Tengo una trabajadora con una antiguedad de 2002 , y por motivos "x" tenía un salario superior a todo el personal que esta en su misma categoría y que ha sido contratado posteriormente, porque tenía unas mayores responsabilidades entonces y la politica de pago era superior .
Le hemos propuesto darle más responsabilidades y más funciones , siempre intentando el mutuo acuerdo por ambas partes, para poder justificar su diferencia salarial con sus compañeros y se ha negado en rotundo y dice que no le interesa.
Su trabajo lo hace impecable, pero queremos bajarle su salario para ponerla en paralelo con el resto de su categoria ya que estamos generando un agravio comparativo debido a que la gente se queja.
He pensado hacerle una modificación sustancial respetando el plazo de los 30 días, y si quiere irse pues le abonamos 20 días pero ya no serían los 45 días que me huelo va buscando al no aceptar.
No tenemos en el centro de trabajo donde esta dada de alta Representación Sindical
A mí me parece que lo que deberías hacer es mejorarle al resto de los trabajadores sus condiciones salariales, en vez de reducirle a una persona que, aparte de realizar su trabajo impecable, ha visto consolidado en dos años sus ingresos mensuales. En la vida, hay que igualar por arriba, no por abajo. Si igualas por abajo, aparte de ser inmoral, sólo tendrás trabajadores mediocres.
solo pido Asesoramiento Jco, no valoraciones morales de personas que desconocen la realidad de mi Empresa, la trabajadora y si esta o no correctamente pagado el resto del personal.
Para que sepas algo más , el resto esta más que bien pagado, a esta persona porque venía cobrando un salario superior por unas funciones muy superiores que a día de hoy no tienen lugar, no podemos mantenerle ese salario por que ya no realiza las funciones.
¿Tú pagarias a alguien por un trabajo que no realiza?
Buernas tardes. Vamos a ver, : 1º.-Esa diferencia salarial se refleja en nómina, y en concepto de qué. 2º.-En su día hubo concenso, por lo que veo, entre ambas partes. 3º.-Se dijo el aumento por qué era debido, consta así en la modificación contractual que se debió realizar y plasmar en su día? 4º.-Los derechos adquiridos se consolidan pasados los 7 meses ininterrumpidos de cobro.
Para resolver hace falta conocer dichos extremos. Un saludo.
De acuerdo con Crepúsculo. Vanessa, pónte sólo un momento en la "piel" de esa persona, y a ver qué te parecería que te ocurriera a ti, que, cobrando una determinada cantidad durante dos años, tuvieras que prescindir "repentinamente" de ella. Además, ¿qué os supone esa cantidad "supuestamente de más" anualmente? Seguramente (por miles de veces que lo he visto) que serviría para sufragar gastos de representación de altos ejecutivos... Disculpa mi tono pero como yo piensa la mayoría del foro seguramente....
Si el exceso que pagas lo has metido como un plus vinculado a la responsabilidad que dices tenía, si ahora le quitas esas funciones, lógicamente, le podrás suprimir tal plus. Si por el contario lo has metido en su salario base, entoiendo que no se lo vas a poder tocarya que es una condición individual mas beneficiosa.