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Miembro del comité de empresa con prejubilación y hecha toda la prestación.

4 Comentarios
 
Miembro del comité de empresa con prejubilación y hecha toda la prestación.
29/05/2018 22:52
Buenas noches tenemos.una gran duda: un miembro del.Comité de.empresa.se ha prejubilado, por un acuerdo con la empresa pueden hacer seguida la prestación, hacen unos 6 meses, y por supuesto con un contrato relevo que.se.convierte en fijo automáticamente, el caso: hechos todos los días de la.prestación, ¿PUEDE SEGUIR SIENDO MIEMBRO DEL COMITÉ EMPRESA? Nos imaginamos que en el sindicato al que esté afiliada, pueda seguir afiliada, pero, si hechos los días......¿Puede seguir siendo miembro, puede seguir perteneciendo al comité, o por el contrario debe de ceder su puesto a la persona siguiente de su lista?
Gracias
30/05/2018 15:55
Maysd
Vera no es por ningun acuerdo con la empresa, es que la normativa sobre prejubilaciones y cto de relevo asi lo recoge, es decir el trabajador que se jubila anticipadamente puede realizar de continuo ese 15 o 25% de la jornada que debe realizar durante los ss 4 años, esto como digo se puede hacer de forma continuada.
La cuestión que se plantea es sencilla el trabajador mientras no haya elecciones o no transcurran esos 4 años, (en el primer caso no dejara de ser miembro del comité salvo revocación o dimisión por el mismo o llegada la fecha real de jubilación fecha en la que realmente dejara la empresa), por tanto, si lo desea podrá seguir ostentando el cargo y podrá seguir haciendo las funciones de delegado y su crédito horario se puede repartir entre los miembros de Comité pertenecientes a su grupo siempre y cuando tengan acordada la acumulación de el crédito horario en favor del grupo.
Por ultimo, como digo si no se dan ninguna de las 3 opciones que comento, (o bueno la mas obvia que seria el fallecimiento del trabajador) éste puede seguir ostentando el cargo pero en definitiva qué sentido tiene? Lo normal es que dimita y de paso al ss de la lista o candidatura.
DMO
30/05/2018 21:21
Maysd
Sentido? Pues se lo digo compañero: Primero decir que el.sindicato ya no tiene lista, es decir que no hay más personas para subir a ocupar los cargos, o sea: mentir a los trabajadores que confiaron en ellos, mentir a la gente que les dió sus votos para representantes, porque resulta que se sabe que hay unas 4 ó 5 personas en esa lista.y se ha demostrado, y segundo: la persona no quiere que la persona a la que le corresponde subir suba, ahora explíqueme a mí sí eso es ser representante de los trabajadores
30/05/2018 21:49
Maysd
Y otra pregunta: el Comité de empresa está formado por 13 miembros, ¿TIENEN QUE estar los 13 puestos cubiertos por 13 personas?
Gracias
31/05/2018 00:34
Maysd
Veo que es un caso particular con problema entre los representantes de un mismo grupo pero cuanto mas me explica menos le entiendo, primero dice que ya no hay mas nombres en las listas, hombre no se el resultado de las elecciones ni cuantos de ese comité son de la lista donde esta ese delegado que se prejubila pero usted debería saber que en una candidatura para ser valida en un proceso electoral debe tener tantos miembros como miembros a elegir, es decir en este caso la lista como mínimo debería de ser de 13 miembros, luego dice que mentir a los trabajadores que les han votado, si hay una candidatura y se agota porque vayan dimitiendo o por el motivo que sea eso no es mentir a los que les han votado, eso es un caso previsto en ciertos sectores por la fluctuabilidad de las plantillas sucede bastante a menudo.
Luego dice que existen 4 o 5 personas en esa lista, en que quedamos ¿existen o no candidatos?
Por último dice usted que la persona que ostenta el cargo no quiere dimitir para que no entre el siguiente de la lista, bueno pues sigo insistiendo y a ese delegado que se prejubila que le importa quien venga detrás, me parece un error dejar a un sindicato con un miembro menos con tal de que no suba el siguiente de la lista pero entonces al que le toca subir sabiendo que el otro no va a dimitir si el no renuncia pues que renuncie y pase el siguiente de la lista de esta forma no perjudican ninguno de los dos al sindicato, ¿no le parece?o claro ¿el siguiente en la lista es usted?.
A su última pregunta ya le respondí en mi intervención anterior puede quedar el grupo sindical con un delegado menos y si tienen acumulación de horas del crédito horario repartírselas entre los otros miembros de ese grupo sin necesidad de que entre otro de la lista, (no es lo normal pero se puede), el problema es que para las votaciones en las reuniones del Comité ese grupo tendrá un voto menos, (a no ser que el que se prejubila si no dimite siga asistiendo a las reuniones.
No se de lo que argumenta me asaltan muchas dudas.
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Miembro del comité de empresa con prejubilación y hecha toda la prestación.
29/05/2018 22:52
Buenas noches tenemos.una gran duda: un miembro del.Comité de.empresa.se ha prejubilado, por un acuerdo con la empresa pueden hacer seguida la prestación, hacen unos 6 meses, y por supuesto con un contrato relevo que.se.convierte en fijo automáticamente, el caso: hechos todos los días de la.prestación, ¿PUEDE SEGUIR SIENDO MIEMBRO DEL COMITÉ EMPRESA? Nos imaginamos que en el sindicato al que esté afiliada, pueda seguir afiliada, pero, si hechos los días......¿Puede seguir siendo miembro, puede seguir perteneciendo al comité, o por el contrario debe de ceder su puesto a la persona siguiente de su lista?
Gracias
30/05/2018 15:55
Maysd
Vera no es por ningun acuerdo con la empresa, es que la normativa sobre prejubilaciones y cto de relevo asi lo recoge, es decir el trabajador que se jubila anticipadamente puede realizar de continuo ese 15 o 25% de la jornada que debe realizar durante los ss 4 años, esto como digo se puede hacer de forma continuada.
La cuestión que se plantea es sencilla el trabajador mientras no haya elecciones o no transcurran esos 4 años, (en el primer caso no dejara de ser miembro del comité salvo revocación o dimisión por el mismo o llegada la fecha real de jubilación fecha en la que realmente dejara la empresa), por tanto, si lo desea podrá seguir ostentando el cargo y podrá seguir haciendo las funciones de delegado y su crédito horario se puede repartir entre los miembros de Comité pertenecientes a su grupo siempre y cuando tengan acordada la acumulación de el crédito horario en favor del grupo.
Por ultimo, como digo si no se dan ninguna de las 3 opciones que comento, (o bueno la mas obvia que seria el fallecimiento del trabajador) éste puede seguir ostentando el cargo pero en definitiva qué sentido tiene? Lo normal es que dimita y de paso al ss de la lista o candidatura.
DMO
30/05/2018 21:21
Maysd
Sentido? Pues se lo digo compañero: Primero decir que el.sindicato ya no tiene lista, es decir que no hay más personas para subir a ocupar los cargos, o sea: mentir a los trabajadores que confiaron en ellos, mentir a la gente que les dió sus votos para representantes, porque resulta que se sabe que hay unas 4 ó 5 personas en esa lista.y se ha demostrado, y segundo: la persona no quiere que la persona a la que le corresponde subir suba, ahora explíqueme a mí sí eso es ser representante de los trabajadores
30/05/2018 21:49
Maysd
Y otra pregunta: el Comité de empresa está formado por 13 miembros, ¿TIENEN QUE estar los 13 puestos cubiertos por 13 personas?
Gracias
31/05/2018 00:34
Maysd
Veo que es un caso particular con problema entre los representantes de un mismo grupo pero cuanto mas me explica menos le entiendo, primero dice que ya no hay mas nombres en las listas, hombre no se el resultado de las elecciones ni cuantos de ese comité son de la lista donde esta ese delegado que se prejubila pero usted debería saber que en una candidatura para ser valida en un proceso electoral debe tener tantos miembros como miembros a elegir, es decir en este caso la lista como mínimo debería de ser de 13 miembros, luego dice que mentir a los trabajadores que les han votado, si hay una candidatura y se agota porque vayan dimitiendo o por el motivo que sea eso no es mentir a los que les han votado, eso es un caso previsto en ciertos sectores por la fluctuabilidad de las plantillas sucede bastante a menudo.
Luego dice que existen 4 o 5 personas en esa lista, en que quedamos ¿existen o no candidatos?
Por último dice usted que la persona que ostenta el cargo no quiere dimitir para que no entre el siguiente de la lista, bueno pues sigo insistiendo y a ese delegado que se prejubila que le importa quien venga detrás, me parece un error dejar a un sindicato con un miembro menos con tal de que no suba el siguiente de la lista pero entonces al que le toca subir sabiendo que el otro no va a dimitir si el no renuncia pues que renuncie y pase el siguiente de la lista de esta forma no perjudican ninguno de los dos al sindicato, ¿no le parece?o claro ¿el siguiente en la lista es usted?.
A su última pregunta ya le respondí en mi intervención anterior puede quedar el grupo sindical con un delegado menos y si tienen acumulación de horas del crédito horario repartírselas entre los otros miembros de ese grupo sin necesidad de que entre otro de la lista, (no es lo normal pero se puede), el problema es que para las votaciones en las reuniones del Comité ese grupo tendrá un voto menos, (a no ser que el que se prejubila si no dimite siga asistiendo a las reuniones.
No se de lo que argumenta me asaltan muchas dudas.