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Modificacion de situacion de estancia por estudios a residencia y trabajo

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Modificacion de situacion de estancia por estudios a residencia y trabajo
04/04/2012 23:41
Hola, soy médico MIR y estoy terminando mi especialización. Estoy manejando algunas ofertas laborales pero serían para comenzar en agosto/septiembre, mientras que mi permiso de estancia caduca a mediados de junio de este año. Al respecto tengo varias preguntas:
1) Entiendo que se debe iniciar el trámite de modificación antes de la fecha de caducidad del NIE de estudiante pero ¿cuánto suele tardarse la resolución? Más importante y considerando que sería para comenzar en septiembre ¿se puede obtener una autorización provisional para ejercer de médico mientras recae resolución) (mi último salario lo recibo a principios de junio, tendría que resolver como solventar mi estancia hasta al menos una eventual resolución y lo lógico sería algo temporal como por ejemplo cubrir una baja, ¿es posible?)

2)¿Conviene que solicite paralelamente la renovación de la tarjeta de estudiante, únicamente para no estar en situación irregular e independientemente de no contar con la documentación necesaria para prorrogar la estancia en esa condición? (mi contrato caduca a fines de mayo)

3)Muchas empresas dedicadas a la sanidad privada ofrecen trabajo con contrato mercantil, para lo cual se pide que el médico esté cotizando como autónomo. ¿Es posible solicitar la modificación a trabajo por cuenta propia aunque técnicamente no se cuente con un proyecto de empresa propiamente dicha?

4) La normativa dice que 'la eficacia de la autorización de residencia y trabajo concedida está condicionada a la afiliación y alta del trabajador en la seguridad social'. Esto no me queda claro. Yo me afilié casi apenas llegué a España hace casi 4 años y mi empleador, el hospital donde trabajo y me estoy especializando, me hizo el alta. Al dejar de trabajar con ellos y considerando que podría estar un período de tiempo sin trabajar ¿debo ir a acreditar mi baja o no es necesario?¿debe hacer el eventual nuevo empleador una nueva alta?
4) ¿En qué momento exactamente se hace lo del trámite de la seguridad social? ¿Simultáneamente a la solicitud de modificación, una vez que se resuelve?
5) Si la oferta de trabajo es en otra comunidad autónoma (actualmente estoy en Madrid), los trámites de Seguridad social y obtención de la nueva tarjeta de identidad de extranjeros, ¿debo hacerlo en la provincia donde voy a trabajar o en la que me encuentro en este momento esperando resolución? (como dije el trabajo es para septiembre y yo no me mudaría hasta entonces)


Muchas gracias