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¿Mejor contratar o acogerme a los artículos 39,40 y 41 del ET?

2 Comentarios
 
¿mejor contratar o acogerme a los artículos 39,40 y 41 del et?
09/02/2017 14:32
Buenos días,

Me cuesta mucho el tema ... tengo un caso (éste no es del trabajo, sino de los estudios) dónde una empresa (40 trabajadores) por motivos de necesidad (más trabajo) quiere contratar a nuevos trabajadores, y además abrir un nuevo centro en otra provincia (contratar 5 trabajadores para éste nuevo); me preguntan si seria interesante para la empresa acogerse a los artículos 39,40 y 41 del ET en lugar de efectuar nuevas contrataciones ... a mi me cuesta un monton éste tema, no me queda claro ... me lío ... alguién me puede ayudar?
Gracias,
09/02/2017 14:50
Rmv84
Haber amigo, depende de la empresa si quiere aumentar sus recursos o no, si con 40 trabajadores puede hacer frente a ese nuevo trabajo, quizás sería más interesante una re estructuración empresarial, aunque también tendrás que valorar que algunos trabajadores se puedan oponer al cambio y extingan su relación con derecho a 20 días de salario.

Por otro lado en cuanto a contratación, al haber aumento de empleos puedes buscar contratos con los que te puedas bonificar cuotas a la Seguridad Social, por lo que te puede salir más ventajoso.

Nose la pregunta es un poco subjetiva, pero en definitiva, si puedes hacer frente a ese nuevo centro de trabajo con los mismos trabajadores, quizás es mejor una re estructuración, sin embargo si necesitas ampliar pues contrata.

Espero que te ayude.
09/02/2017 15:56
Rmv84
Muchas gracias, javiersocial, si que me ayuda ... gracias, de verdad