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!!me reclama hacienda una deuda que no es mia!!

9 Comentarios
 
!!me reclama hacienda una deuda que no es mia!!
14/04/2012 23:52
Por favor necesito que alguien me ayude, hoy he recibido una carta certificada de hacienda reclamandome 41506.66 Euros de un hotel al cual yo no pertenezco ni soy socia ni nada de nada, solamente me hospede alli una vez c, como pagador aparecen mis datos y en persona obligada al pago los datos del hotel y su cif, el lunes ire a hacienda para ver que pasa, me habran suplantado la identidad en algun momento(como te hacen fotocopia del dni cuando te hospedas) no se que pensar, ademas yo soy de Madrid y me lo reclama la delegacion de Leon. Ayuda por favor
15/04/2012 00:41
¿Y porque te reclama Hacienda una deuda de un hotel?.
15/04/2012 10:03
¿No será la típica carta masiva de embargo de créditos?
15/04/2012 11:04
Si juan s en la carta pone diligencia de embargo de creditos. Que significa eso?
15/04/2012 12:35
Significa que si tienes algún crédito (cantidad pendiente de pago) con el hotel, se lo tienes que pagar a Hacienda en vez de pagarlo al hotel.
Como me imagino que no le debes nada al hotel, tienes que contestar a Hacienda (por escrito registrado) diciéndoles que no adeudas nada a ese hotel y, por tanto, no hay nada que embargar.
15/04/2012 14:02
Gracias Juan mañana mismo estoy en hacienda, me has quitado un gran peso de encima, gracias
06/05/2014 12:16
Hola,

Necesito ayuda con mi problema que está relacionado. A nuestra comunidad nos llegó una carta similar, pero a pesar de llegar a nuestra dirección no se trataba de nuestro CIF, así que como ponía en la carta, mandé faxes a hacienda explicando el problema (recomendado por amiga de gestoría) y adjuntando fotocopia del cuaderno con el CIF, para que revisaran la dirección y CIF. Además es de una empresa de ascensores, y nuestro edificio no tiene ascensor. Lo malo es que han seguido el proceso y ahora nos llega carta de aviso de embargo. Entiendo que si no es nuestro CIF ni nuestra deuda no nos deberían embargar nada a nosotros... ¿Pueden hacerlo?¿Debemos personarnos en hacienda para explicar el asunto? Los fax parece que les dan igual a pesar de poner que es la forma de reclamar, y por teléfono me contestó un señor que aseguraba que hacienda no iba a embargar a nadie que no debiera y que no podía haber fallo de dirección ni de CIF. ¿Cual es la forma de reclamar en persona?¿Puede acarrearnos problemas legales?¿Puede que embarguen a otra comunidad y no sepan nada del asunto?
Gracias de antemano,
06/05/2014 18:54
Seguramente es un error de algún funcionario patoso. Lo mejor es personarse con la carta de Hacienda y vuestro fax y que, a la vista de ello, os lo expliquen.
Con la respuesta que te den, vuelves aquí y te diremos si te conviene hacer algún papel.
18/01/2023 19:18
Tengo una consulta, os agradecería vuestra ayuda. Mis padres compraron un artículo en una tienda y lo pagaron en su día totalmente, en el 2022, al principio. En agosto Hacienda les envía una carta, notificación, que informaba de la deuda de dicha empresa. Mis padres, como hacía meses que ya no tenían ninguna relación con la empresa, no hicieron nada, ya que la carta hablaba de "cantidades pendientes de pagar" y ellos lo pagaron todo con anterioridad.
Ahora Hacienda les multa por no haber contestado. No lo entiendo, si la relación de mis padres ya se había acabado, no tenían nada pendiente.
¿Hay alguna forma de oponerse a esa multa? Tienen casi 90 años, y cada vez que llega una carta de hacienda tiemblan, cuando son de los que siempre han pagado al contado y no tienen deudas
¿Es legal lo que hace Hacienda?¿El envio de cartas de embargo a los clientes que ya pagaron en su día los productos?
Es que me parece que si Mercadona quiebra, todos los españoles estaremos pagando sus deudas con este sistema
Muchas gracias y disculpad el desahogo, pero es que me parece ilegal. Además, (es que es la segunda vez que les pasa en tres años) y esto parece una forma de hacienda de sacarle el dinero a las personas más vulnerables
18/01/2023 20:53
das2023
El problema es que los requerimientos de Hacienda se tienen que contestar obligatoriamente. Si no se contestan, Hacienda sanciona.
En el caso que comentas es tan sencillo como contestar diciendo que no hay ninguna cantidad pendiente de pago, así se hubiera terminado el asunto.
Lo único que se puede hacer es alegar ahora al procedimiento sancionador exponiendo lo que comentas y el desconocimiento de que era obligatorio contestar aún no habiendo nada pendiente. Con eso puedes conseguir que la sanción sea por el importe mínimo.