yo creo que no la necesitan... la referencia a ventanas y puertas.... Es obvio que los locales necesitan puertas y, segun el negocio, ventanas o escaparates y si tienen permitido el cambio de uso y lo que necesitan son ventanas pues no veo que sus vecinos puedan oponerse ya que ni siquiera es necesario que este asunto vaya a junta segun estan redactados sus estatutos.
No obstante, si el asunto va a junta debera asistir y si se vota, oponerse a que le impidan o limiten el poner puertas o ventanas, solicitar que su oposicion conste en acta e impugnar el acuerdo (si es que llega a darse) por la via judicial.
En las escrituras de división horizontal figura "no se precisa autorización previa de la Comunidad de Propietarios para que los dueños de las distintas fincas del edificio, puedan realizar en las respectivas propiedad obras de cualquier clase , aun aquellas que afecten a la estructura o elementos resistentes , siempre que tales obras se realicen con las debidas garantías de seguridad y contando con ello, con las oportunas licencias " En nuestro caso hay licencia municipal y la fachada se ha adecuado a lo que recoge el proyecto aprobado en esa licencia Pero no hay una referencia sobre puertas y ventanas...
Deberia consultar la escritura de division horizontal. Ahi vendra recogido casi con certeza lo que pueden o no hacer los locales. En la de mi edificio venia que podian poner ventanas, escaparates y rotulos, decoracion etz a su gusto y necesidades...por lo que cuando se cambio su uso a viviendas, la comunidad no pudo decir nada y fueron las ordenanzas municipales las que obligaron a igualar la fachada y uniformizarla con el resto del edificio.
Buenas tardes, he estado buscando documentación sobre el tema que quiero consultar y aunque encuentro muchas sentencias sobre el tema ninguna se ajusta a la que quiero dilucidar. En una comunidad había tres locales con una única fachada ,que no podía por tanto ser la original ya que había una única puerta de entrada y el resto de fachada eran escaparates de cristal entre las columnas del edificio. Eso significa que la fachada se puso al gusto del anterior propietario de los tres locales que los mantenía en el registro como tres fincas independientes. Esos locales tienen permiso para cambio de uso y los Estatutos de la Comunidad lo permiten pero los vecinos quieren denunciar porque no quieren que se hagan pisos y amparándose en que se tiene que pedir permiso para el cambio de la fachada anulan por tanto la posibilidad del cambio de uso. Lo que no encuentro es jurisprudencia en la que hable sobre la configuración de la fachada cuando la original que figura en el plano de construcción es de bovedilla o mejor explicado, en el plano se ve la fachada de los locales sin configurar, sin ventanas ni puertas de entrada. Si es así , ¿deben los vecinos decir si permiten o no poner puertas a los propietarios de los locales ?