Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.

  • Foros Legales
    • Extranjería
      • Tema: Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.
1 Comentarios
 
Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.
13/04/2019 19:35
Mi sobrina viajó de vacaciones y cuando estaba próxima a viajar a Colombia se hizo la prueba y tiene 7 meses de gestación por riesgo dicen la aerolíneas que no puede viajar en ese estado... Pero si se pasa de los 90 días quedaría ilegal. El tema es que ella la invitaron como turista y temen que puedan tener multas quienes la invitaron a españa
18/04/2019 14:15
Leomontoya
Hola:

Puede solicitar una prórroga de estancia como turista, por hasta 90 días más, siempre y cuando:

- La solicite ANTES del vencimiento de los 90 días iniciales.

- Acredite motivo legítimo suficiente para continuar en España ( un embarazo de riesgo y la prohibición terminante de los médicos tratantes de efectuar un viaje en avión por el riesgo que comportaría para la vida y la salud de la madre y de la criatura es motivo legítimo suficiente).

- Cuente con recursos económicos suficientes para sufragar su estancia en España por el tiempo que solicita de prórroga.

- Cuente con un billete de salida de España cerrado con fecha anterior al final de la prórroga solicitada.

- Pague la tasa correspondiente.

La solicitud ha de presentarla en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde se encuentre.

Si la criatura nace en España y tanto ella como el padre de la criatura son de nacionalidad colombiana, la criatura será considerada española de origen con valor de simple presunción, por operación de la regla prevista en el art. 17.1.c), del Código Civil español, ya que la Constitución de Colombia no atribuye de forma automática e incondicional la nacionalidad colombiana a los hijos de sus nacionales nacidos fuera de Colombia, sino que requiere un acto posterior al nacimiento ( inscripción en el Registro Civil consular). Sin embargo, este procedimiento toma tiempo porque, tras la inscripción del nacimiento de la criatura en el Registro Civil español ( obligatorio, pero que solo deja constancia del hecho del nacimiento, no de la nacionalidad de la criatura inscrita), es necesario incoar un expediente registral con la finalidad de declarar a la criatura española de origen con valor de simple presunción, por operación de lo dispuesto en el art. 17.1.c), del Código Civil español. Pero esto tarda de 9 a 12 meses e incluso un poco más en algunos Registros Civiles. Cuando el menor sea declarado español de origen con valor de simple presunción, la madre podrá solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de ARRAIGO FAMILIAR, por ser madre de un menor de nacionalidad española con el que convive y a cuyo cargo se encuentra.

Un cordial saludo.
Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.

  • Foros Legales
    • Extranjería
      • Tema: Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.
1 Comentarios
 
Mi sobrina está embarazada y vino de vacaciones, teme viajar porque le puede pasar algo al niño.
13/04/2019 19:35
Mi sobrina viajó de vacaciones y cuando estaba próxima a viajar a Colombia se hizo la prueba y tiene 7 meses de gestación por riesgo dicen la aerolíneas que no puede viajar en ese estado... Pero si se pasa de los 90 días quedaría ilegal. El tema es que ella la invitaron como turista y temen que puedan tener multas quienes la invitaron a españa
18/04/2019 14:15
Leomontoya
Hola:

Puede solicitar una prórroga de estancia como turista, por hasta 90 días más, siempre y cuando:

- La solicite ANTES del vencimiento de los 90 días iniciales.

- Acredite motivo legítimo suficiente para continuar en España ( un embarazo de riesgo y la prohibición terminante de los médicos tratantes de efectuar un viaje en avión por el riesgo que comportaría para la vida y la salud de la madre y de la criatura es motivo legítimo suficiente).

- Cuente con recursos económicos suficientes para sufragar su estancia en España por el tiempo que solicita de prórroga.

- Cuente con un billete de salida de España cerrado con fecha anterior al final de la prórroga solicitada.

- Pague la tasa correspondiente.

La solicitud ha de presentarla en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde se encuentre.

Si la criatura nace en España y tanto ella como el padre de la criatura son de nacionalidad colombiana, la criatura será considerada española de origen con valor de simple presunción, por operación de la regla prevista en el art. 17.1.c), del Código Civil español, ya que la Constitución de Colombia no atribuye de forma automática e incondicional la nacionalidad colombiana a los hijos de sus nacionales nacidos fuera de Colombia, sino que requiere un acto posterior al nacimiento ( inscripción en el Registro Civil consular). Sin embargo, este procedimiento toma tiempo porque, tras la inscripción del nacimiento de la criatura en el Registro Civil español ( obligatorio, pero que solo deja constancia del hecho del nacimiento, no de la nacionalidad de la criatura inscrita), es necesario incoar un expediente registral con la finalidad de declarar a la criatura española de origen con valor de simple presunción, por operación de lo dispuesto en el art. 17.1.c), del Código Civil español. Pero esto tarda de 9 a 12 meses e incluso un poco más en algunos Registros Civiles. Cuando el menor sea declarado español de origen con valor de simple presunción, la madre podrá solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de ARRAIGO FAMILIAR, por ser madre de un menor de nacionalidad española con el que convive y a cuyo cargo se encuentra.

Un cordial saludo.