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7 Comentarios
 
27/12/2006 20:48
Perdón, me refiero que hagas lo siguiente, salvo mejor opinión:

1. Interponer demanda por Cantidades y a la SS, hazlo a través de un abogado

2. Denuncia a la Inspección, por cada una de las altas y bajas que has tenido, SIN que el señor haya firmado la baja voluntariaa, hazlo con una denuncia para cada una si quieres, o en una pon todas. También recuerdale que no sabes sin son la misma empresa......vacaciones, etc etc

Salud
27/12/2006 20:44
Esto lo puse en otro msj, debido a que ya te ha pasado los 20 días para interponer demanda en todas esas altas y bajas, lo puedes hacer por cantidades, salvo mejor opinión :)

Como te dije puedes poner una denuncia a la inspección diciendo que tienen a un extranjero, dado de alta (si es el caso, que creo que si) en varias empresas (no sé si esto sería cesión ilegal de trabajadores) en la cual se la han dado altas y bajas SIN su autorización, sin cobrar, sin vacaciónes y todo lo que creas.....y que el inspector averiguen todos los trapicheos de la empresa/s mediante una citación que le harán.

Ejemplo del msj que puse anterior:

Me viene un amiga y me pregunta qué puede hacer en su situación. Yo intento darle consejo ya que trabaja 8 horas diarias, pero sólo está contratada por 4 horas diarias. Ella puede desmostrar que hace las 8 horas diarias ya que firma entradas y salidas de centros donde trabaja, ya que es limpiadora. Pero no aguanta más y se marcha por baja voluntaria.

Entonces le aconsejo que ponga demanda por Cantidades (por la 4 que no estaba asegurada) y por inmpago a la SS (las mismas 4 que no cotiza)ya que puede demostrarlo con pruebas. Su abogado hace especifica más o menos no que le dije, por un lado presenta por ejemplo 3.000 euros por Cantidad más demora, y por otra 3.200 euros por la SS.

La pregunta que no me queda claro es, si se celebra el juicio y gana mi amiga ¿Se lleva ambas cantidades?, o como creo sólo la de Cantidad y la de la Seguridad Social tiene que ser pagada a ésta.

Eso sin contar la sanción por tener a alguien trabajando sin asegurar, claro.



Respuesta: Jesusfer Fecha: 21/12/2006


Hola:
Las cantidades reconocidas en sentencia sobre cuotas impagadas a la Seguridad Social tendrán que ser pagadas por el empresario en los boletines de cotización correspondientes fuera del plazo establecido y con los recargos e intereses de demora que le correspondan.

Al margen, como tú muy bien dices de la sanción que le corresponda.

Tú amiga no puede percibir cantidades por cuotas impagadas a la Seguridad Social.

27/12/2006 19:22
Lo que realmente le han hecho es: alta08/08/2006 y baja voluntaria el 21/09/2006 ( el no ha firmado ninguna baja voluntaria y solo le han pagado la nomina correspondiente a los dias de agosto,
Alta en otra empresa distinta (que no tiene nada que ver con la anterior) alta el 28/09/2006 y baja el 18/10/2006 por fin contrato, no le han pagado nada.

Alta en otra empresa el 18/10/2006 al 03/11/2006 , aqui baja voluntaria que el trabajador tampoco firmo, tampoco le han pagado nada, tampoco tiene el contrato.

Alta el 07/11/2006 y sigue de alta, tampoco le han dado contrato para firmar ni le han pagado nada, no le han presentado ninguna nomina.

Estas tres ultimas altas posiblemente las empresas tengan relacion entre ellas (que sena de la misma persona aunque conste distinto administrador)

¿ que seria lo mas conveniente hacer?

¿presentar denuncia a la inspeccion y despues demanda al smac?


Gracias.
20/12/2006 19:45
¿Tiene pruebas de que estaba allí? ¿testigos? etc etc........porque tendrás que demostralo.

Aparte de lo que te ha dicho Jesusfer


¿Tiene tú cliente permiso de trabajo cuando estaba trabajando?

Sino es así, puedes meterle un paquete que vale por dos.....por un lado a la inspección de trabajo que lo mínimo es de 3.000 euros a 12.000 euros la mínima y máxima hasta 90.000 euros, y por supuesto si se demuestra ganaría tal derecho ya pagarle cantidades atrasadas..........por otro lado también está penado por lo penal con penas de cárcel incluidas y multas, por mano de obra ilegal entre otras cosas.

Salud
20/12/2006 19:35
Hola:
Esa es mi opinión. Lo que no quiere decir que sea la mejor. Puede que haya otras.

Saludos.
20/12/2006 19:32
Es decir:
1º denuncia ante inspeccion trabajo
2ª presentar papeleta conciliacion por impago de salarios

correcto?
20/12/2006 19:14
Hola:
El tema se puede plantear por demanda de cantidad ya que la prescripción es de un año desde el momento en que pudo reclamar.

Ahora bien, aqui se dan diferentes infracciones sociales que pueden tener diferentes acciones. Por ello, convendría averiguar el tiempo que ha estado de alta con la vida laboral para ver si fue contratado sin dar de alta.

Poner el tema en manos de la Inspección de Trabajo por fraude a la Seguridad Social, para que levante acta por impago de cuotas, sería lo primero y a continuación solicitar la sanción a la empresa por impago de la nómina.

Posteriormente la demanda de cantidad pidiendole el abono de los salarios devengados y no percibidos y los interese de demora.

A ver otras opiniones al respecto.

Saludos.
Mejor opcion
20/12/2006 18:42
Hola amigos:

tengo un cliente extranjero, le contratan en una empresa y solo le pagan el primer mes, (hablamos de agosto), no sabe si le han despedido.

Empieza a trabajar en otra empresa y no le pagan ni una nomina, (de hecho no tiene fisicamente ninguna), tampoco sabe si sigue estando de alta en alguna de ellas, lo que si es cierto es que no trabaja ahora mismo.
Entiendo que reclamacion por despido no ya que han pasado mas de 20 dias en cualquiera de los dos caso, pero podria demandar por lo que no ha pagado.

Yo lo primero que le he dicho es que me traiga una vida laboral para ver como esta ahora mismo, ¿he hecho bien?

¿que me recomendais los que llevais mas tiempo en esto?
gracias
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27/12/2006 20:48
Perdón, me refiero que hagas lo siguiente, salvo mejor opinión:

1. Interponer demanda por Cantidades y a la SS, hazlo a través de un abogado

2. Denuncia a la Inspección, por cada una de las altas y bajas que has tenido, SIN que el señor haya firmado la baja voluntariaa, hazlo con una denuncia para cada una si quieres, o en una pon todas. También recuerdale que no sabes sin son la misma empresa......vacaciones, etc etc

Salud
27/12/2006 20:44
Esto lo puse en otro msj, debido a que ya te ha pasado los 20 días para interponer demanda en todas esas altas y bajas, lo puedes hacer por cantidades, salvo mejor opinión :)

Como te dije puedes poner una denuncia a la inspección diciendo que tienen a un extranjero, dado de alta (si es el caso, que creo que si) en varias empresas (no sé si esto sería cesión ilegal de trabajadores) en la cual se la han dado altas y bajas SIN su autorización, sin cobrar, sin vacaciónes y todo lo que creas.....y que el inspector averiguen todos los trapicheos de la empresa/s mediante una citación que le harán.

Ejemplo del msj que puse anterior:

Me viene un amiga y me pregunta qué puede hacer en su situación. Yo intento darle consejo ya que trabaja 8 horas diarias, pero sólo está contratada por 4 horas diarias. Ella puede desmostrar que hace las 8 horas diarias ya que firma entradas y salidas de centros donde trabaja, ya que es limpiadora. Pero no aguanta más y se marcha por baja voluntaria.

Entonces le aconsejo que ponga demanda por Cantidades (por la 4 que no estaba asegurada) y por inmpago a la SS (las mismas 4 que no cotiza)ya que puede demostrarlo con pruebas. Su abogado hace especifica más o menos no que le dije, por un lado presenta por ejemplo 3.000 euros por Cantidad más demora, y por otra 3.200 euros por la SS.

La pregunta que no me queda claro es, si se celebra el juicio y gana mi amiga ¿Se lleva ambas cantidades?, o como creo sólo la de Cantidad y la de la Seguridad Social tiene que ser pagada a ésta.

Eso sin contar la sanción por tener a alguien trabajando sin asegurar, claro.



Respuesta: Jesusfer Fecha: 21/12/2006


Hola:
Las cantidades reconocidas en sentencia sobre cuotas impagadas a la Seguridad Social tendrán que ser pagadas por el empresario en los boletines de cotización correspondientes fuera del plazo establecido y con los recargos e intereses de demora que le correspondan.

Al margen, como tú muy bien dices de la sanción que le corresponda.

Tú amiga no puede percibir cantidades por cuotas impagadas a la Seguridad Social.

27/12/2006 19:22
Lo que realmente le han hecho es: alta08/08/2006 y baja voluntaria el 21/09/2006 ( el no ha firmado ninguna baja voluntaria y solo le han pagado la nomina correspondiente a los dias de agosto,
Alta en otra empresa distinta (que no tiene nada que ver con la anterior) alta el 28/09/2006 y baja el 18/10/2006 por fin contrato, no le han pagado nada.

Alta en otra empresa el 18/10/2006 al 03/11/2006 , aqui baja voluntaria que el trabajador tampoco firmo, tampoco le han pagado nada, tampoco tiene el contrato.

Alta el 07/11/2006 y sigue de alta, tampoco le han dado contrato para firmar ni le han pagado nada, no le han presentado ninguna nomina.

Estas tres ultimas altas posiblemente las empresas tengan relacion entre ellas (que sena de la misma persona aunque conste distinto administrador)

¿ que seria lo mas conveniente hacer?

¿presentar denuncia a la inspeccion y despues demanda al smac?


Gracias.
20/12/2006 19:45
¿Tiene pruebas de que estaba allí? ¿testigos? etc etc........porque tendrás que demostralo.

Aparte de lo que te ha dicho Jesusfer


¿Tiene tú cliente permiso de trabajo cuando estaba trabajando?

Sino es así, puedes meterle un paquete que vale por dos.....por un lado a la inspección de trabajo que lo mínimo es de 3.000 euros a 12.000 euros la mínima y máxima hasta 90.000 euros, y por supuesto si se demuestra ganaría tal derecho ya pagarle cantidades atrasadas..........por otro lado también está penado por lo penal con penas de cárcel incluidas y multas, por mano de obra ilegal entre otras cosas.

Salud
20/12/2006 19:35
Hola:
Esa es mi opinión. Lo que no quiere decir que sea la mejor. Puede que haya otras.

Saludos.
20/12/2006 19:32
Es decir:
1º denuncia ante inspeccion trabajo
2ª presentar papeleta conciliacion por impago de salarios

correcto?
20/12/2006 19:14
Hola:
El tema se puede plantear por demanda de cantidad ya que la prescripción es de un año desde el momento en que pudo reclamar.

Ahora bien, aqui se dan diferentes infracciones sociales que pueden tener diferentes acciones. Por ello, convendría averiguar el tiempo que ha estado de alta con la vida laboral para ver si fue contratado sin dar de alta.

Poner el tema en manos de la Inspección de Trabajo por fraude a la Seguridad Social, para que levante acta por impago de cuotas, sería lo primero y a continuación solicitar la sanción a la empresa por impago de la nómina.

Posteriormente la demanda de cantidad pidiendole el abono de los salarios devengados y no percibidos y los interese de demora.

A ver otras opiniones al respecto.

Saludos.
Mejor opcion
20/12/2006 18:42
Hola amigos:

tengo un cliente extranjero, le contratan en una empresa y solo le pagan el primer mes, (hablamos de agosto), no sabe si le han despedido.

Empieza a trabajar en otra empresa y no le pagan ni una nomina, (de hecho no tiene fisicamente ninguna), tampoco sabe si sigue estando de alta en alguna de ellas, lo que si es cierto es que no trabaja ahora mismo.
Entiendo que reclamacion por despido no ya que han pasado mas de 20 dias en cualquiera de los dos caso, pero podria demandar por lo que no ha pagado.

Yo lo primero que le he dicho es que me traiga una vida laboral para ver como esta ahora mismo, ¿he hecho bien?

¿que me recomendais los que llevais mas tiempo en esto?
gracias