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Me abrieron expediente de ip el 30 de noviembre de este año dudas

14 Comentarios
 
Me abrieron expediente de ip el 30 de noviembre de este año dudas
01/12/2019 22:00
El di 4 de noviembredeeste año pase revisión en elINSS tras una prorroga de seis meses que me habian concedido, el otro dia llame y me dijeron que me habian abierto ya el expediente de IP, osea que e pasado de IT a IP, antes de ir la revision me mandaron un papel de actividades economicas el cual debia de rellenar y llevarlo, peroresulta que el medico EVALUADOR no me lo pidio, pregunte en informacion y me dijeron que lo pedian segun viera el médico.
Me podria de ir alguien cual fue el motivo de no pedirmelo?, pues a mi mujer le dieron la Total y se lo pidieron. Gracias
06/12/2019 11:29
Manu53
Hola. Imagino que eres autónomo. El médico evaluador no te lo pidió porque se debió fiar de ti cuando le respondiste cuál es tu profesión. En cambio en el INSS ( antes de la resolución se reúne la CEI , esto es, la comisión de evaluación de incapacidades) quiere saber cuales son las actividades económicas de tu profesión para determinar tu incapacidad o no en función de dichas actividades ( si las puedes seguir haciendo o no) y asimismo examinan si tienes trabajadores a cargo o no. Que tengas suerte.
Saludos
06/12/2019 16:24
Expertolaboral
Muchas gracias por la respuesta pero No soy Autónomo, trabajaba en una empresa a media jornada.
No los pasos a seguir por ellos ahora. Si me lo aclara se lo agradecería
07/12/2019 11:14
Manu53
Hola. De momento hay que esperar a la resolución del INSS. Mientras tanto seguirás cobrando la baja. Si quieres saber anticipadamente el resultado de la resolución, a la semana de haber acudido a la revisión médica del EVI, vuelve a ir allí y pide una copia del informe médico de la revisión.
Allí consta la propuesta que envían al INSS y éste casi siempre resuelve en función de la propuesta del EVI.
Saludos.
07/12/2019 16:36
Manu53
Muchas gracias te iré contando, tengo cita con el INSS está semana le pediré copia del informe, muchas gracias.
07/12/2019 16:55
Manu53
Hola. En el INSS no te facilitarán el informe de síntesis del EVI .Tienes que ir directamente al EVI donde pasaste revisión médica.
Saludos
07/12/2019 20:45
Expertolaboral
Muchas gracias por tu ayuda ya te contaré.
Hay que pedir cita? O.lo pido en el mostrador de información.
23/02/2020 00:24
Manu53
Hola hoy dia 22 de febrero e recivido en la web dela S.s.que me han denegado la IP.
Mi duda es que es lo tengo que hacer ahora, pues no puedo trabajar y no quiero tener problemas con la empresa.
Parece mentira que me la deniegen estando como estoy y con lacantidad de informes que enregue.
Segun pone la nota es por no alcanzar, las lesiones que padezco un grado suficiente de disminucion de mi capacidad laboral.
Soy limpiador y ya me diras como voy a limpiar con una muleta con mareos que me dan que pierdo hasta el habla y con las crisis epilepticas que me dan.

Por favor si alguien puede que me conteste, gracias.
23/02/2020 18:27
Manu53
Hola. Tienes que llamar a la empresa para tu reincorporación. Debes pactar con la empresa el disfrute de las vacaciones de los años 2018 y 2019. Asimismo debes pedirle pasar una revisión médica en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de que efectúen una valoración sobre tu capacidad laboral actual y la empresa deberá adecuar tu puesto de trabajo a esta capacidad. Si dicho servicio te reconoce como no apto, la empresa te despedirá por causas objetivas con una indemnización de 20 días por año trabajado. Pasarías al paro .
De todas formas tienes 30 días hábiles para formular reclamación previa la cual casi siempre es denegada y posteriormente deberás formular demanda ante el Juzgado.
Saludos
23/02/2020 18:47
Expertolaboral
Gracias ir la respuesta, debo decirte que está empresa me acaba de subrrogar el día 1 de este mes, no entiendo lo del despido de la empresa.
Eso quiere decir que me.voy a quedar sin trabajo si el médico de la empresa dice que aún no estoy para trabajar?, pues lo veo injusto ya que lo que me echo el INSS es no reconocerme una pensión, no me a curado de un soplo.
Al final tengo que pagar yo las consecuencias, no lo veo justo algún método habrá para que esto no suceda .
PREGUNTO.
24/02/2020 12:29
Manu53
Hola. En primer lugar no es el médico de la empresa sino el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que es externo a la empresa.
Si no pides dicha revisión, no podrás demostrar a la empresa cuales son tus limitaciones laborales.
Si en el informe de dicho servicio indica que estás apto con limitaciones la empresa no te puede despedir. Te tendrá que adaptar a un puesto de trabajo compatible con tu capacidad laboral.
En cambio si señalase que no estás apto para tu trabajo, querría decir que está muy mal. En ese caso, la empresa podría despedirte con 20 día por año trabajado.
Si fuese así este informe , te serviría mucho para el día del juicio sobre la incapacidad.
Saludos
24/02/2020 18:18
Manu53
Muchas gracias tu ayuda, cuando me llegue la carta me pondré en contacto con la empresa y les pediré esta revisión, decirte que aller cumplo los 545 de baja y aller me dió de baja la empresa, se que tengo la reserva del puesto durante dos años.
En esta situación puedo actuar igual para pedir la revisión, pues el informe me vendría muy bien para el juicio.
Muchas gracias y un cordial saludo.
29/02/2020 12:45
Manu53
Hola. Es legal que la empresa te haya dado de baja al cumplirse los 545 días. Eso no quiere decir que estés despedido. Pasarás por revisión médica en el EVI (ICAM en Catalunya) , te iniciarán un expediente de incapacidad permanente y tras pasar dicha revisión, el EVI (ICAM en Catalunya) envía el informe de síntesis al INSS y éste te inicia los trámites de un expediente de incapacidad permanente, dictando finalmente la correspondiente resolución. En caso de denegación, esta resolución equivale al alta y deberías reincorporarte a la empresa, pactar las vacaciones no disfrutadas y pedir una revisión médica por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de evaluar tu capacidad labora.
Si acudes al EVI y pides una copia del informe médico, sabrás anticipadamente si te concederán la incapacidad o no. Que tengas suerte.
Saludos
29/02/2020 13:07
Expertolaboral
Ha buenos dias creo que te entienfompero eso ya lo e pasado te.resumo.
Cumplo los 365 de baja y me llamó el INSS el cual me concedió prorroga de 6 meses.
A los seis mese me llamaron de nuevo me evaluaron y me abrieron expediente de IP.
Cumplidos los 545 días como es normal la empresa me dió de baja con reser de puesto de trabajo y el INSS me deniega el.expediente de IP.
¿en este caso tengo que incorporarme directamente al.ouesto de trabajo? (Cuando no lo puedo hacer pues el INSS no me a curado sólo no me a reconocido una prestación.
¿tengo que solicitar pasar revisión por la.mutua de la.empresa, en la.situacion en la que estoy?
¿ahora me paga alguien?
Gracias y un saludo
02/03/2020 17:12
Manu53
Hola Si te han denegado la incapacidad permanente después de los 18 meses, se te ha extinguido la baja. Por tatno no cobrarás de nadie. Como ya te dije el día 18,debes reincorporarte inmediatamente a la empresa y pactar con la empresa el disfrute de las vacaciones de los años 2018 y 2019. Asimismo debes pedirle pasar una revisión médica en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de que efectúen una valoración sobre tu capacidad laboral actual y la empresa deberá adecuar tu puesto de trabajo a esta capacidad.
Por otra parte tienes 30 días hábiles para formular la reclamación previa que te vendrá denegada y tras la denegación tendrás que formular la demanda ante el Juzgado.
Saludos
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14 Comentarios
 
Me abrieron expediente de ip el 30 de noviembre de este año dudas
01/12/2019 22:00
El di 4 de noviembredeeste año pase revisión en elINSS tras una prorroga de seis meses que me habian concedido, el otro dia llame y me dijeron que me habian abierto ya el expediente de IP, osea que e pasado de IT a IP, antes de ir la revision me mandaron un papel de actividades economicas el cual debia de rellenar y llevarlo, peroresulta que el medico EVALUADOR no me lo pidio, pregunte en informacion y me dijeron que lo pedian segun viera el médico.
Me podria de ir alguien cual fue el motivo de no pedirmelo?, pues a mi mujer le dieron la Total y se lo pidieron. Gracias
06/12/2019 11:29
Manu53
Hola. Imagino que eres autónomo. El médico evaluador no te lo pidió porque se debió fiar de ti cuando le respondiste cuál es tu profesión. En cambio en el INSS ( antes de la resolución se reúne la CEI , esto es, la comisión de evaluación de incapacidades) quiere saber cuales son las actividades económicas de tu profesión para determinar tu incapacidad o no en función de dichas actividades ( si las puedes seguir haciendo o no) y asimismo examinan si tienes trabajadores a cargo o no. Que tengas suerte.
Saludos
06/12/2019 16:24
Expertolaboral
Muchas gracias por la respuesta pero No soy Autónomo, trabajaba en una empresa a media jornada.
No los pasos a seguir por ellos ahora. Si me lo aclara se lo agradecería
07/12/2019 11:14
Manu53
Hola. De momento hay que esperar a la resolución del INSS. Mientras tanto seguirás cobrando la baja. Si quieres saber anticipadamente el resultado de la resolución, a la semana de haber acudido a la revisión médica del EVI, vuelve a ir allí y pide una copia del informe médico de la revisión.
Allí consta la propuesta que envían al INSS y éste casi siempre resuelve en función de la propuesta del EVI.
Saludos.
07/12/2019 16:36
Manu53
Muchas gracias te iré contando, tengo cita con el INSS está semana le pediré copia del informe, muchas gracias.
07/12/2019 16:55
Manu53
Hola. En el INSS no te facilitarán el informe de síntesis del EVI .Tienes que ir directamente al EVI donde pasaste revisión médica.
Saludos
07/12/2019 20:45
Expertolaboral
Muchas gracias por tu ayuda ya te contaré.
Hay que pedir cita? O.lo pido en el mostrador de información.
23/02/2020 00:24
Manu53
Hola hoy dia 22 de febrero e recivido en la web dela S.s.que me han denegado la IP.
Mi duda es que es lo tengo que hacer ahora, pues no puedo trabajar y no quiero tener problemas con la empresa.
Parece mentira que me la deniegen estando como estoy y con lacantidad de informes que enregue.
Segun pone la nota es por no alcanzar, las lesiones que padezco un grado suficiente de disminucion de mi capacidad laboral.
Soy limpiador y ya me diras como voy a limpiar con una muleta con mareos que me dan que pierdo hasta el habla y con las crisis epilepticas que me dan.

Por favor si alguien puede que me conteste, gracias.
23/02/2020 18:27
Manu53
Hola. Tienes que llamar a la empresa para tu reincorporación. Debes pactar con la empresa el disfrute de las vacaciones de los años 2018 y 2019. Asimismo debes pedirle pasar una revisión médica en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de que efectúen una valoración sobre tu capacidad laboral actual y la empresa deberá adecuar tu puesto de trabajo a esta capacidad. Si dicho servicio te reconoce como no apto, la empresa te despedirá por causas objetivas con una indemnización de 20 días por año trabajado. Pasarías al paro .
De todas formas tienes 30 días hábiles para formular reclamación previa la cual casi siempre es denegada y posteriormente deberás formular demanda ante el Juzgado.
Saludos
23/02/2020 18:47
Expertolaboral
Gracias ir la respuesta, debo decirte que está empresa me acaba de subrrogar el día 1 de este mes, no entiendo lo del despido de la empresa.
Eso quiere decir que me.voy a quedar sin trabajo si el médico de la empresa dice que aún no estoy para trabajar?, pues lo veo injusto ya que lo que me echo el INSS es no reconocerme una pensión, no me a curado de un soplo.
Al final tengo que pagar yo las consecuencias, no lo veo justo algún método habrá para que esto no suceda .
PREGUNTO.
24/02/2020 12:29
Manu53
Hola. En primer lugar no es el médico de la empresa sino el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que es externo a la empresa.
Si no pides dicha revisión, no podrás demostrar a la empresa cuales son tus limitaciones laborales.
Si en el informe de dicho servicio indica que estás apto con limitaciones la empresa no te puede despedir. Te tendrá que adaptar a un puesto de trabajo compatible con tu capacidad laboral.
En cambio si señalase que no estás apto para tu trabajo, querría decir que está muy mal. En ese caso, la empresa podría despedirte con 20 día por año trabajado.
Si fuese así este informe , te serviría mucho para el día del juicio sobre la incapacidad.
Saludos
24/02/2020 18:18
Manu53
Muchas gracias tu ayuda, cuando me llegue la carta me pondré en contacto con la empresa y les pediré esta revisión, decirte que aller cumplo los 545 de baja y aller me dió de baja la empresa, se que tengo la reserva del puesto durante dos años.
En esta situación puedo actuar igual para pedir la revisión, pues el informe me vendría muy bien para el juicio.
Muchas gracias y un cordial saludo.
29/02/2020 12:45
Manu53
Hola. Es legal que la empresa te haya dado de baja al cumplirse los 545 días. Eso no quiere decir que estés despedido. Pasarás por revisión médica en el EVI (ICAM en Catalunya) , te iniciarán un expediente de incapacidad permanente y tras pasar dicha revisión, el EVI (ICAM en Catalunya) envía el informe de síntesis al INSS y éste te inicia los trámites de un expediente de incapacidad permanente, dictando finalmente la correspondiente resolución. En caso de denegación, esta resolución equivale al alta y deberías reincorporarte a la empresa, pactar las vacaciones no disfrutadas y pedir una revisión médica por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de evaluar tu capacidad labora.
Si acudes al EVI y pides una copia del informe médico, sabrás anticipadamente si te concederán la incapacidad o no. Que tengas suerte.
Saludos
29/02/2020 13:07
Expertolaboral
Ha buenos dias creo que te entienfompero eso ya lo e pasado te.resumo.
Cumplo los 365 de baja y me llamó el INSS el cual me concedió prorroga de 6 meses.
A los seis mese me llamaron de nuevo me evaluaron y me abrieron expediente de IP.
Cumplidos los 545 días como es normal la empresa me dió de baja con reser de puesto de trabajo y el INSS me deniega el.expediente de IP.
¿en este caso tengo que incorporarme directamente al.ouesto de trabajo? (Cuando no lo puedo hacer pues el INSS no me a curado sólo no me a reconocido una prestación.
¿tengo que solicitar pasar revisión por la.mutua de la.empresa, en la.situacion en la que estoy?
¿ahora me paga alguien?
Gracias y un saludo
02/03/2020 17:12
Manu53
Hola Si te han denegado la incapacidad permanente después de los 18 meses, se te ha extinguido la baja. Por tatno no cobrarás de nadie. Como ya te dije el día 18,debes reincorporarte inmediatamente a la empresa y pactar con la empresa el disfrute de las vacaciones de los años 2018 y 2019. Asimismo debes pedirle pasar una revisión médica en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a fin de que efectúen una valoración sobre tu capacidad laboral actual y la empresa deberá adecuar tu puesto de trabajo a esta capacidad.
Por otra parte tienes 30 días hábiles para formular la reclamación previa que te vendrá denegada y tras la denegación tendrás que formular la demanda ante el Juzgado.
Saludos