Se trata de un minusvalido que ha estado dejando su silla de ruedas con motor en el patio de la finca. Ahora la comunidad acaba de instalar una plataforma elevadora para salvar escalones del patio. Se le ha requerido para que no deje su moto en el patio ya que le han puesto el acceso y se niega a dejarlo en un garaje o en la Calle. Puede la comunidad obligarle a ello?. Gracias.
La comunidad le puede obligar, por simple mayoría acordada en junta, esto naturalmente lo puede impugnar salvando su voto, que el juez le de o no la razón, es impredecible. Puede solicitar al juzgado que cautelarmente deje sin efecto el acuerdo hasta que se pronuncie definitivamente.
Me gustaría saber, en que le perjudica que esa persona, por ende minusválida, deje el único medio de desplazamiento que tiene, en el patio. Tanto le perjudica a usted?
Lleva varios años dejandola pero por que no había acceso y ahora si lo hay. Y no se trata de un copropietario sino de un inquilino luego no puede asistir a la junta por que el propietario del piso esta conforme con que tiene que quitarla.
Y por último a jalisco decirle que no es lo que perjudique si no que la cuestión es que hay otros dos minusvalidos enla finca que tambien lo han solicitado, y el patio no puede convertirse en un parking de motos. Asi tambien podrían venir otros vecinos y decir que quieren dejar sus bicis o incluso sus motos.
Efectivamente, la comunidad hace un gasto para dar facilidades a estas personas, y luego no las usan, lo cierto que antes han dado la pelmada para hacer valer sus derechos. Por tanto la comunidad debe hacer valer sus derechos también.