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1 Comentarios
 
Modulos
08/09/2004 10:50
Hola:

Somos una sociedad civil acogida al regimen de modulos de IRPF y simplificado de IVA.

Este mes, se ha incorporado un nuevo socio (eramos 3 y ahora 4) y por lo tanto las cantidades a pagar trimestralmente tanto de modulos como de IVA, se han modificado.

¿que hemos de hacer? ¿tenemos que presentar el próximo trimestre con la modificación ya hecha y pagar lo que nos corresponda? o ¿tenemos que esperar al primer trimestre del año que viene para hacer la modificación?

Andamos un poco perdidos, si bien tenemos entendido que el Iva se regularizara en el último trimestre (eso nos han dicho aunque tampoco lo tenemos muy claro), del IRPF no sabemos nada.

Muchas gracias por la ayuda prestada, un saludo a todos/as del foro.
11/09/2004 16:48
Como son pagos a cuenta, y después cualquier discrepancia, se regulariza:
- el IVA en el último trimestre, ahí hay que poner los indices de todo el año, por lo cual habrá que poner dos trabajadores el año completo, y el tercero prorratear por el tiempo que ha estado.

-El IRPF se regulariza en la renta, es donde se hace la media.

Por ejemplo, si entró en septiembre, se tendría que cambiar la declaracion de los modulos para este trimestre 3T.
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08/09/2004 10:50
Hola:

Somos una sociedad civil acogida al regimen de modulos de IRPF y simplificado de IVA.

Este mes, se ha incorporado un nuevo socio (eramos 3 y ahora 4) y por lo tanto las cantidades a pagar trimestralmente tanto de modulos como de IVA, se han modificado.

¿que hemos de hacer? ¿tenemos que presentar el próximo trimestre con la modificación ya hecha y pagar lo que nos corresponda? o ¿tenemos que esperar al primer trimestre del año que viene para hacer la modificación?

Andamos un poco perdidos, si bien tenemos entendido que el Iva se regularizara en el último trimestre (eso nos han dicho aunque tampoco lo tenemos muy claro), del IRPF no sabemos nada.

Muchas gracias por la ayuda prestada, un saludo a todos/as del foro.
11/09/2004 16:48
Como son pagos a cuenta, y después cualquier discrepancia, se regulariza:
- el IVA en el último trimestre, ahí hay que poner los indices de todo el año, por lo cual habrá que poner dos trabajadores el año completo, y el tercero prorratear por el tiempo que ha estado.

-El IRPF se regulariza en la renta, es donde se hace la media.

Por ejemplo, si entró en septiembre, se tendría que cambiar la declaracion de los modulos para este trimestre 3T.