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Modificacion de regimen comunitario al general por cuanta ajena

3 Comentarios
 
Modificacion de regimen comunitario al general por cuanta ajena
25/03/2013 13:43
Hola, estaba casada con español y me divorcie legalmente, he ido a pedir la modificacion del regimen comunitario al general por cuenta ajena pero en la delegacion del gobierno de la calle silva en madrid me dijeron que no, que como llevo tres años casada me pertenece la tarjeta de residencia comunitaria y cuando se caduque que vaya a la policia para renovarla, eso es verdad? Porque otra gente dice que tenia 6 meses de plazo para pedir la modificacion y que ya me paso y que ya no tengo derecho a la residencia, alguien que me pueda ayudar en este tema, porque cada uno me dice una cosa diferente, gracias
25/03/2013 20:13
Hola.

Si el matrimonio duró, al menos, 3 años, al momento de iniciarse el proceso de divorcio, usted CONSERVA el derecho de residencia en régimen comunitario y por tanto, no hay necesidad alguna de modificación. Solo está obligada a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería el hecho del divorcio.

Cuando le corresponda renovar, ya le expedirán una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, con derecho a residir con carácter permanente, sin indicación de que alguna persona le concede el derecho. Esta tarjeta tendrá 10 años de vigencia y se renovará automáticamente.

La modificación luego de 6 meses, ya quedó derogado a partir del 27 de noviembre de 2011, cuando se reformó el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.

Un cordial saludo.





26/03/2013 18:09
Muchisima gracias por contestar, el funcionario de la subdelegacion del gobierno me dijo que ellos no miran la fecha del inicio del proceso del divorcio sino la fecha la sentencia firme, porque uno puede iniciar el divorcio y luego arrepentirse, entiendo que uno queda en las manos del tecnico que le toque, de todas formas tengo los tres años y ya he comunicado el echo del divorcio, entonces a la hora de renovar la tarjeta que es lo que me piden?, dependo de un contrato de trabajo? Tengo que presentar el antecedentes penales? Muchas gracias por su colaboracion
27/03/2013 16:06
Hola.

Para renovar, ya no estará sujeta a la necesidad de hallarse trabajando, ni tampoco deberá aportar certificado de antecedentes penales de su país de origen, pues será suficiente con haber residido en España de forma legal y continuada por 5 años. La tarjeta nueva, será en régimen comunitario, que se renovará automáticamente cada 10 años.

La solicitud de renovación debe presentarla dentro del mes anterior a la caducidad (no dentro de los 60 días, como sucede en régimen general). La presentación dentro de plazo, prorroga la vigencia de la tarjeta a renovar hasta la resolución del procedimiento.

Un cordial saludo.