ya me ha pasado en dos convenios; modifican a carro pasado (en octubre) la clausula de revisión salarial del convenio, la cual fue aplicada en enero de 2010 y decía que los precios de las categorías subían X, y ahora me dicen que los precios de las categoría debieron de subir X-1. ¿¿¿Que se puede hacer con ese dinero que han cobrado de más los trabajadores???? Se les podría descontar en meses posteriores??.
Habitualmente las clausulas de revisión salarial solo operan cuando el ipc real supera el previsto y nunca a la baja. Sí tu convenio especifica otra cosa te agradeceré pongas cual es.
A Lo mejor no me he explicado bien. No es exactamente la clausula de revisión salarial, si no el artículo del convenio que especifica que en el año 2010 subirían las tablas un 1,3 % más el ipc previsto. En Octubre de este año dicen que sólo tendría que haber subido el 1,3%. No se si ahora me explicado. Creo que se puede quitar al trabajador el salario que han cobrado de más. Un saludo.
Gracias Trice, y esos descuentos cotizarían en negativo es decir como menor importe de la Base de cotización? entiendo que tambien se ha cotizado de más. O habría que pedir el exceso de cotización como ingresos indebidos a la seguridad social?. UN saludo.
En el momento en que aplicas el descuento, la base de cotización baja, por lo tanto, estás cotizando menos durante ese mes o meses que apliques el descuento.