridad española.
- o bien os casáis en el extranjero e inscribís el matrimonio en el consulado español pertinente o Registro Civil Central de Madrid. Esta segunda opción tarda bastantes meses.

Una vez reconocido el matrimonio, con tu certificado de matrimonio y/o libro de familia es cuando puedes solicitar la tarjeta de familiar comunitario.
matrimonio.. | PorticoLegal
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Matrimonio..
23/10/2007 01:21
Hola.. mi nombre es kala.. y tengo una duda..
Mi novio e hijo tienen nacionalidad italiana .. por desendencia.. el tema es que nos queremos casar, yo soy chilena, una vez casados por el civil, yo, como chilena, casada con italiano, tendre problemas de entrar a españa??, queremos viajar, pero como ahora estan devolviendo a todo el mundo ( sudamerica), yo tendre ese problema??,
gracias...
30/10/2007 18:55
No creo que vayas a tener problemas para entrar en España.Para estancia de hasta tres meses puedes entrar sólo con el pasaporte en vigor. Una vez en España si queréis residir aquí, tendrías que solicitar la tarjeta de familiar de comunitario.

Un saludo.
02/11/2007 10:35
Lo primero es que el Gobierno Español reconozca el matrimonio, lo que implica que:
- bien os casáis en España bajo autoridad española.
- o bien os casáis en el extranjero e inscribís el matrimonio en el consulado español pertinente o Registro Civil Central de Madrid. Esta segunda opción tarda bastantes meses.

Una vez reconocido el matrimonio, con tu certificado de matrimonio y/o libro de familia es cuando puedes solicitar la tarjeta de familiar comunitario.