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Mejora voluntaria en nómina

5 Comentarios
 
Mejora voluntaria en nómina
07/04/2024 11:10
Hola,
Llevo medio año en una empresa en la que entre como auxiliar de almacén, con tan solo un mes en la empresa me empezaron a asignar más tareas hasta llegar a gestionar el almacén al 100%.
Tuve una conversación con el jefe en la que le pedí un cambio de categoría, ya que no estaba de acuerdo en tener la categoría de auxiliar realizando tareas de jefe de almacén.
Decieron y me cambiaron de categoría a jefe de almacén.
Ahora bien, como auxiliar mi salario base era de unos 780€ y tenía unos 380€ de mejoras voluntarias.
Al pasarme a jefe de almacén mi salario base ascendió a 1126€ ( clavado lo que fija convenio) , pero mis mejoras voluntarias me las han quitado.
En resumen, cobro exactamente lo mismo en una categoría bastante superior a la que tenía.
Mi duda es , es totalmente legal hacer esto? Según dónde busques información te dicen que si o que no .
Aclarar que en mi convenio pone exactamente lo que cito a continuación en un artículo:" Aquellas empresas que tengan establecido con carácter voluntario mejoras a sus trabajadores superiores a las que resulten del presente convenio ,examinadas en su conjunto y cómputo anual , vendrán obligadas a respetarlas."
Espero su ayuda , muchas gracias a todos !
07/04/2024 19:01
Trini7
Legal es. Ese complemento de mejoras voluntarias entiendo que ya compensaba el hecho de que vd realizaba unas tareas de categoría superior a la suya. Por tanto, al subirle de categoría ese complemento ya no es necesario, y al ser voluntario la empresa se lo puede suprimir cuando quiera.

En todo caso a vd le beneficia más la nueva situación ya que aunque gane mas o menos lo mismo ahora tiene consolidada esa nueva categoría que ya no se la podrían quitar, mientras que en la situación anterior la empresa le podía haber quitado el complemento aun sin haberle subido la categoría.

El artículo que cita se refiere a trabajadores que tuvieran mejoras voluntarias anteriores al Convenio, y que no pueden perder salario aplicando el nuevo Convenio. En todo caso este tipo de cláusula solo aplicaría en su caso si, al subirle de categoría, hubiera cobrado menos que antes ya que indica expresamente "en su conjunto y cómputo anual".
07/04/2024 21:40
Esa mejora la cobra toda la empresa, independientemente cual sea su puesto, yo soy la única que no ahora mismo.
Gracias por su respuesta
08/04/2024 14:27
Y porqué no nos dice usted cuál es el convenio? Para que seamos nosotros mismos los que comprobemos la redacción del mismo y a su vez comprobemos las tablas salariales.
Me da que hay una explicación más sencilla pero sin ver tabla y categorías no la puedo aportar.
08/04/2024 16:37
Jamgrrhh28
https://www.iberley.es/convenios/sector/convenio-colectivo-comercio-general-rioja-4100051
09/04/2024 16:08
Bien, he revisado el Convenio y tal como suponía las tablas no nos sirven de nada ya que están obsoletas, (última tabla 2009), así como la vigencia del convenio.
Dicho esto, lo que usted nos redacta no hace referencia a respetar un plus de mejora voluntaria, sino que ante la firma de un convenio los trabajadores que tuviesen mejores condiciones que las firmadas en el convenio pues se les mantendrían, esto es por ej pongamos que en convenio se firma un cómputo de jornada anual de 1800 h y alguna empresa a sus trabajadores ya tenían acordadas 1782 h/año de jornada, pues hay que respetar esa jornada, con vacaciones sucede lo mismo así como en salarios pero éste no es ducado, los pluses de mejora se establecen como una mejora salarial que se irá suprimiendo paulatinamente según se vayan incrementando salarios según tablas salariales, por lo que estoy a usted le afecta, luego están los salarios y esos pluses de mejora, entiendo que a usted le han impuesto ese plus porque su salario base estaba muy por de ajo del SMI y por tanto usted otros trabajadores con categorías superiores a la suya tenían plus de mejora porque en definitiva eran salarios muy por debajo del SMI, tenga en cuenta que el último convenio firmado es de 2008 y estamos en 2024.
No encuentro tabla actualizada a 2024 pero me surge una duda más dice usted que su actual salario son 1126 €/mes, bueno pues aquí (siempre que esté usted contratada a jornada completa), si que puede reclamar ya que el SMI para el 2024 en 14 pagas son 1134 € lo que supone al año un bruto de 15876 €/año y que en 12 pagas, (con las extras prorrateadas) suponen 1323 €/mes, menos de esto no puede usted cobrar.
smo
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07/04/2024 11:10
Hola,
Llevo medio año en una empresa en la que entre como auxiliar de almacén, con tan solo un mes en la empresa me empezaron a asignar más tareas hasta llegar a gestionar el almacén al 100%.
Tuve una conversación con el jefe en la que le pedí un cambio de categoría, ya que no estaba de acuerdo en tener la categoría de auxiliar realizando tareas de jefe de almacén.
Decieron y me cambiaron de categoría a jefe de almacén.
Ahora bien, como auxiliar mi salario base era de unos 780€ y tenía unos 380€ de mejoras voluntarias.
Al pasarme a jefe de almacén mi salario base ascendió a 1126€ ( clavado lo que fija convenio) , pero mis mejoras voluntarias me las han quitado.
En resumen, cobro exactamente lo mismo en una categoría bastante superior a la que tenía.
Mi duda es , es totalmente legal hacer esto? Según dónde busques información te dicen que si o que no .
Aclarar que en mi convenio pone exactamente lo que cito a continuación en un artículo:" Aquellas empresas que tengan establecido con carácter voluntario mejoras a sus trabajadores superiores a las que resulten del presente convenio ,examinadas en su conjunto y cómputo anual , vendrán obligadas a respetarlas."
Espero su ayuda , muchas gracias a todos !
07/04/2024 19:01
Trini7
Legal es. Ese complemento de mejoras voluntarias entiendo que ya compensaba el hecho de que vd realizaba unas tareas de categoría superior a la suya. Por tanto, al subirle de categoría ese complemento ya no es necesario, y al ser voluntario la empresa se lo puede suprimir cuando quiera.

En todo caso a vd le beneficia más la nueva situación ya que aunque gane mas o menos lo mismo ahora tiene consolidada esa nueva categoría que ya no se la podrían quitar, mientras que en la situación anterior la empresa le podía haber quitado el complemento aun sin haberle subido la categoría.

El artículo que cita se refiere a trabajadores que tuvieran mejoras voluntarias anteriores al Convenio, y que no pueden perder salario aplicando el nuevo Convenio. En todo caso este tipo de cláusula solo aplicaría en su caso si, al subirle de categoría, hubiera cobrado menos que antes ya que indica expresamente "en su conjunto y cómputo anual".
07/04/2024 21:40
Esa mejora la cobra toda la empresa, independientemente cual sea su puesto, yo soy la única que no ahora mismo.
Gracias por su respuesta
08/04/2024 14:27
Y porqué no nos dice usted cuál es el convenio? Para que seamos nosotros mismos los que comprobemos la redacción del mismo y a su vez comprobemos las tablas salariales.
Me da que hay una explicación más sencilla pero sin ver tabla y categorías no la puedo aportar.
08/04/2024 16:37
Jamgrrhh28
https://www.iberley.es/convenios/sector/convenio-colectivo-comercio-general-rioja-4100051
09/04/2024 16:08
Bien, he revisado el Convenio y tal como suponía las tablas no nos sirven de nada ya que están obsoletas, (última tabla 2009), así como la vigencia del convenio.
Dicho esto, lo que usted nos redacta no hace referencia a respetar un plus de mejora voluntaria, sino que ante la firma de un convenio los trabajadores que tuviesen mejores condiciones que las firmadas en el convenio pues se les mantendrían, esto es por ej pongamos que en convenio se firma un cómputo de jornada anual de 1800 h y alguna empresa a sus trabajadores ya tenían acordadas 1782 h/año de jornada, pues hay que respetar esa jornada, con vacaciones sucede lo mismo así como en salarios pero éste no es ducado, los pluses de mejora se establecen como una mejora salarial que se irá suprimiendo paulatinamente según se vayan incrementando salarios según tablas salariales, por lo que estoy a usted le afecta, luego están los salarios y esos pluses de mejora, entiendo que a usted le han impuesto ese plus porque su salario base estaba muy por de ajo del SMI y por tanto usted otros trabajadores con categorías superiores a la suya tenían plus de mejora porque en definitiva eran salarios muy por debajo del SMI, tenga en cuenta que el último convenio firmado es de 2008 y estamos en 2024.
No encuentro tabla actualizada a 2024 pero me surge una duda más dice usted que su actual salario son 1126 €/mes, bueno pues aquí (siempre que esté usted contratada a jornada completa), si que puede reclamar ya que el SMI para el 2024 en 14 pagas son 1134 € lo que supone al año un bruto de 15876 €/año y que en 12 pagas, (con las extras prorrateadas) suponen 1323 €/mes, menos de esto no puede usted cobrar.
smo