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modificacion actividad y ambito permiso inicial

1 Comentarios
 
Modificacion actividad y ambito permiso inicial
09/05/2005 19:14
el caso es el de un permiso inicial concedido en noviembre para la actividad de hosteleria en la provincia de cuenca, el empresario no formalizo el contrato pero ahora ha surgido una oferta en albacete pero para trabajar de administrativo... leyendo el art 99 del nuevo reglamento entiendo que se puede solicitar modificacion ahora la duda surge en cómo hacerlo ¿¿que impresos tenemos que presentar?? supongo que una oferta de trabajo de la nueva empresa pero aparte tenemos que hacer un escrito solicitando la modificacion???? quien la presenta?? donde en la subdelegacion del a nueva provinicia?? gracias de antemano por su ayuda
10/05/2005 10:32
Para la modificación de su autorización de trabajo inicial, será necesario que no falten menos de 60 días naturales para su caducidad. En caso contrario, tendrá que solicitar renovación de autorización de trabajo.
El organo competente será el que concedió la autorizacion inicial.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1.- Solicitud (impreso Ex-01), firmado por el trabajador.
2.- Pasaporte o documento de viaje, en vigor.
3.- Tarjeta de identidad de extranjero que se pretende modificar.
4.- Certificado de empadronamiento, en caso de haber cambiado de domicilio.
5.- Si la modificación solicitada implica cambio de empresa, deberá aportarse la siguiente documentación:
5.1):
- D.N.I. de la persona física firmante de la oferta de trabajo, y del C.I.F. en caso de empresas.
- En el caso de que la empresa esté constituida como persona jurídica, documento público, que otorgue la representación de la misma en favor de la persona física que firma la oferta.
- En la copia deberá figurar subrayada la referencia relativa a la atribución al firmante de la oferta de la representación legal de la empresa.
5.2) Inscripción de la empresa / o del empleador autónomo en la Seguridad Social . En su defecto, documento acreditativo de hallarse exento. En el supuesto de profesionales colegiados
adscritos a Mutualidades de Previsión Social reconocidas como alternativa de alta al régimen especial de trabajadores Autónomos, se deberá aportar los tres últimos recibos de pago a la Mutualidad correspondiente.
5.3) Solamente si se trata de profesionales que por razón de su especialización fuere exigible, titulación académica debidamente homologada en España, y, en su caso, Certificado de inscripción en el Colegio Profesional, cuando así
fuese exigido por la legislación vigente.
5.4)A) SI SE PRODUCE CAMBIO DE EMPRESA:
- Contrato de trabajo. Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo deben ajustarse a las establecidas por la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad. La retribución a percibir por el
trabajador deberá estar expresada en euros.
B) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA A PRESENTAR SI SOLICITA MODIFICACIÓN DE ACTIVIDAD LABORAL (tanto si implica o no cambio de ámbito geográfico):
B1) - Contrato de trabajo. Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo deben ajustarse a las establecidas por la normativa
laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad. La retribución a percibir por el trabajador deberá estar
expresada en euros.
B2) - a) Certificado de los servicios públicos de empleo, donde se recoja el resultado de la gestión de la oferta presentada. (Este certificado, deberá solicitarlo en una Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya - OTG - ). b) Fotocopia de la oferta de trabajo que presentó en la propia OTG para solicitar dicho certificado, y sellada por ese Organismo. c) Fotocopia de la comunicación a la OTG de los resultados de la gestión de la oferta, en el caso de que el empresario, hubiera rechazado
candidatos. d) Acreditación de que el trabajador extranjero cumple con los requisitos exigidos por el empleador a los demandantes de empleo en su oferta ante la OTG.
No obstante en la oficina de extranjeros de la localidad donde tu resides estos requisitos pueden variar pero suele ser muy poca la variacion, la presentacion de solicitudes se hara personalmente y si lo hace terceras personas ha de otorgar su representacion pero no noraial. espero haberle ayudado. saludos.