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Mejora voluntaria

5 Comentarios
 
Mejora voluntaria
06/05/2020 23:01
Buenas tardes,
Fui contratado con estas condiciones:
Año 2018 salario según convenio (que coincide con salario base) más mejora voluntaria. Total al año 15800 brutos.
Año 2019: salario según convenio más mejora voluntaria. Total al año 18.000 brutos.
Año 2020: salario según convenio más mejora voluntaria. Total al año 21000 euros brutos. Ya no me suben más.

Como todos sabéis, el gobierno subió el SMI, entonces en el año 2019 me subieron el SMI a lo legal y me bajaron la mejora voluntaria. Este año han vuelto a subir el SMI y han hecho lo mismo. Sigo cobrando lo mismo aunque suba el SMI.

Ahora viene el quid de la cuestión. Mi nuevo convenio se firmó en febrero pero debido al estado de alarma aún no se ha publicado en el BOJA. Tiene fecha en vigor desde 1 enero de 2019.
En el nuevo convenio hay un artículo nuevo que pone:
“Garantía “ad personam”, condición más beneficiosa.
Se respetarán las condiciones superiores y más beneficiosas, tanto individuales como colectivas, que venga percibiendo y disfrutando el personal.
A quien la entrada en vigor del presente convenio percibiera salarios superiores, en cómputo anual, a los determinados en él, excepto los complementos variables de los artículos 35,36 y 37 (plus de noche, plus festivos y gestos de desplazamiento), se le aplicarán las tablas de retribuciones aquí aprobadas. La diferencia de retribuciones se reflejará en nómina como complemento personal de garantía no absorbible ni compensable, ni tampoco revalorizable, es decir, este complemento no se incrementará en los porcentajes de subida salarial pactados en el presente convenio.
Al objeto de determinar el importe de dicho complemento, se restará a su actual retribución anual la acordada en el presente convenio y la cantidad resultante dividida por doce será el importe del citado complemento personal que se percibirá en las doce mensualidades”
Según convenio cobramos 3 pagas extras, en las pagas extras se me incluye el sueldo base mejora voluntaria.

Ahora mi pregunta es: después de que salga el nuevo convenio en el BOJA y con él en la mano. Mi mejora voluntaria es absorbible?
Cuando me subieron a 21, me dieron una carta que ponía “Le comunicamos que el citado sueldo anual se entienden incluidos y absorbidos, en tanto no resulten superiores en su conjunto y en cómputo anual, todos los conceptos y complementos salariales que le son aplicables reglamentariamente a su función”.

Mi enlace sindical, que tiene menos idea de derecho laboral que de física cuántica, dice que si es absorbible, que según el convenio solo es para los complementos “ad person” y el mío es mejora voluntaria.
Yo entiendo que no es absorbible y que tendrían que devolverme las cantidades correctas desde el año 2019.
Alguien experto en estos temas puede orientarme? En caso de que yo llevara la razón, ¿cómo reclamo esa cantidad ?
07/05/2020 00:56
juanmejora20
Perfecto y porqué no nos dice cuál es su convenio? Nos menciona los artículos pero no nos dice el convenio, mal vamos.
Verá, no se que tiene que ver el smi con lo que usted cobre o no, el DNI en 12 pagas para este año son 1108,33 €/mes y usted ha negociado un salario para este año es de 21000 € que en 12 pagas son 1750 €/.
Verá el delegado que no sabe de física cuántica, ni tiene porqué, no anda mal encaminado, verá usted parece ser que ha negociado con la empresa un salario por encima de convenio para su categoría por tanto a usted no le afecta la tabla salarial de su convenio, usted cobrará su salario base más el plus de mejora y éste irá mermando año a año hasta que la tabla salarial para su categoría con los distintos conceptos salariales, (nocturnidad, festivos,plus de desplazamiento, etc), usted los tiene sumidos en ese plus de mejora y luego la garantía "ad personal" como usted dice como condición más beneficiosa, esto significa que su salario se mantiene como condición más beneficiosa por estar precisamente por encima de convenio, cuando se equilibre su salario con el de convenio desaparecerá ese plus de mejora y se le aplicará el salario de convenio.
Sigo sin encontrar explicación a la referencia que hace usted sobre el smi cuando está usted muy por encima de ese smi.
smo
07/05/2020 01:03
Jamgrrhh28
Joer, el chino que si no entiende pone lo que le da la gana, DNI, no, smi y garantía "ad personal", no garantía "ad personam"
Por cierto la garantía "ad personam" o complemento "ad personam" suele hacer referencia a la supresion de las antigüedades y se refiere a la condición más beneficiosa en lo que repercute que desde que en convenio se suprimen las antigüedades, se suprimen para los trabajadores de nuevo acceso mientras que la antigüedad generada por los trabajadores anteriores a la firma del convenio donde se suprime el plus de antigüedad a estos trabajadores se les mantiene.
07/05/2020 08:52
Jamgrrhh28
Buenos días.
Haciendo juicios de valor por una consulta? Mal vamos.
No pongo el convenio porque estoy en una posición compleja-conflictiva con la empresa y al ser un convenio al que estamos acogidos muy pocas personas de mi ciudad, no me parecía oportuno. Le vale?
El enlace sindical está comprado con la empresa, y cuando dinero comprado es comprado ().
Prefiero no contestarle mal. Gracias y buenos días.
07/05/2020 09:27
juanmejora20
Para los que quieran responder con buena actitud y respecto y sean enlaces sindicales que no se den por aludidos cuando digo “Sabe menos de derecho laboral que de física cuántica”. Si algún enlace sindical se ha sentido aludido, pido disculpas.

El caso es que mi enlace sindical se presentó para protección frente al despido y para tener horas libres para ir a llevar al niño a natación . Y te lo dice así de claro. Él no entiende ni quiere entender y aparte, le da exactamente igual.

Dicho lo cual, el SMI tiene que ver con mi salario puesto que se lo que cobro de salario base. Al subir el SMI, me bajaron la mejora voluntaria. Y según el nuevo convenio, yo entiendo que esta mejora voluntaria no es absorbible puesto que en el citado artículo pone “ La diferencia de retribuciones se reflejará en nómina como complemento personal de garantía no absorbible ni compensable, ni tampoco revalorizable”.

Entiendo que por complemento “ad personam” (complemento personal) se entiende también como mejora voluntaria.

Consulté con un abogado laboralista (Pagándole) py me dijo que no era absorbible en base al convenio pero antes de reclamar nada, me gustaría tener más opiniones.

Gracias de antemano.
07/05/2020 17:34
juanmejora20
-¿Juicio de valor? por decir que el tontito del enlace sindical no va desencaminado...
-Acudió usted a un profesional y le dio la razón a usted, bueno como digo falta ver el convenio, eso nos pilla en desventaja, no tenemos os datos suficientes.
-En cuanto a mi forma de contestar, lo hago de forma altruista y me importa un pito lo que piensen ustedes.
-El complemento "ad personam" es afín a la desaparición de los plueses de antigüedad y este complemento dice simplemente eso que hasta la firma del convenio donde se suprime el plus de antigüedad la cuantía que tenían hasta la fecha se mantiene y esta cantidad ni aumenta ni decrece simplemente se mantiene, quien comience a trabajar tras esa fecha de ese nuevo convenio no genera dcho alguno para cobrar dicho plus.
Los convenios normalmente mejoran el Estatuto de os Trabajadores en cuanto a dchos y tabla salarial, (por ser esta una ley de mínimos) o como poco lo igualan.
Sigo diciendo que no se que tiene que ve el SMI en esta historia, el SMI del año pasado a este ha pasado de 12600 € brutos a 13300 € brutos, osea 700 € mas, ¿Qué quiere decir que como ha subido esos 700 € usted que cobra 21000 € debe incrementarse su salario a 21700 € brutos? Va a ser que no.
Insisto cuando se negocian salarios por encima del convenio y que se reflejan en el cto, estos se complementan con un plus de mejora voluntaria que atiende a criterios que la empresa acepta sin mas, bien pues esa mejora voluntaria va mermando con el paso del tiempo hasta que por convenio se equipare salarialmente su sueldo con la de los compañeros con su misma categoría.
-Corto y pego: El apdo. 5, Art. 26 ,Estatuto de los Trabajadores establece que "Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia".
En Roman Paladino esto significa que los salarios negociados por encima de la norma, en éste caso el convenio, podrán ser compensados y absorbidos, y como usted bien matiza, ni tampoco revalorizable”, es decir no pueden subir hasta que en éste caso la norma, (el convenio) supere esa cantidad negociada.

smo
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5 Comentarios
 
Mejora voluntaria
06/05/2020 23:01
Buenas tardes,
Fui contratado con estas condiciones:
Año 2018 salario según convenio (que coincide con salario base) más mejora voluntaria. Total al año 15800 brutos.
Año 2019: salario según convenio más mejora voluntaria. Total al año 18.000 brutos.
Año 2020: salario según convenio más mejora voluntaria. Total al año 21000 euros brutos. Ya no me suben más.

Como todos sabéis, el gobierno subió el SMI, entonces en el año 2019 me subieron el SMI a lo legal y me bajaron la mejora voluntaria. Este año han vuelto a subir el SMI y han hecho lo mismo. Sigo cobrando lo mismo aunque suba el SMI.

Ahora viene el quid de la cuestión. Mi nuevo convenio se firmó en febrero pero debido al estado de alarma aún no se ha publicado en el BOJA. Tiene fecha en vigor desde 1 enero de 2019.
En el nuevo convenio hay un artículo nuevo que pone:
“Garantía “ad personam”, condición más beneficiosa.
Se respetarán las condiciones superiores y más beneficiosas, tanto individuales como colectivas, que venga percibiendo y disfrutando el personal.
A quien la entrada en vigor del presente convenio percibiera salarios superiores, en cómputo anual, a los determinados en él, excepto los complementos variables de los artículos 35,36 y 37 (plus de noche, plus festivos y gestos de desplazamiento), se le aplicarán las tablas de retribuciones aquí aprobadas. La diferencia de retribuciones se reflejará en nómina como complemento personal de garantía no absorbible ni compensable, ni tampoco revalorizable, es decir, este complemento no se incrementará en los porcentajes de subida salarial pactados en el presente convenio.
Al objeto de determinar el importe de dicho complemento, se restará a su actual retribución anual la acordada en el presente convenio y la cantidad resultante dividida por doce será el importe del citado complemento personal que se percibirá en las doce mensualidades”
Según convenio cobramos 3 pagas extras, en las pagas extras se me incluye el sueldo base mejora voluntaria.

Ahora mi pregunta es: después de que salga el nuevo convenio en el BOJA y con él en la mano. Mi mejora voluntaria es absorbible?
Cuando me subieron a 21, me dieron una carta que ponía “Le comunicamos que el citado sueldo anual se entienden incluidos y absorbidos, en tanto no resulten superiores en su conjunto y en cómputo anual, todos los conceptos y complementos salariales que le son aplicables reglamentariamente a su función”.

Mi enlace sindical, que tiene menos idea de derecho laboral que de física cuántica, dice que si es absorbible, que según el convenio solo es para los complementos “ad person” y el mío es mejora voluntaria.
Yo entiendo que no es absorbible y que tendrían que devolverme las cantidades correctas desde el año 2019.
Alguien experto en estos temas puede orientarme? En caso de que yo llevara la razón, ¿cómo reclamo esa cantidad ?
07/05/2020 00:56
juanmejora20
Perfecto y porqué no nos dice cuál es su convenio? Nos menciona los artículos pero no nos dice el convenio, mal vamos.
Verá, no se que tiene que ver el smi con lo que usted cobre o no, el DNI en 12 pagas para este año son 1108,33 €/mes y usted ha negociado un salario para este año es de 21000 € que en 12 pagas son 1750 €/.
Verá el delegado que no sabe de física cuántica, ni tiene porqué, no anda mal encaminado, verá usted parece ser que ha negociado con la empresa un salario por encima de convenio para su categoría por tanto a usted no le afecta la tabla salarial de su convenio, usted cobrará su salario base más el plus de mejora y éste irá mermando año a año hasta que la tabla salarial para su categoría con los distintos conceptos salariales, (nocturnidad, festivos,plus de desplazamiento, etc), usted los tiene sumidos en ese plus de mejora y luego la garantía "ad personal" como usted dice como condición más beneficiosa, esto significa que su salario se mantiene como condición más beneficiosa por estar precisamente por encima de convenio, cuando se equilibre su salario con el de convenio desaparecerá ese plus de mejora y se le aplicará el salario de convenio.
Sigo sin encontrar explicación a la referencia que hace usted sobre el smi cuando está usted muy por encima de ese smi.
smo
07/05/2020 01:03
Jamgrrhh28
Joer, el chino que si no entiende pone lo que le da la gana, DNI, no, smi y garantía "ad personal", no garantía "ad personam"
Por cierto la garantía "ad personam" o complemento "ad personam" suele hacer referencia a la supresion de las antigüedades y se refiere a la condición más beneficiosa en lo que repercute que desde que en convenio se suprimen las antigüedades, se suprimen para los trabajadores de nuevo acceso mientras que la antigüedad generada por los trabajadores anteriores a la firma del convenio donde se suprime el plus de antigüedad a estos trabajadores se les mantiene.
07/05/2020 08:52
Jamgrrhh28
Buenos días.
Haciendo juicios de valor por una consulta? Mal vamos.
No pongo el convenio porque estoy en una posición compleja-conflictiva con la empresa y al ser un convenio al que estamos acogidos muy pocas personas de mi ciudad, no me parecía oportuno. Le vale?
El enlace sindical está comprado con la empresa, y cuando dinero comprado es comprado ().
Prefiero no contestarle mal. Gracias y buenos días.
07/05/2020 09:27
juanmejora20
Para los que quieran responder con buena actitud y respecto y sean enlaces sindicales que no se den por aludidos cuando digo “Sabe menos de derecho laboral que de física cuántica”. Si algún enlace sindical se ha sentido aludido, pido disculpas.

El caso es que mi enlace sindical se presentó para protección frente al despido y para tener horas libres para ir a llevar al niño a natación . Y te lo dice así de claro. Él no entiende ni quiere entender y aparte, le da exactamente igual.

Dicho lo cual, el SMI tiene que ver con mi salario puesto que se lo que cobro de salario base. Al subir el SMI, me bajaron la mejora voluntaria. Y según el nuevo convenio, yo entiendo que esta mejora voluntaria no es absorbible puesto que en el citado artículo pone “ La diferencia de retribuciones se reflejará en nómina como complemento personal de garantía no absorbible ni compensable, ni tampoco revalorizable”.

Entiendo que por complemento “ad personam” (complemento personal) se entiende también como mejora voluntaria.

Consulté con un abogado laboralista (Pagándole) py me dijo que no era absorbible en base al convenio pero antes de reclamar nada, me gustaría tener más opiniones.

Gracias de antemano.
07/05/2020 17:34
juanmejora20
-¿Juicio de valor? por decir que el tontito del enlace sindical no va desencaminado...
-Acudió usted a un profesional y le dio la razón a usted, bueno como digo falta ver el convenio, eso nos pilla en desventaja, no tenemos os datos suficientes.
-En cuanto a mi forma de contestar, lo hago de forma altruista y me importa un pito lo que piensen ustedes.
-El complemento "ad personam" es afín a la desaparición de los plueses de antigüedad y este complemento dice simplemente eso que hasta la firma del convenio donde se suprime el plus de antigüedad la cuantía que tenían hasta la fecha se mantiene y esta cantidad ni aumenta ni decrece simplemente se mantiene, quien comience a trabajar tras esa fecha de ese nuevo convenio no genera dcho alguno para cobrar dicho plus.
Los convenios normalmente mejoran el Estatuto de os Trabajadores en cuanto a dchos y tabla salarial, (por ser esta una ley de mínimos) o como poco lo igualan.
Sigo diciendo que no se que tiene que ve el SMI en esta historia, el SMI del año pasado a este ha pasado de 12600 € brutos a 13300 € brutos, osea 700 € mas, ¿Qué quiere decir que como ha subido esos 700 € usted que cobra 21000 € debe incrementarse su salario a 21700 € brutos? Va a ser que no.
Insisto cuando se negocian salarios por encima del convenio y que se reflejan en el cto, estos se complementan con un plus de mejora voluntaria que atiende a criterios que la empresa acepta sin mas, bien pues esa mejora voluntaria va mermando con el paso del tiempo hasta que por convenio se equipare salarialmente su sueldo con la de los compañeros con su misma categoría.
-Corto y pego: El apdo. 5, Art. 26 ,Estatuto de los Trabajadores establece que "Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia".
En Roman Paladino esto significa que los salarios negociados por encima de la norma, en éste caso el convenio, podrán ser compensados y absorbidos, y como usted bien matiza, ni tampoco revalorizable”, es decir no pueden subir hasta que en éste caso la norma, (el convenio) supere esa cantidad negociada.

smo