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¿ me pueden obligar a cerra el local?

2 Comentarios
 
¿ me pueden obligar a cerra el local?
02/08/2010 13:15
Buenos días
MI cuestión es la siguiente. Tengo alquilado un local en el cual poseo un taller de tapicería. Resulta que han venido los de la inspección técnica de edificios y uno de los problemas que tiene la finca es que el alcantarillado está mal y hay que sustituirlo. La mala suerte es que todas las bajadas y alcantarillas que van por el suelo pasan por el local, y al parecer hay que levantar el suelo por completo. Se pueden imaginar que debido al tipo de negocio que es, yo no puedo realizar mi trabajo mientras se realizan las obras, aparte de no poder dejar nada en el local mientras dura la misma ( sofás, telas maquinas de coser etc. ). Pues bien, han llegado hoy mismo y me comentan que la obra la empiezan en breve. Yo no tenía pensado cerrar este verano, y me encuentro que quizá tenga que hacerlo obligadamente.
La cuestión es si podría reclamar a la comunidad, que me buscaran otro local para poder realizar mi trabajo. En el caso de tener que cerrar y tener que dejar vacio el local, ¿a cuenta de quien deben de correr los gastos de la mudanza o guardamuebles?. Y en el peor de los casos de tener que cerrar, ¿quién me indemniza por el tiempo que esté cerrado el taller sin poder sacar producción? Yo ya he fijado plazos de entregas de trabajos, y si tengo que cerrar dichos plazos no los podre cumplir con los clientes. Total que estoy hecho un lio, y lo peor de todo es que lo llevan a cavo de inmediato. Les agradecería me aclararan un poco la situación, muchas gracias
perfil Jan
02/08/2010 13:32
Hola fategreen. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Si desea contactar conmigo visite nuestra web http://letradosalquileres.es.tl o envié un email indicando su nick de esta página y el texto de la consulta a una de estas dos direcciones: armandogarcia@ical.es o a letradoalquileres@hotmail.com

Reciba un cordial saludo
04/08/2010 19:54
Para fategreen:
Si usted es inquilino (arrendatario), no tiene nada que tratar con la Comunidad. Usted debe tratar el tema con el propietario-arrendador. Él es el que tiene que ponerse en contacto con la Comunidad y exigir indemnización por el no uso del local.
Hasta que el propietario, no se ponga en contacto con usted, no autorice la entrada al local.