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médica ecuatoriana comunitaria

1 Comentarios
 
Médica ecuatoriana comunitaria
25/07/2012 10:40
Autor: toño85 Fecha: 23/07/2012
Tema: ecuatoriana con rumano
Autor: toño85 Fecha: 20/07/2012
Tema: ecuatoriana con ruso
hola, pareja de hecho de ruso viviendo en Cambridge, ella médica y quiere hacer un master de dos años en España tendría que venir sola, al ser comunitaria que documentacion necesita? debe demostrar suficiente dinero para manutención? etc etc gracias y hasta pronto

Autor: Condedecartagena Fecha: 20/07/2012
Hola.

No hay ningún comunitario en la relación que usted menciona. Ni Ecuador, ni Rusia, son miembros de la Unión Europea, por tanto, no se aprecia por ningún lado que haya una persona con nacionalidad de un Estado comunitario.

Luego, es necesario saber en qué Cambridge viven, ya que hay distintas ciudades, con el mismo nombre, en distintos países: Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, Nueva Zelanda.

Si se trata del Reino Unido y ambos son residentes legales en el Reino Unido, eso, por sí solo, no los autoriza a ingresar en España. Deben proveerse del correspondiente visado Schengen, si vienen como turistas. E igualmente, si pretende venir a estudiar en España, debe proveerse del preceptivo visado de estudios.

Ahora bien: si cualquiera de los dos tiene nacionalidad británica, las cosas serían diferentes, porque resultaría de aplicación el régimen comunitario, en las condiciones fijadas por la normativa.

Un cordial saludo.

Autor: toño85 Fecha: 21/07/2012
CondedeCartagena, muchas gracias por su respuesta y pido disculpas por el error en que incurrí; primero que todo Cambridge, Reino Unido, y segundo vivimos acá por su trabajo pero él es hijo de ruso y nacido en Rumanía y desde luego tiene nacionalidad rumana. gracias nuevamente.

Autor: Condedecartagena Fecha: 23/07/2012
Hola.

Si la persona es rumana, puede entrar en España sin problemas. Pero, para fijar su residencia, tendrá que solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Para ello, junto con el impreso EX-18, su pasaporte o documento de identidad en vigor y certificado de empadronamiento, deberá aportar documentos que acrediten que es trabajador por cuenta ajena o cuenta propia, estudiante matriculado en alguna universidad o centro de estudios y que cuenta con seguro médico o que dispone de recursos económicos propios suficientes.

Si es rumano, con todo, tiene una carga adicional hasta el 31 de diciembre de 2012: si desea trabajar por cuenta ajena, debe solicitar una autorización de trabajo.

Un cordial saludo.

Autor: toño85 Fecha: 24/07/2012
CondedeCartagena, no es el quien quiere hacer el master, es ella, la que es medico, ecuatoriana con comunitaria por ser pareja de hecho de rumano, échale un vistazo a la pregunta inicial. Disculpas y gracias
25/07/2012 15:21
Hola.

Es necesario, primero que nada, que se aclare lo siguiente:

A) Si las dos personas han formalizado su relación como pareja de hecho.

B) Si esa formalización, ha implicado la inscripción en un Registro Público establecido para el efecto.

C) Si en virtud de lo anterior, la persona de nacionalidad ecuatoriana, tiene la calidad de residente en el Reino Unido como titular de un Family Permit. En este caso, la persona puede entrar en España sin visado, solo con su pasaporte en vigor y su tarjeta, también en vigor.

D) En cambio, si la persona de nacionalidad ecuatoriana, reside en el Reino Unido, pero a otro título (estudiante o trabajador por cuenta ajena), entonces sí debe, antes de venir a España, solicitar un visado Schengen.

RESIDENCIA EN ESPAÑA:

Para que un extranjero extracomunitario, familiar de un nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, pueda obtener una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en España, ES REQUISITO Y CONDICIÓN NECESARIA PREVIA, que quien tiene el derecho originario (en este caso, la persona de nacionalidad rumana), ejerza el derecho de residencia en España. No hay que olvidar que los familiares extracomunitarios no tienen por sí solos el derecho de residencia en España, sino que dependen siempre de que su familiar comunitario sea residente en España.

A raíz de la reforma del art. 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, es necesario, para que los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, ejerzan el derecho de residencia en España, superior a tres meses, que acrediten ser trabajadores por cuenta ajena; trabajadores por cuenta propia; estudiantes matriculados en universidad o centro de estudios español y dispongan de seguro médico o si no realizan actividad laboral, que dispongan de recursos económicos propios suficientes y seguro médico. Verificado esto, se lo inscribe en el Registro Central de Extranjeros, se le asigna NIE y se le expide el certificado de inscripción correspondiente. Con él, queda acreditado que le ha sido reconocido el derecho de residencia en España.

PECULIARIDAD CON RESPECTO A PERSONAS DE NACIONALIDAD RUMANA.- Hasta el próximo 31 de diciembre de 2012, rige para los rumanos, trabajadores por cuenta ajena, las medidas transitorias adoptadas para su acceso al mercado de trabajo, que se traduce en que deben solicitar, previamente, una autorización de trabajo.

Si le dije en el apartado anterior lo relativo a la persona rumana, no es porque no haya leído la pregunta, sino, precisamente, porque hay un punto de partida fundamental, al cual ya se ha hecho referencia líneas arriba: ES LA PERSONA DE NACIONALIDAD RUMANA LA QUE DEBE EJERCER SU DERECHO DE RESIDENCIA EN ESPAÑA. Una vez que él lo haya hecho, será posible hacerle extensivo ese derecho a la persona extranjera extracomunitaria que es su familiar.

Ahora bien: para que a la persona de nacionalidad ecuatoriana le pueda ser aplicable el régimen comunitario, si no están casados (y si se han casado en el Reino Unido, el matrimonio debe haber sido reconocido en Rumanía), ni inscritos como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, deben optar, cuanto antes, por alguna de las dos vías: casarse en el Reino Unido y hacer reconocer inmediatamente el matrimonio en Rumanía o en su defecto, inscribirse como pareja de hecho (que según tengo entendido, en el Reino Unido, solo es posible hacerlo entre personas del mismo sexo, según lo prevé la Civil Partnership Act); si no es posible hacerlo en el Reino Unido, podrían intentar hacerlo en España. Pero para ello, es necesario que vayan a una Comunidad Autónoma donde no haya restricciones para la inscripción cuando uno de los miembros de la pareja es extranjero extracomunitario (como sucede en Castilla y León, Castilla-La Mancha, que exigen que el extranjero extracomunitario sea residente legal en España o la Comunidad Valenciana, que exige que el extranjero extracomunitario sea titular de una tarjeta de identidad de extranjero).

SE INSISTE ESPECIALMENTE: no se trata de ser, meramente, pareja de hecho, sino que deben ser pareja de hecho REGISTRADA, esto es, INSCRITA como tal, en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.

Un cordial saludo.