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modificación de medidas

4 Comentarios
 
Modificación de medidas
06/09/2011 13:33
Hola! Leo todos los días este foro para informarme y nos suele ser muy útil. Actualmente tenemos una situación muy complicada y necesitamos consejos y opiniones a parte de las que nos de nuestra abogada. Nuestro caso lo hemos expuesto en un par de consultas que nos ayudaron mucho(por quien quiera buscarías) resumo .. Mi pareja interpuso una modificación de medidas en abril solicitando la custodia compartida o en caso de que no una reducción de pensión,el ha cambiado su trabajo para poder estar con sus hijos. A parte de esa modificación que aun no ha salido hemos tenido que ponerle a su ex mas de 6 denuncias por incumplimiento del regimen de visitas desde el ano pasado,las cuales salen ya en octubre los juicios. El caso es que al cambiar de trabajo su sueldo bajo bastante,yo cobraba paro y ayudaba en todos los gastos,desde hace tres meses se me termino y empezamos a generar deuda,pagando siempre la pension ,pero el mes pasado ya no pudimos ingresaría completa y este mes tampoco vamos a poder con el total y estamos en un estado de ansiedad constante por esta cuestión pero cobrando 1200,pagando 700 de alquiler y gastos de vivienda,no podemos pasar los 500 y pico euros de pension,tenemos dos créditos,una visa y todo en rojos,solo podemos pagar la luz,la comida,el alquiler y pasarme algo,hemos acumulado deuda para no acumular denuncias,mientras me sale un trabajo que si dios quiere llega este mes por fin. Nuestras preguntas son que puede ocurrir legalmente? Apuntar que no vemos al nene mayor desde febrero,y que el pequeño que tenemos ahora de vacas nos lo ha negado en varias ocasiones,denunciando todo y que nos entrego al peque sin ropa ni material escolar para el comienzo de curso y que se niega a dar. Tenemos casi claro que nos va a negar al peque por no pasaeles el total de la pension y estamos en un si
Vivir. Se que es todo muy lioso pero si quieren saber mas datos se los doy.
Gracias de antemano.
06/09/2011 14:16
Unmardelios, puedo aportar mi punto de vista, aunque otros pueden ser tan válidos, o mas, y creo que el de su abogado es prioritario ya que conoce todos los detalles y es de entender estudió el caso en detalle.

Es de suponer que solicita un cambio de custodia, a compartida, basándose en un cambio sustancial de situación respecto a la que había cuando se dictó la sentencia ahora en vigor, o porque estén en una comunidad autónoma con legislación propia en familia que le permite revisar la custodia, a compartida, tras la aprobación de la ley autonómica. En caso que no exista ninguna de las situaciones mencionadas es probable que no le concedan el cambio de custodia a compartida, ya que sin acuerdo de las partes, con la ley nacional, es imposible que se conceda a no ser que el fiscal la proponga por considerar que de ese modo se salvaguardan mejor los intereses de los menores (y no es lo común en los fisclaes...que velan por el interés del menor)

Solicitar disminución de alimentos, en principio, para que lo concedan debe existir una disminución de los ingresos del obligado al pago respecto a los que tenía cuando se dictó la sentencia en vigor y que esa disminución no sea elegida por el obligado al pago (dice que cambió a un trabajo peor remunerado...aunque fuera para tener mas tiempo para los menores...que si la sentencia no le concedió mas tiempo ni la futura tampoco... Deberá procurar que no parezca que buscó ganar menos, ya que es de imaginar que la parte contraria alegue eso para procurar que no le disminuyan cuantía de alimentos)

La parte custodia puede reclamar los atrasos que se generen y el resultado será probablemente embargo de ingresos y/o bienes para actualizar esos atrasos. Es de suponer que haya solicitado que la disminución de cuantía de alimentos se conceda desde que solicitó judicialmente la disminución.

Lo lógico es denunciar cada incumplimiento de visitas, del hijo menor o mayor. Y aportar las denuncias, mejor si ya hubiera sentencia, al juicio de custodia.

Si no le aporta vestido y material escolar en las visitas deberá probarlo y reclamarlo judicialmente (mejor tras solicitarlo de forma fehaciente antes a la parte custodia) Si la sentencia no dice que el no custodio debe aportar ropa y otros materiales para las visitas es que debe aportarlo el custodio.
06/09/2011 14:38
Cabe que si su solicitud de disminución de cuantía de alimentos es anterior al impago parcial de alimentos, en caso que la parte custodia reclame atrasos, se acumule dicha reclamación al caso que previamente Vd. inició (disminución de alimentos) y no exista embargo hasta que exista resolución sobre el procedimiento iniciado por Vd (que puede concederle disminución de alimentos y no proceder embargo por tanto)
06/09/2011 15:03
Gracias José Ramon!!!!
Ciertamente la abogada nos da información y nos guiamos por ella,pero hasta final de semana por las vacaciones no tenemos cita con ella y por ello la consulta aquí.
Vivimos en alcala de henares,comunidad de Madrid,no se como ira aquí el tema de custodia compartida. Seguramente difícil por desgracia. Mi pareja no cambio de trabajo a fresa para ganar menos, cerro la sección de hostelería y la empresa le oferto otro puesto en distribución,los duenos tienen varias empresas de diferentes sectores,para no volver a la hostelería que es un horario nefasto accedió a la oferta que le respeta la antigüedad y el cargo aunque no el sueldo.
En lo referente a los materiales y vestimenta,en la sentencia no especifica que nosotros le tengamos que equipar y en mayo le mandamos un burofax informandola sobre el periodo vacacional que elegíamos y que nos tenía que dar al peque con la ropa y material para el comienzo de curso o hacernoslo llegar. Echo que no se ha producido y al que se niega en las ungías conversaciones. Si te has puesto en antecedentes en los otros dos post que escribimos,veras que es complicada la situación,desgraciadamente como a muchos.
Todo lo tenemos denunciado y estamos dándole esta semana pidiéndole todo antes de volver a denunciar ,pero claramente tocara hacerlo. Los juicios por incumplimiento de regimen salen todos en octubre y el de modificación aun no tenemos fecha,por lo que tendremos sentencias de por lo menos 4 de las denuncias interpuestas,con muchas pruebas y por supuesto con abogada por delante. Ya tuvimos uno en la que la jueza la dio un rapapolvo instandola a obligarla a entregar al mayor. José Ramon muchas gracias, leemos todo lo que escribes y por ello me he animado a consultarte a tu siendo por supuesto validisimas cualquiera de las opinones de otros foreros que con sus experiencias ya ayudan mucho. Entonces aunque nosotros ingresemos menos nos pude reclamar?? Pero si no tenemos!! Y podemos demostrarlo! Tenemos una deuda de la leche por cumplir como es debido pero cuando no podemos...no podemos.. Que ocurre entonces?
06/09/2011 16:07
Sí puede reclamar los atrasos, y si juzgan el caso independiente y antes de la disminución de alimentos solicitada, es probable que sentencien embargo de nómina (auqnue ello implique no poder pagar alquiler o incluso mantener el trabajo...la aplicación de la justicia, a veces, la llevan algunos juzgadores a esos extremos)

Por lo que comenta, como fue el cambio de trabajo, no implica que él solicitara un trabajo de menos remuneración para tener mas tiempo para los hijos (que es lo que yo había entendido) Mucho cuidado con lo que se diga en la vista, no sea que el juez interprete como yo...