Si un trabajador con contrato indefinido, (llevando trabajados, por ejemplo, un año) se va por su cuenta, de la empresa, ¿le correspondería cobrar el paro? ¿O no hay difrencia, entre que se vaya por su cuenta, o lo despidan por despido procedente?
Si tiene usted un cto indefinido y deja la empresa seria una baja voluntaria por lo que no le corresponde desempleo.
Si finaliza el cto, (en caso de los ctos temporales), por motivo de la empresa si tendría dcho a prestación (siempre y cuando haya cotizado lo suficiente para tener dcho a desempleo).
Si es indefinido y le echan (seria un despido), por tanto tendría dcho a prestación por desempleo