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mi casero me amenaza

6 Comentarios
 
Mi casero me amenaza
10/05/2008 14:18
Vivo en este piso desde hace dos años y nunca he tenido problemas con mi casero. Mis antiguos compañeros de piso se fueron una noche de madrugada y me dejaron sola; y con el piso, según el casero "destrozado" (la verdad es que hay algunos desperfectos).
Cuando le conté al casero la situación me dijo que pagase sólo mi habitación el tiempo que hiciera falta, mientras encontraba a dos personas para compartir el piso (ésto ha sido sólo un mes). Hace 5 días se presenta en mi casa y me dice que tengo que pagar el alquiler íntegro de este mes (que busque gente ya) y me amenaza con denunciar por no pagarle y destrozar el piso (aunque no ha hecho ningún intento de contactar con mi ex compañero, sólo me grita a mí).
Ayer le llame para informarle de que ya había encontrado dos personas serias y TRABAJADORAS, y que pasase a por su dinero cuando quiesiera. Su respuesta fueron gritos y amenazas del tipo "voy a presentarme allí con la policía", "os voy a denunciar a todos", "me habéis invadido la casa", "dije que trabajadores no" (de eso no dijo nada y tengo testigos). Le ofrecí que viniese a cenar y a conocer a los nuevos, y se negó en rotundo, diciéndome que eran "invasores" y que yo estaba haciendo "lo que me daba la gana con su piso".
Nos asustamos tanto que nos fuimos de casa y él se presentó allí a las 10 de la noche, llamándome por teléfono y ordenándome que fuese a hablar con él. Ahora me obliga a cambiar toda la decoración de la casa y echar a mis nuevos compañeros de piso (con los que ya me he comprometido), para pagar yo sola el alquiler de UNA habitación.
¿Puede obligarme a echarles?, ¿no puedo decorar mi propia casa?. Aunque el contrato acaba en 15 días y no me ha avisado de que no quiere renovar, ¿puede echarme del piso?
perfil Jan
12/05/2008 10:39
Hola pepper_sir. Para responder adecuadamente a sus preguntas sería necesario poder examinar el contrato y datos más precisos acerca de cómo se ha llegado a la situación que expone en su post.

SI EXISTÍA un único contrato de arrendamiento para los 3 arrendatarios(usted y sus 2 excompañeros):

1) El hecho de que 2 de ellos se fueran NO la exime a usted de la obligación de pagar LA TOTALIDAD de la renta.

2) Si la vivienda presenta desperfectos éstos deberán ser pagados por usted y por sus excompañeros.

3) Si el contrato es de VIVIENDA habría que examinar si se excluyó la aplicación del art 8 LAU 1994( Cesión y subarriendo) o, si PESE A NO SER EXCLUIDO, usted puede demostrar que su arrendador le permititía la cesión o subarriendo de la vivienda. En caso de que en el contrato CONSTE el citado art 8 o que usted NO pueda demostrar que su arrendador le autoriza a ceder o subarrendar la vivienda, éste PODRÁ NEGARSE a que la vivienda sea ocupada por 2 personas más.

4) SI el contrato es de VIVIENDA usted PUEDE, si lo desea, permanecer en la misma hasta un MÍNIMO de 5 años(le quedarían 3 años más).

Por todo lo anterior la aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.

Reciba un cordial saludo.
12/05/2008 13:58
Antes que nada, muchas gracias por responder.
Sobre los datos que mencionabas: existe un contrato (juraría que escrito por el propio casero) a mi nombre y el de mi ex compañero. La tercera persona en el piso ha ido cambiando en estos dos años (con el consentimiento del casero, que sólo venía a cobrar, a menudo de manos de la tercera persona).
1) Sólo he pagado mi habitación en el mes de abril (ellos se fueron el día 4) ya que mi parte ya estaba pagada y el casero me ofreció este trato porque sabe que no tengo más dinero (el tiempo que quieras me pagas sólo tu habitación, me dijo). ¿No sirve en estos casos la fianza que dimos al principio?
2) Los desperfectos de la vivienda son: una persiana rota (se desgarró la cuerda, la persiana tiene 30 años), cambio del suelo del salón (él mismo se empeñó en cambiarlo en vez de reparar sólo una de las piezas del parquet de hace 30 años), las puerta del salón un poco arañada (debido a la mudanza de mi compañero), nueva decoración del piso (todas sus cosas están perfectamente guardadas en bolsas en el trastero porque a mi ex compañero no le gustaban). En el momento de la mudanza le pedí que revisase el piso y se negó diciendo que eso no importaba (lo ha hecho 1 mes y medio después, en mi ausencia, mientras cambiaba el suelo del salón).
3) En el contrato se prohibe el subarrendamiento, pero siempre ha habido más gente en el piso (sin contrato de subarrendamiento), con su conocimiento y consentimiento. Él mismo me advirtió que debía "meter gente ya" para pagar todo el alquiler. Eso es lo que hice y sólo ha presentado problemas cuando se ha enterado que mis nuevos compañeros son TRABAJADORES y me ha obligado a echarles.

Soy estudiante y no puedo pagar los 700 euros del piso sola, me obliga a buscar nuevos compañeros y luego les echa porque "no está de acuerdo con estas personas (ni siquiera les ha visto), le pido que busque él a quien quiera y me dice que lo haga yo (de nuevo). ¿Cuál es mi salida?, ¿puede echarme del piso ahora que me ha vuelto a ofrecer pagar sólo mi habitación (de nuevo)?
perfil Jan
14/05/2008 15:23
Hola pepper_sir. Gracias por aportar más datos.

Respecto a los mismos, y a falta de poder examinar el contrato que es FUNDAMENTAL:

1) "1) Sólo he pagado mi habitación en el mes de abril (ellos se fueron el día 4) ya que mi parte ya estaba pagada y el casero me ofreció este trato porque sabe que no tengo más dinero (el tiempo que quieras me pagas sólo tu habitación, me dijo). ¿No sirve en estos casos la fianza que dimos al principio?"

Que su parte ya estuviese pagada NO la exime de pagar la de sus compañeros si estos NO la abonaron, ya que es usted la titular del contrato. Los pactos que usted tuviese con sus compañeros NO afectan a la renta del contrato, la cual es ÚNICA.Es decir, da igual que la paguen entre 1 o entre 3, pues la cantidad total DEBE SER ABONADA.

Por otro lado, y en cuanto a la Fianza, teniendo en cuenta que el contrato AÚN sigue en vigor su arrendador NO tiene obligación de descontar de la misma la parte de la mensualidad impagada.

2) " Los desperfectos de la vivienda son: una persiana rota (se desgarró la cuerda, la persiana tiene 30 años), cambio del suelo del salón (él mismo se empeñó en cambiarlo en vez de reparar sólo una de las piezas del parquet de hace 30 años), las puerta del salón un poco arañada (debido a la mudanza de mi compañero), nueva decoración del piso (todas sus cosas están perfectamente guardadas en bolsas en el trastero porque a mi ex compañero no le gustaban). En el momento de la mudanza le pedí que revisase el piso y se negó diciendo que eso no importaba (lo ha hecho 1 mes y medio después, en mi ausencia, mientras cambiaba el suelo del salón). "

En cuanto a la PERSIANA bastaría con que comprasen una cuerda nueva.No es necesario cambiarla entera.

El cambio de suelo, tal y como usted lo relata, NO puede ser considerado como desperfecto, salvo que la rotura de una de las piezas del parquet fuese por dolo o negligencia de usted o de sus compañeros.

La nueva decoración del piso (todas sus cosas están perfectamente guardadas en bolsas en el trastero porque a mi ex compañero no le gustaban) TAMPOCO es un desperfecto. Basta con que cuando abandonen la vivienda la dejen en el mismo estado que cuando la ocuparon.

Las puerta del salón un poco arañada. Esto SÍ podría considerarse como desperfecto.

3) "En el contrato se prohibe el subarrendamiento, pero siempre ha habido más gente en el piso (sin contrato de subarrendamiento), con su conocimiento y consentimiento. Él mismo me advirtió que debía "meter gente ya" para pagar todo el alquiler. Eso es lo que hice y sólo ha presentado problemas cuando se ha enterado que mis nuevos compañeros son TRABAJADORES y me ha obligado a echarles."

Usted tiene a su favor el hecho de que su arrendador permita la cesión o el subariendo. Por lo tanto le aconsejo que busque como futuros arrendatarios a estudiantes en lugar de a trabajadores.

4) "¿puede echarme del piso ahora que me ha vuelto a ofrecer pagar sólo mi habitación (de nuevo)?"

Si la oferta que le ha hecho su arrendador - pagar solo su habitación - ha sido realizada de forma verbal y sin testigos, en un futuro podría demandarla por impago de rentas. En este caso sería su palabra contra la suya y el resultado del juicio sería muy incierto.

Reciba un cordial saludo.
16/05/2008 09:33
muchas gracias por tu ayuda, Jan, me ha sido muy útil
perfil Jan
16/05/2008 11:19
Hola pepper_sir. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.
perfil Jan
16/05/2008 11:20
Hola pepper_sir. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.