En 2008 contraté junto con mi hermana (aparece en la documentación) un préstamo hipotecario y otro personal para emprender un negocio, el cual funcionó dos años y finalmente tuve que revender, el problema es que me quedé con bastante capital por pagar. Tras esto, mi hermana decidió emanciparse de casa de nuestros padres y, alegando que no le daba para pagar su nueva vida, dejó de hacerse cargo del pago del 50% que le correspondía. En 2019, la relación es prácticamente inexistente y su decisión está repercutiendo de forma nefasta en mi economía y, por ende, en mi vida. ¿podría reclamar judicialmente la obligación del pago del 50% y además, los años que lleva sin abonarla?
Lo primero sería comprobar si en el contrato del préstamo los deudores serían solidarios o no. En el caso de ser solidarios, las 2 personas independientemente deben responder por el 100% del importe y no 50%-50%
Otra cosa es que usted emprenda acciones legales contra su hermana pero lo mejor es consultar con un abogado especialista que pueda consultar toda la documentación, aquí solo podemos orientar por encima.
¿Aparece como titular, avalista, o cómo? Que solo aparezca su nombre es muy difuso para decir qué obligaciones tiene.
Quizá sea posible una acción de repetición. De todas maneras mueva este hilo a derecho civil general, que no tiene nada que ver con derecho de familia.
Saludos.
Aparece como titular, ambas, pero ella aparece primero. Gracias por la información y la orientación, procedo a indagar en la rama de derecho que le corresponde.
Pues siendo ambas titulares entiendo que será una deuda solidaria. Puedes pagarla tú y ejercer una acción de repetición para que te pague a ti esas cantidades.
Habría que ver ambos préstamos, el hipotecario y el personal, de todas maneras. No tienen por qué ser iguales. Un préstamo personal a dos personas es raro.
¿La hipoteca sobre qué bien está constituida? ¿De quién es ese inmueble?