Hola a todos.
Me gustaría saber donde se regula la modificación de la RPT. Tenia un compromiso de palabra con mi jefa para cambiarme de Servicio dentro de la misma unidad (una Secretaría General de una Universidad) pero el Vicegerente de personal (el clásico enchufado que no sabe por donde se anda) ahora asegura que eso requiere una reforma parcial de la RPT y que "llevará su tiempo" con lo que me quedo en mi antiguo puesto, bastante j***** por cierto. Alguien me puede decir donde se regula la reforma de la RPT y si para moverse dentro de la misma unidad administrativa (mismo código en la RPT) es necesario ese complejo proceso que es una reforma de la RPT.